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Los cuatro procuradores que intervienen ante la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) demandaron a la Sala de Reconocimiento de Verdad de esa corporación. Según la acción de tutela que interpusieron, no hay justificación para la demora, de más de cinco años, en priorizar la investigación de la violencia sexual en el conflicto. “Cada día que transcurre sin que la Sala de Reconocimiento adopte una decisión sobre la priorización de un macrocaso relacionado con hechos de violencia sexual y violencias basadas en género, implica la violación de los derechos de las víctimas”, escribieron.
(En contexto: Llegó la hora cero para abrir el caso de violencia sexual en la JEP)
Ha sido un pedido insistente de las víctimas: que se abra un macrocaso para investigar de manera específica la violencia sexual, como se ha hecho con el reclutamiento de menores de edad. Aunque en julio de 2022, la Sala de Reconocimiento finalmente anunció que lo haría, hoy, casi un año después, todavía no se ha abierto formalmente el caso. Como contó este diario, la Sala ya trabaja en el auto de apertura del caso, que dirigirán los magistrados Julieta Lemaitre, quien actualmente es relatora del caso 01, sobre secuestro, y Óscar Parra, una de las cabezas del caso 03, de falsos positivos.
En la tutela, que ya llegó a la Sección de Revisión del Tribunal para la Paz, los cuatro procuradores cuestionan las decisiones que han tomado los magistrados encargados de investigar los patrones de violencia del conflicto armado porque consideran que han dejado al margen las violencias basadas en género. En palabras de la Procuraduría, “la Sala ha hecho caso omiso a las múltiples peticiones de víctimas y el Ministerio Público respecto a la priorización de un macrocaso relacionado con hechos de violencia sexual y violencias basadas en género”.
(En contexto: JEP escucha a las víctimas y abrirá macrocaso de violencia sexual)
Por ejemplo, la Sala de Reconocimiento ha dicho que ha investigado la violencia sexual de manera transversal en los otros macrocasos que tiene abiertos. A juicio de la Procuraduría, este método no funciona y es ineficiente. Prueba de ello es que no hay una sola imputación “por la comisión exclusiva de hechos de violencia sexual y basada en género”, con lo cual ese camino, “no logra cumplir la obligación estatal de establecer mecanismos judiciales de acceso ágil, oportuno, pronto y eficaz a la justicia”.
Según describieron los cuatro procuradores, “la investigación de estos hechos por la Sala se ha caracterizado por ser limitada, fracturada y dependiente; en efecto, se mira por segmentos muy reducidos, aislados y, además, se encuentra subordinada (o de segundo orden, donde los parámetros de asimetría de este tipo de violencia se perpetúan al interior de la JEP) a otras formas de victimización ‘de primer orden’”. En consecuencia, la Jurisdicción está viendo la violencia sexual como una “sumatoria de episodios” en lugar de un “fenómeno del conflicto”.
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Ahora, la Procuraduría también describe en la demanda que ha insistido de todas las maneras posibles en la necesidad de que se abra el macrocaso de violencia sexual. En tres ocasiones distintas, en 2020, 2021 y 2022, le ha pedido de manera formal a la Sala de Reconocimiento que abra el caso y lo priorice. También ha pedido información sobre el análisis que se ha hecho de los informes presentados por las víctimas. Ha convocado y ha participado de mesas de trabajo para acordar metodologías sobre cómo abordar la investigación de las violencias de género.
En esos acuerdos con la sociedad civil, una de las explicaciones que les han dado desde la Sala de Reconocimiento para la demora en abrir el caso es que están estableciendo una metodología adecuada a partir de lo que han aprendido que funciona en otros macrocasos. Pero la tutela cuestiona ese argumento: “aunque la investigación, sanción y juzgamiento de fenómenos de macrocriminalidad y macrovictimización implica la preparación de una metodología especial que permita el correcto abordaje de los hechos victimizantes, esto no es argumento suficiente para que la Sala de Reconocimiento incurra en una mora injustificada en el desarrollo de sus funciones”.
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