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Procuraduría formuló cargos a exgerente de la Industria Licorera del Cauca

Por irregularidades en una orden de publicidad por cerca de $17 millones, el Ministerio Público calificó de manera provisional las posibles conductas como faltas gravísimas.

14 de agosto de 2024 - 12:01 a. m.
Bogotá. 6 de Febrero del 2020. Sede de la Procuraduría General de la Nación. (Colprensa-Sergio Acero)
Bogotá. 6 de Febrero del 2020. Sede de la Procuraduría General de la Nación. (Colprensa-Sergio Acero)
Foto: Sergio Acero - Sergio Acero

La Procuraduría formuló pliego de cargos en contra de Luis Felipe Rebolledo Manzano, exgerente de la Industria Licorera del Cauca, por presuntas irregularidades en la firma de una orden de publicidad por cerca de $17 millones, los cuales fueron utilizados por el contratista para difundir contenido ajeno a la empresa licorera. Asimismo, en la investigación se profirió cargos a la exjefe de la División Jurídica de la misma compañía, Angélica Montilla Montilla, y al entonces supervisor de la orden de publicidad, Carlos Andrés Ordóñez Erazo.

De acuerdo con la información de la Regional de Instrucción del Valle del Cauca, el 3 de septiembre de 2019 Luis Felipe Rebolledo firmó el documento “declarando en paz y salvo al contratista por concepto de ejecución, la cual se llevó a cabo hasta el 30 de junio, a pesar de estar firmada hasta el 31 de diciembre, y que desde el 2 de agosto se anunció publicidad diversa a los intereses de la empresa”, por incluso, cerca de cinco meses. El Ministerio Público, en segundo cargo, reprochó que el exgerente no habría adoptado las medidas necesarias para lograr el cumplimiento del contrato, y tampoco hiciera efectiva la garantía, permitiendo supuestamente este uso irregular de las vallas.

Por otro parte, los cargos proferidos contra la exjefe de la División Jurídica de la Industria Licorera del Cauca, Angélica Montilla, son aducidos a que la abogada habría revisado y avalado la suscripción del acta de liquidación por parte de Rebolledo, por lo que en calidad de coautora pudo pasar por alto las irregularidades en el cumplimiento del contrato, los plazos establecidos y el uso que se le dio a las vallas publicitarias.

Sobre el supervisor, Carlos Andrés Ordóñez, el Ministerio Público indicó que no habría ejercido las facultades unilaterales de administración, y que pese haber proyectado y suscrito el acta de liquidación mencionada, firmó sin que constara el debido cumplimiento de lo establecido en el objeto del contrato. Tanto a Ordóñez como a Montilla, se les formuló un segundo cargo, porque habrían omitido adoptar las medidas necesarias para lograr el cumplimiento del bilateral o hacer efectiva la garantía exigida.

Por la supuesta vulneración en los principios de moralidad y responsabilidad, la Procuraduría indicó que las presuntas conductas de Rebolledo Manzano, y los otros dos funcionarios, fueron calificadas de manera provisional como faltas gravísimas cometidas a título de dolo.

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