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Procuraduría inhabilita por 10 años a exgobernador de Córdoba Alejandro Lyons

La sanción contra el político, preso en Estados Unidos y condenado en Colombia por el cartel de la toga e implicado en el cartel de la hemofilia, es porque habría permitido el pago de más de $7.000 millones a una IPS, sin tener un contrato previo. Acá los detalles.

28 de agosto de 2023 - 12:37 p. m.
Procuraduría inhabilita por 10 años a exgobernador de Córdoba Alejandro Lyons
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El exgobernador de Córdoba Alejandro Lyons, preso en Estados Unidos y condenado en Colombia por el cartel de la toga e implicado en el cartel de la hemofilia, fue sancionado por la Procuraduría por haber, aparentemente, permitido entre 2014 y 2015 el pago de más de $7.000 millones a una IPS, sin que hubiera un contrato entre la Gobernación del departamento y la institución.

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El Ministerio Público falló, en primera instancia, en contra del político con destitución e inhabilidad por 10 años. El castigo, según el ente de control, es porque Lyons habría “omitido el control y la vigilancia de la actividad contractual delegada”. Según la Procuraduría, dicha omisión habría generado que se pagaran “$7.886.574.000 sin la celebración de acuerdos de voluntades con diferentes Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS) por un paquete integral de neurorrehabilitación”.

De igual manera, el Ministerio Público sancionó destitución e inhabilidad a los exsecretarios de Desarrollo de Salud del departamento, Alexis José Gaines Acuña, y Alfredo José Aruachán, por nueve años; mientras que para Edwin de Jesús Preciado por ocho años.

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El ente de control determinó que el exgobernador Lyons Muskus “omitió vigilar las facultades delegadas en quienes fungieron como secretarios de Salud, que ocasionaron el pago de $ 7.886.574.000 por la prestación de servicios para terapias de neurodesarrollo a la población de bajos recursos no cubierta por el POS sin contar con los acuerdos de voluntades entre el ente territorial y las IPS Crecer y Sonreír S.A.S., Semillas de Amor S.A.S. y Girasoles S.A.S.”.

En el caso del exsecretario de salud Gaines Acuña, la Procuraduría encontró que a través de dos resoluciones de 2014 “ordenó el pago de servicios de rehabilitación en salud por $1.193.930.000 a favor de las IPS Girasoles y Crecer y Sonreir”, sin que hubiera previamente “negocios jurídicos entre la gobernación y los prestadores del servicio de salud”.

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Por su parte, el exsecretario de Salud Aruachán Narváez usó 10 actos administrativos para ordenar, durante 2014, que se pagaran cerca de $6.064′044.000 a las tres IPS, sin que hubiera algún contrato. En el caso de Preciado Lorduy, dice el Ministerio Público, en 2015 “ordenó el pago en favor de la IPS Girasoles $ 628′600.000 omitiendo surtir las etapas exigidas por la ley para la realización de acuerdos de voluntades”.

La Procuraduría dijo que los servidores públicos vulneraron el principio de economía y de responsabilidad en el ejercicio de las funciones de contratación y ordenación del gasto. Según el ente de control, la falta se dio por “disponer del presupuesto departamental, sin cumplir con la legislación vigente en materia de seguridad social en salud”. Por esto, el Ministerio Público remitió copias a la Fiscalía para que investigue lo correspondiente a ellos.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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Gerardo(55409)28 de agosto de 2023 - 03:28 p. m.
La pocu... Siempre llegando tarde para los temas importantes de corrupción, pero presta a salir a sancionar e investigar por cosas ridículas que no valen la pena.... Que descrédito de entidad..
Fernando(46852)28 de agosto de 2023 - 02:24 p. m.
Organismos de contro adminisrativos lentos y tarados.
Jose(16382)28 de agosto de 2023 - 02:04 p. m.
Que sanción tan ridícula y extemporánea la de esta corrupta procuradora al servicio del clan Char y de sus amigos mafiosos.
H. Callejas(4167)28 de agosto de 2023 - 01:22 p. m.
Esto parece un chiste, este delincuente debe ser sancionado de por vida.
Julio(69508)28 de agosto de 2023 - 01:14 p. m.
Se advierte una censurable lenidad por parte de la PGN, pues se lo sancionò con la mìnima inhabilidad prevista en la Ley, no obstante el caràcter gsavìsimo de las faltas disciplinarias por las cuales se los juzgò
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