Reforma pensional: Procuraduría pide declararla inconstitucional por falta de debate
La procuradora Margarita Cabello expresó a la Corte Constitucional que al proyecto le faltó tener un debate riguroso y democrático. El 14 de junio se aprobó en un “pupitrazo” de la Cámara de Representantes.
La procuradora General de la Nación, Margarita Cabello, le envió a la Corte Constitucional un concepto relacionado con la reforma pensional que se aprobó el pasado 14 de junio en la Cámara de Representantes. Le pidió al alto tribunal que declare inconstitucional el proyecto, por “un vicio insubsanable”, que impidió que se discutieran a detalle los 95 artículos del proyecto y sus más de 60 modificaciones.
“En la práctica no existieron las condiciones mínimas para adelantar una discusión rigurosa, meditada y democrática de la iniciativa en la plenaria de la Cámara de Representantes”, expresó la jefe del Ministerio Público mediante un comunicado.
Según el concepto de la Procuraduría, la proposición de la bancada de gobierno de aprobar el texto que salió de la plenaria del Senado, sin tener en cuenta las modificaciones que se estaba discutiendo en la Cámara de Representantes y las más de 500 propuestas de las bancadas, “cercenó la posibilidad de sus miembros de discutir sobre el contenido de los 95 artículos de la iniciativa”.
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Contravía a la Constitución
En su concepto también hizo alusión a las condiciones de la discusión en la plenaria de la Cámara de Representantes cuando se aprobó la primera reforma social del gobierno Petro, a pocos días de que se terminara la legislatura anterior. Indicó que los congresistas no tuvieron tiempo para analizar con cuidado el articulado que aprobarían ni para sentar su postura frente al proyecto, pues dos minutos por cada vocero de partido fueron insuficientes para la discusión democrática.
“Sumadas a la presión para votar rápidamente, impidieron una deliberación adecuada, especialmente en un tema tan complejo y técnico como el sistema pensional, que afecta directamente los derechos fundamentales de la población” expresó el Ministerio Público.
Por estas razones, en su concepto, la reforma pensional se aprobó en contra del artículo 157 de la Constitución Política, que define los parámetros para las discusiones legislativas y da igual relevancia a los debates del Senado y de la Cámara a la hora de tomar decisiones sobre cualquier iniciativa legislativa.
Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.
La procuradora General de la Nación, Margarita Cabello, le envió a la Corte Constitucional un concepto relacionado con la reforma pensional que se aprobó el pasado 14 de junio en la Cámara de Representantes. Le pidió al alto tribunal que declare inconstitucional el proyecto, por “un vicio insubsanable”, que impidió que se discutieran a detalle los 95 artículos del proyecto y sus más de 60 modificaciones.
“En la práctica no existieron las condiciones mínimas para adelantar una discusión rigurosa, meditada y democrática de la iniciativa en la plenaria de la Cámara de Representantes”, expresó la jefe del Ministerio Público mediante un comunicado.
Según el concepto de la Procuraduría, la proposición de la bancada de gobierno de aprobar el texto que salió de la plenaria del Senado, sin tener en cuenta las modificaciones que se estaba discutiendo en la Cámara de Representantes y las más de 500 propuestas de las bancadas, “cercenó la posibilidad de sus miembros de discutir sobre el contenido de los 95 artículos de la iniciativa”.
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Contravía a la Constitución
En su concepto también hizo alusión a las condiciones de la discusión en la plenaria de la Cámara de Representantes cuando se aprobó la primera reforma social del gobierno Petro, a pocos días de que se terminara la legislatura anterior. Indicó que los congresistas no tuvieron tiempo para analizar con cuidado el articulado que aprobarían ni para sentar su postura frente al proyecto, pues dos minutos por cada vocero de partido fueron insuficientes para la discusión democrática.
“Sumadas a la presión para votar rápidamente, impidieron una deliberación adecuada, especialmente en un tema tan complejo y técnico como el sistema pensional, que afecta directamente los derechos fundamentales de la población” expresó el Ministerio Público.
Por estas razones, en su concepto, la reforma pensional se aprobó en contra del artículo 157 de la Constitución Política, que define los parámetros para las discusiones legislativas y da igual relevancia a los debates del Senado y de la Cámara a la hora de tomar decisiones sobre cualquier iniciativa legislativa.
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