Procuraduría pide no acoger tutela de Álvaro Leyva que pretende tumbar suspensión
En un documento de 11 páginas, el Ministerio Público explica que no vulneró el derecho al debido proceso y que la tutela presentada por Leyva es improcedente. Con este recurso judicial, el suspendido canciller busca tumbar la sanción que lo sacó por tres meses de su cargo.
Por medio de un documento de 11 páginas, la Procuraduría le pidió al Tribunal Superior de Bogotá negar la tutela que en días pasados presentó el suspendido canciller Álvaro Leyva, buscando precisamente echar para atrás la decisión de suspenderlo de su cargo por tres meses. En el recurso judicial, Leyva alegaba una grave violación a los derechos fundamentales al trabajo, debido proceso y a ejercer cargos públicos. Leyva está suspendido mientras la Procuraduría lo investiga por sus acciones durante la declaratoria desierta del millonario contrato para pasaportes que, si no fuera por el “no” rotundo de Leyva, hubiese quedado en manos de la firma Thomas Greg and Sons.
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La Procuraduría, en fallos de primera y segunda instancia, el último firmado por la procuradora Margarita Cabello, consideró que Leyva podría reincidir en conductas que laceren la función pública y, por tanto, consideró suspenderlo provisionalmente, sin derecho a remuneración. Entre las consideraciones del órgano de control está el reproche por la declaratoria desierta de la millonaria licitación, cuando el comité de contratación de la misma Cancillería se mantenía firme en contratar con Thomas Greg. Ante lo anterior, la defensa de Leyva en cabeza del abogado Yefferson Dueñas, presentó la tutela argumentando que, al ser una licitación pública, no tenía sentido que a la final solo se presentara un oferente y que, entre las facultades de Leyva, está ordenar el gasto de la Cancillería, por lo que considera que se violaron sus derechos.
“En un Estado social de Derecho, la medida de suspensión provisional de servidores públicos, especialmente de quienes conforman el Gobierno, debe responder a criterios rigurosos y adoptarse sobre la base de pruebas sólidas que demuestren la necesidad y urgencia de una medida tan gravosa. Representa un verdadero peligro para la institucionalidad que las medidas cautelares en el ejercicio de la función disciplinaria sean adoptadas sin ningún rigor jurídico y probatorio”, dice la tutela que agrega que hoy es Leyva, pero mañana puede ser cualquier servidor público al que se le vulneren sus derechos.
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El recurso judicial presentado por la defensa de Leyva agrega que“no están acreditadas las condiciones fácticas (es decir, no hay pruebas) que sustenten en el caso concreto, más allá de afirmaciones genéricas e inconexas, por qué la permanencia en el cargo del señor Canciller, mientras avanza la investigación disciplinaria, posibilita la reiteración de una presunta falta”.
Ante lo anterior, el Ministerio Público respondió a la tutela, pidiendo negarla. En concreto, la Procuraduría explica que no se violaron los derechos al debido proceso de Leyva porque no es una sanción definitiva, sino una “medida cautelar que busca la prevalencia de valores constitucionales superiores”. En este sentido, argumenta que la tutela es improcedente para controvertir decisiones que se enmarcan dentro de procesos que están en curso como en este caso. “La tutela que nos ocupa se torna improcedente por cuanto se advierte que el proceso disciplinario se encuentra en curso, por lo que Leyva aún cuenta con todas las herramientas jurídicas para continuar ejerciendo su derecho de defensa y contradicción dentro del mismo”.
La Procuraduría también argumentó que la tutela presentada por el suspendido canciller es improcedente porque no se presenta ninguna vulneración a sus derechos fundamentales. “En el caso que nos ocupa, el accionante no probó la existencia de un perjuicio irremediable, ni de una amenaza concreta y fehaciente contra algún derecho fundamental que haga procedente la acción de tutela de manera transitoria, debiendo ser rechazada por improcedente, más aún cuando no existe aún una decisión definitiva dentro del expediente disciplinario adelantado en su contra”, concluyó.
Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.
Por medio de un documento de 11 páginas, la Procuraduría le pidió al Tribunal Superior de Bogotá negar la tutela que en días pasados presentó el suspendido canciller Álvaro Leyva, buscando precisamente echar para atrás la decisión de suspenderlo de su cargo por tres meses. En el recurso judicial, Leyva alegaba una grave violación a los derechos fundamentales al trabajo, debido proceso y a ejercer cargos públicos. Leyva está suspendido mientras la Procuraduría lo investiga por sus acciones durante la declaratoria desierta del millonario contrato para pasaportes que, si no fuera por el “no” rotundo de Leyva, hubiese quedado en manos de la firma Thomas Greg and Sons.
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“En un Estado social de Derecho, la medida de suspensión provisional de servidores públicos, especialmente de quienes conforman el Gobierno, debe responder a criterios rigurosos y adoptarse sobre la base de pruebas sólidas que demuestren la necesidad y urgencia de una medida tan gravosa. Representa un verdadero peligro para la institucionalidad que las medidas cautelares en el ejercicio de la función disciplinaria sean adoptadas sin ningún rigor jurídico y probatorio”, dice la tutela que agrega que hoy es Leyva, pero mañana puede ser cualquier servidor público al que se le vulneren sus derechos.
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El recurso judicial presentado por la defensa de Leyva agrega que“no están acreditadas las condiciones fácticas (es decir, no hay pruebas) que sustenten en el caso concreto, más allá de afirmaciones genéricas e inconexas, por qué la permanencia en el cargo del señor Canciller, mientras avanza la investigación disciplinaria, posibilita la reiteración de una presunta falta”.
Ante lo anterior, el Ministerio Público respondió a la tutela, pidiendo negarla. En concreto, la Procuraduría explica que no se violaron los derechos al debido proceso de Leyva porque no es una sanción definitiva, sino una “medida cautelar que busca la prevalencia de valores constitucionales superiores”. En este sentido, argumenta que la tutela es improcedente para controvertir decisiones que se enmarcan dentro de procesos que están en curso como en este caso. “La tutela que nos ocupa se torna improcedente por cuanto se advierte que el proceso disciplinario se encuentra en curso, por lo que Leyva aún cuenta con todas las herramientas jurídicas para continuar ejerciendo su derecho de defensa y contradicción dentro del mismo”.
La Procuraduría también argumentó que la tutela presentada por el suspendido canciller es improcedente porque no se presenta ninguna vulneración a sus derechos fundamentales. “En el caso que nos ocupa, el accionante no probó la existencia de un perjuicio irremediable, ni de una amenaza concreta y fehaciente contra algún derecho fundamental que haga procedente la acción de tutela de manera transitoria, debiendo ser rechazada por improcedente, más aún cuando no existe aún una decisión definitiva dentro del expediente disciplinario adelantado en su contra”, concluyó.
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