Procuraduría sancionó al exalcalde Daniel Quintero por participar en política
Según el Ministerio Público, el exalcalde de Medellín hizo campaña política durante las elecciones presidenciales de 2022 a favor el ahora presidente Gustavo Petro y, por eso, cometió una falta disciplinaria grave. Por lo anterior, podrá ocupar ningún cargo público durante seis meses. Además, tendrá que pagar una multa de $104 millones.
La Procuraduría General de la Nación sancionó e inhabilitó a Daniel Quintero Calle por haber participado en una campaña política cuando era alcalde de Medellín. La decisión se conoció este miércoles 3 de julio, luego de un año de juicio disciplinario en el que Quintero rechazó todos los cargos y aseguró que el Ministerio Público no tenía competencia para investigarlo. Para el Ministerio Público, Quintero estará inhabilitado para ejercer cargos públicos durante seis meses y tendrá que pagar una multa de más de $104 millones.
En esta decisión, que ya Quintero anunció que va a apelar, la Procuraduría demostró su intervención en la elección presidencial de 2022, a favor del Pacto Histórico, y aseguró que “su legitimidad para hacer uso de sus derechos políticos estaba restringida por ejercer un cargo público. Esto no le permitía participar en actividades de partidos y movimientos políticos, en aras de preservar el orden institucional, la democracia, el equilibrio de las autoridades y el no inclinar la fuerza estatal hacia ninguno de los involucrados en la contienda”.
El proceso comenzó cuando la Procuraduría argumentó que Quintero habría cometido una falta gravísima al “utilizar el cargo para participar en controversias políticas”. El órgano de control dirigido por Margarita Cabello, que llegó a suspenderlo cuando estaba en funciones el 10 de mayo de 2022, dejó sobre la mesa tres grandes pruebas para argumentar que el exalcalde participó en política, cuando no podía hacerlo.
La primera, una fotografía del 13 de marzo de 2022, día de las consultas interpartidistas, que Quintero compartió en redes sociales y en la que se veía su cara en el tarjetón por el partido Colombia Humana. La segunda, varias publicaciones en redes sociales en las que Quintero habría mostrado su afinidad a esa coalición.
Y, por último, otro video del 9 de mayo de 2022, cuando, desde un carro, el exalcalde dijo: “El cambio, en primera”, haciendo alusión a la campaña presidencial de Gustavo Petro que tuvo como frase clave el “gobierno del cambio”. La Procuraduría sostuvo que las acciones del exalcalde son consideradas un ejercicio abusivo de su cargo, pues usó elementos de su despacho para hacer proselitismo.
Además, que todo se trató de un intento por inclinar ilegítimamente la actuación del Estado en favor de una determinada corriente política. Por su parte, Daniel Quintero siempre aseguró que no tuvo nada que ver en esas faltas disciplinarias y su abogado, Héctor Carvajal, solicitó la nulidad de todo lo actuado. “Este es un juicio político”, señaló el jurista, al tiempo que expuso sus argumentos sobre un asunto clave: la Procuraduría no tendría competencia para sancionar a funcionarios de elección popular.
Carvajal sostuvo durante todo el proceso que una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) de 2020 había dejado claro que la Procuraduría no puede sancionar con suspensiones o inhabilidades a funcionarios como alcaldes, gobernadores o congresistas. Sin embargo, en la Constitución Política el Ministerio Público todavía puede seguir adelante con ese tipo de casos.
Para el abogado de Quintero, la sentencia de la Corte IDH hace que el juicio contra el exalcalde tenga muchas dudas en sus bases jurídicas. Por otro lado, como segundo recurso de defensa, el abogado solicitó un equipo de peritos para analizar las imágenes y los videos difundidos en la cuenta personal de X de Daniel Quintero. El abogado también solicitó que se oficiara al Consejo Nacional Electoral (CNE), para que estableciera cuáles fueron los partidos que utilizaron eslóganes similares a “el cambio”, y se le preguntaría si el eslogan oficial del Pacto Histórico era “el cambio, en primera”.
Así las cosas, para la Procuraduría, las publicaciones tomadas para la investigación deben ser vistas como una unidad, y no como piezas individuales con sentidos distintos, que dan cuenta de las manifestaciones de participación política que infringían las leyes del cargo público que ocupaba Daniel Quintero. Con la decisión, ahora la defensa del exalcalde apelará el fallo para que pueda ser revisado en segunda instancia.
Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.
La Procuraduría General de la Nación sancionó e inhabilitó a Daniel Quintero Calle por haber participado en una campaña política cuando era alcalde de Medellín. La decisión se conoció este miércoles 3 de julio, luego de un año de juicio disciplinario en el que Quintero rechazó todos los cargos y aseguró que el Ministerio Público no tenía competencia para investigarlo. Para el Ministerio Público, Quintero estará inhabilitado para ejercer cargos públicos durante seis meses y tendrá que pagar una multa de más de $104 millones.
En esta decisión, que ya Quintero anunció que va a apelar, la Procuraduría demostró su intervención en la elección presidencial de 2022, a favor del Pacto Histórico, y aseguró que “su legitimidad para hacer uso de sus derechos políticos estaba restringida por ejercer un cargo público. Esto no le permitía participar en actividades de partidos y movimientos políticos, en aras de preservar el orden institucional, la democracia, el equilibrio de las autoridades y el no inclinar la fuerza estatal hacia ninguno de los involucrados en la contienda”.
El proceso comenzó cuando la Procuraduría argumentó que Quintero habría cometido una falta gravísima al “utilizar el cargo para participar en controversias políticas”. El órgano de control dirigido por Margarita Cabello, que llegó a suspenderlo cuando estaba en funciones el 10 de mayo de 2022, dejó sobre la mesa tres grandes pruebas para argumentar que el exalcalde participó en política, cuando no podía hacerlo.
La primera, una fotografía del 13 de marzo de 2022, día de las consultas interpartidistas, que Quintero compartió en redes sociales y en la que se veía su cara en el tarjetón por el partido Colombia Humana. La segunda, varias publicaciones en redes sociales en las que Quintero habría mostrado su afinidad a esa coalición.
Y, por último, otro video del 9 de mayo de 2022, cuando, desde un carro, el exalcalde dijo: “El cambio, en primera”, haciendo alusión a la campaña presidencial de Gustavo Petro que tuvo como frase clave el “gobierno del cambio”. La Procuraduría sostuvo que las acciones del exalcalde son consideradas un ejercicio abusivo de su cargo, pues usó elementos de su despacho para hacer proselitismo.
Además, que todo se trató de un intento por inclinar ilegítimamente la actuación del Estado en favor de una determinada corriente política. Por su parte, Daniel Quintero siempre aseguró que no tuvo nada que ver en esas faltas disciplinarias y su abogado, Héctor Carvajal, solicitó la nulidad de todo lo actuado. “Este es un juicio político”, señaló el jurista, al tiempo que expuso sus argumentos sobre un asunto clave: la Procuraduría no tendría competencia para sancionar a funcionarios de elección popular.
Carvajal sostuvo durante todo el proceso que una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) de 2020 había dejado claro que la Procuraduría no puede sancionar con suspensiones o inhabilidades a funcionarios como alcaldes, gobernadores o congresistas. Sin embargo, en la Constitución Política el Ministerio Público todavía puede seguir adelante con ese tipo de casos.
Para el abogado de Quintero, la sentencia de la Corte IDH hace que el juicio contra el exalcalde tenga muchas dudas en sus bases jurídicas. Por otro lado, como segundo recurso de defensa, el abogado solicitó un equipo de peritos para analizar las imágenes y los videos difundidos en la cuenta personal de X de Daniel Quintero. El abogado también solicitó que se oficiara al Consejo Nacional Electoral (CNE), para que estableciera cuáles fueron los partidos que utilizaron eslóganes similares a “el cambio”, y se le preguntaría si el eslogan oficial del Pacto Histórico era “el cambio, en primera”.
Así las cosas, para la Procuraduría, las publicaciones tomadas para la investigación deben ser vistas como una unidad, y no como piezas individuales con sentidos distintos, que dan cuenta de las manifestaciones de participación política que infringían las leyes del cargo público que ocupaba Daniel Quintero. Con la decisión, ahora la defensa del exalcalde apelará el fallo para que pueda ser revisado en segunda instancia.
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