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La Procuraduría falló en primera instancia en contra del exministro de Ciencia, Tecnología e Innovación, Arturo Luis Luna Tapia; y al director del Departamento Administrativo de la Función Pública, César Augusto Manrique Soacha, por irregularidades en el nombramiento de Álvaro Moisés Ninco Daza como embajador de Colombia en México. Ambos fueron suspendidos por 10 meses.
El ente de control señala que Ninco Daza, cuando era postulado al cargo “no alcanzaba el grado de sobresaliente para la compensación de requisitos”, por lo que tanto el entonces ministro Luna y el director Manrique “estaban obligados a recomendar no avalar su hoja de vida o, en su defecto, motivar razonadamente la decisión para considerarlo apto para ocupar el cargo” y aun así lo hicieron.
Dice la Procuraduría que “Luna Tapia y Manrique Soacha decidieron emitir su voto favorable para recomendar al presidente de la República compensar excepcionalmente los requisitos y que Ninco Daza pudiera ser nombrado en el cargo que ejerce en la actualidad”.
Para el Ministerio Público, los dos se equivocaron al momento de revisar la hoja de vida del hoy embajador “al pasar por alto que en los documentos que se allegaron al Comité Evaluador de los Méritos no se demostraba experiencia sobresaliente en ninguna disciplina, ocupación, arte u oficio”. Además, señala el ente de control, “tampoco podía ser catalogado como líder juvenil o estudiantil porque en su corta trayectoria carecía de reconocimiento o distinción”.
Las acciones del exministro Luna y del director Manrique, a los ojos de la Procuraduría, vulneraron “los principios de moralidad e igualdad que deben inspirar la función estatal”. Además, según el ente de control, “incurrieron en una falta disciplinaria que fue calificada como grave cometida a título de dolo”.
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