Procuraduría tercia en favor de Petro en proceso que busca su “muerte política”
Una demanda en el Consejo de Estado busca la pérdida de investidura del senador luego que este hiciera un llamado a la desobediencia civil en julio de 2020, tras considerar ilegítima la elección como presidente de Iván Duque. Para el Ministerio Público, no se cumplen los requisitos para ello.
La Procuraduría General le solicitó al Consejo de Estado que desestime una demanda de pérdida que investidura que fue presentada en contra del senador Gustavo Petro, luego que este hiciera en julio de 2020 una serie de pronunciamientos cuestionando la legitimidad del gobierno de Iván Duque, a partir de las comunicaciones interceptadas en 2018 al ganadero José Guillermo Ñeñe Hernández, en las que se habla de la necesidad de que entraran dineros “bajo la mesa” en campaña. Para el Ministerio Público, ese episodio no cae en las causales que permiten quitarle la investidura a un congresista y decretarle su “muerte política”.
(Le puede interesar: Petro y la desobediencia civil: el debate que avanza en el Consejo de Estado)
En una columna publicada en el portal Cuarto de Hora, Petro dijo que “Colombia Humana no reconoce la legitimidad del actual presidente” y llamó a la “conciencia ciudadana” para que cambiara el rumbo del país. Al día siguiente, en entrevista con W Radio, se ratificó e hizo un llamado a la desobediencia civil contra decisiones que ha tomado este gobierno para manejar la pandemia. Y en respuesta a un editorial de El Espectador, Petro dijo que “la desobediencia civil no es una simple rebelión, es la aparición y la construcción de una ciudadanía emancipada en medio de una tiranía”.
El abogado José Abuchaibe demandó a Petro por supuestamente incurrir en violación al artículo 183 de la Constitución Política sobre el régimen de inhabilidades e incompatibilidades por usar su dignidad de congresista sobre la comunidad para llamar a la desobediencia civil: “Irrespeta la dignidad parlamentaria que obtuvo por ley y que utiliza, dado su reconocimiento e importancia social e institucional, para influir sobre la comunidad, crear pánico y zozobra”. Pero la Procuraduría no estuvo de acuerdo con esa postura, al estimar que las manifestaciones de Petro no violaron ningún mandato legal, constitucional o convencional.
(Le puede interesar un editorial sobre este tema: El llamado a la rebelión de Gustavo Petro)
La delegada de la Procuraduría explicó que si bien es posible que Petro haya violado el régimen de deberes del Congresista, pero no de un hecho de gravedad que se adecue a las causales de pérdida de investidura. Y expresó que la demanda presentada en su contra no lograr demostrar que este sí haya incurrido en las mismas, luego de citar jurisprudencia de la Corte Constitucional sobre libertad de expresión y las responsabilidades que de ella se derivan para los servidores públicos.
“Es claro que toda manifestación de los servidores públicos se debe entrar a valorar desde el principio de responsabilidad con el conglomerado social, pasando por la protección de los derechos fundamentales (...) En gracia de discusión, considera esta delegada que dichas manifestaciones podrían ser materia de estudio y debate en un escenario distinto al judicial por la eventual trasgresión de las disposiciones del estatuto del congresista, si así lo considera esta Sección y realiza las revisiones correspondientes en la sentencia”, dijo.
De acuerdo con la delegada de la Procuraduría, “no están dados los criterios fácticos, jurídicos ni probatorios alegados por los demandantes en sus escritos de demanda para que se proceda con la declaratoria de pérdida de investidura del senador Gustavo Petro Urrego. Con fundamento a lo expuesto, la Procuraduría Séptima Delegada solicita que no se acceda a la solicitud por cuanto no se encuentran probadas las causales alegadas por los demandantes”.
En este proceso, el demandante Abuchaibe dijo que las manifestaciones de Gustavo Petro sí son irresponsables. “Se podría pensar que la financiación de la campaña de Duque podría estar cuestionada, pero decir que es un presidente elegido por el narcotráfico es un exabrupto. La oposición en todos los países exagera y desinforma. Una cosa es criticar o “dar palo” y otra destruir. Y Petro cruzó esa línea”.
¿A qué se refería Petro con la desobediencia civil? En la respuesta a un editorial de este diario, el senador dijo que el gobierno de Duque es ilegítimo por que se habría hecho elegir con votos comprados por el narcotráfico. Y que, ante esto, la sociedad debe reaccionar y fortalecer la ciudadanía. “La desobediencia civil no es una simple rebelión, es la aparición y la construcción de una ciudadanía emancipada en medio de una tiranía. (…) Proponemos la no violencia para Colombia, pero con emancipación ciudadana”, dijo.
(Esta es la respuesta de Gustavo Petro al editorial de El Espectador: Desobediencia civil)
De otro lado, el abogado Abuchaibe demandó la investidura de Gustavo Petro por presunta violación del artículo 110 de la Carta Política por supuestas irregularidades en su campaña electoral a la Presidencia. La demanda cita la Resolución No. 0692 de 2020 por medio de la cual se abre investigación administrativa y se formulan cargos contra Petro, por la donación que recibió de tres personas que figuraban como servidores públicos para la época: una docente de Cartagena que dio $95.000; otro docente de la Universidad Tecnológica y Pedagógica de Colombia que donó $120.000 y una empleada de la Contraloría General que donó $150.000.
“Consideramos que Gustavo Petro es responsable de su campaña presidencial y de recibir aportes de funcionarios públicos incurriendo en una violación constitucional y legal que lo hace acreedor de la sanción de la pérdida de su investidura”, dice la demanda. En respuesta, la defensa del senador aseguró que, para la época de los hechos, Petro no era servidor público por lo que no se cumplen los requisitos legales para que se le decrete la pérdida de investidura pues no se le puede endilgar haber cometido falta alguna. A esa posición se sumó la Procuraduría.
“No está probado que el senador Gustavo Petro Urrego desarrollaba funciones públicas al momento de su campaña para la Presidencia de la República, como tampoco actuaba como un particular que desempeñara funciones públicas”, dijo la delegada al indicar que, por tanto, no incurrió en causal de pérdida de investidura. (Le puede interesar: CNE abre investigación a Petro por financiación en campaña presidencial)
La Procuraduría General le solicitó al Consejo de Estado que desestime una demanda de pérdida que investidura que fue presentada en contra del senador Gustavo Petro, luego que este hiciera en julio de 2020 una serie de pronunciamientos cuestionando la legitimidad del gobierno de Iván Duque, a partir de las comunicaciones interceptadas en 2018 al ganadero José Guillermo Ñeñe Hernández, en las que se habla de la necesidad de que entraran dineros “bajo la mesa” en campaña. Para el Ministerio Público, ese episodio no cae en las causales que permiten quitarle la investidura a un congresista y decretarle su “muerte política”.
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En una columna publicada en el portal Cuarto de Hora, Petro dijo que “Colombia Humana no reconoce la legitimidad del actual presidente” y llamó a la “conciencia ciudadana” para que cambiara el rumbo del país. Al día siguiente, en entrevista con W Radio, se ratificó e hizo un llamado a la desobediencia civil contra decisiones que ha tomado este gobierno para manejar la pandemia. Y en respuesta a un editorial de El Espectador, Petro dijo que “la desobediencia civil no es una simple rebelión, es la aparición y la construcción de una ciudadanía emancipada en medio de una tiranía”.
El abogado José Abuchaibe demandó a Petro por supuestamente incurrir en violación al artículo 183 de la Constitución Política sobre el régimen de inhabilidades e incompatibilidades por usar su dignidad de congresista sobre la comunidad para llamar a la desobediencia civil: “Irrespeta la dignidad parlamentaria que obtuvo por ley y que utiliza, dado su reconocimiento e importancia social e institucional, para influir sobre la comunidad, crear pánico y zozobra”. Pero la Procuraduría no estuvo de acuerdo con esa postura, al estimar que las manifestaciones de Petro no violaron ningún mandato legal, constitucional o convencional.
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La delegada de la Procuraduría explicó que si bien es posible que Petro haya violado el régimen de deberes del Congresista, pero no de un hecho de gravedad que se adecue a las causales de pérdida de investidura. Y expresó que la demanda presentada en su contra no lograr demostrar que este sí haya incurrido en las mismas, luego de citar jurisprudencia de la Corte Constitucional sobre libertad de expresión y las responsabilidades que de ella se derivan para los servidores públicos.
“Es claro que toda manifestación de los servidores públicos se debe entrar a valorar desde el principio de responsabilidad con el conglomerado social, pasando por la protección de los derechos fundamentales (...) En gracia de discusión, considera esta delegada que dichas manifestaciones podrían ser materia de estudio y debate en un escenario distinto al judicial por la eventual trasgresión de las disposiciones del estatuto del congresista, si así lo considera esta Sección y realiza las revisiones correspondientes en la sentencia”, dijo.
De acuerdo con la delegada de la Procuraduría, “no están dados los criterios fácticos, jurídicos ni probatorios alegados por los demandantes en sus escritos de demanda para que se proceda con la declaratoria de pérdida de investidura del senador Gustavo Petro Urrego. Con fundamento a lo expuesto, la Procuraduría Séptima Delegada solicita que no se acceda a la solicitud por cuanto no se encuentran probadas las causales alegadas por los demandantes”.
En este proceso, el demandante Abuchaibe dijo que las manifestaciones de Gustavo Petro sí son irresponsables. “Se podría pensar que la financiación de la campaña de Duque podría estar cuestionada, pero decir que es un presidente elegido por el narcotráfico es un exabrupto. La oposición en todos los países exagera y desinforma. Una cosa es criticar o “dar palo” y otra destruir. Y Petro cruzó esa línea”.
¿A qué se refería Petro con la desobediencia civil? En la respuesta a un editorial de este diario, el senador dijo que el gobierno de Duque es ilegítimo por que se habría hecho elegir con votos comprados por el narcotráfico. Y que, ante esto, la sociedad debe reaccionar y fortalecer la ciudadanía. “La desobediencia civil no es una simple rebelión, es la aparición y la construcción de una ciudadanía emancipada en medio de una tiranía. (…) Proponemos la no violencia para Colombia, pero con emancipación ciudadana”, dijo.
(Esta es la respuesta de Gustavo Petro al editorial de El Espectador: Desobediencia civil)
De otro lado, el abogado Abuchaibe demandó la investidura de Gustavo Petro por presunta violación del artículo 110 de la Carta Política por supuestas irregularidades en su campaña electoral a la Presidencia. La demanda cita la Resolución No. 0692 de 2020 por medio de la cual se abre investigación administrativa y se formulan cargos contra Petro, por la donación que recibió de tres personas que figuraban como servidores públicos para la época: una docente de Cartagena que dio $95.000; otro docente de la Universidad Tecnológica y Pedagógica de Colombia que donó $120.000 y una empleada de la Contraloría General que donó $150.000.
“Consideramos que Gustavo Petro es responsable de su campaña presidencial y de recibir aportes de funcionarios públicos incurriendo en una violación constitucional y legal que lo hace acreedor de la sanción de la pérdida de su investidura”, dice la demanda. En respuesta, la defensa del senador aseguró que, para la época de los hechos, Petro no era servidor público por lo que no se cumplen los requisitos legales para que se le decrete la pérdida de investidura pues no se le puede endilgar haber cometido falta alguna. A esa posición se sumó la Procuraduría.
“No está probado que el senador Gustavo Petro Urrego desarrollaba funciones públicas al momento de su campaña para la Presidencia de la República, como tampoco actuaba como un particular que desempeñara funciones públicas”, dijo la delegada al indicar que, por tanto, no incurrió en causal de pérdida de investidura. (Le puede interesar: CNE abre investigación a Petro por financiación en campaña presidencial)