Prohibir la minería en el Páramo de Santurbán es legítimo: Tribunal del CIADI
El Tribunal Arbitral del CIADI, de competencia internacional, dio sus primeras pistas de una decisión que podría salvar a Colombia de pagarle US$ 736 millones a la multinacional minera Eco Oro, la cual reclama que le fue prohibido injustamente trabajar en el Páramo de Santurbán.
La multinacional minera Eco Oro tiene a Colombia demandada por US$ 736 millones, pues en 2016 la Corte Constitucional prohibió la minería en los paramos del país, cuando la empresa canadiense llevaba dos décadas disfrutando de licencias de exploración y explotación en del Páramo de Santurbán. El caso está en el Tribunal Arbitral del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), el cual acaba de dar una esperanza al bolsillo del Estado y a quienes reclamaban la protección del área natural.
En contexto: Avanza en tribunal pleito minero en Santurbán
De acuerdo con la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado (Andje), representada por la firma internacional de abogados Lathan and Watkins, el Tribunal del CIADI reconoció que la prohibición de realizar minería en los páramos colombianos es una manifestación legítima del derecho a regular que tiene el Estado. No obstante, la controversia económica sigue en pie, por lo que la presente decisión es solo un abrebocas de lo que estaría por venir.
“El Tribunal acogió los argumentos de defensa de la Andje para reconocer que la medida adoptada por el Estado colombiano no fue discriminatoria para los inversionistas de Eco Oro, y que, además, buscaba proteger un objetivo legítimo, como lo es la protección del medio ambiente. Así mismo, señaló que dicha medida fue adoptada de buena fe”, agregó la agencia de defensa judicial de la Nación. El Tribunal reconoció el rol de los páramos como fuentes reguladoras de los ciclos de agua, en medio de la angustia mundial por el cambio climático.
En contexto: Corte Constitucional prohíbe la minería en páramos del país
Por otro lado, el Tribunal del CIADI destacó que solo el Páramo de Santurbán, ubicado entre los Santanderes, abastece de agua a más de 2.5 millones de colombianos y, además, que los daños en las áreas naturales de esas características son irreversibles cuando entra a trabajar la minería. Ahora, resta saber qué va a pasar con la controversia económica, por la cual Eco Oro solicita alrededor de $2,8 billones, por concepto de indemnización a lo que consideran una “expropiación”.
¿Por qué expropiación? Eco Oro reclama una millonada porque, en su concepto, las medidas legislativas, administrativas y judiciales relacionadas con la prohibición de ejercer la minería en el Páramo de Santurbán y la delimitación de la misma región -demarcación que no estaba en 1994-, impidieron el desarrollo de un proyecto minero a gran escala a su título. Por tanto, la decisión del Estado representaría una “expropiación indirecta de su inversión”. No obstante, según la Andje, el Tribunal del CIADI no da luces de que tal argumentación pueda ser usada para sancionar a Colombia.
Así lo explicó Camilo Gómez, directo de la Andje: “El Tribunal determinó que no había habido expropiación de los derechos de cobro para la explotación minera en el Páramo de Santurbán y, por lo tanto, Colombia cumplió con el tratado de protección de inversiones. El proceso no ha terminado. Hay un entretiempo (referenciando un partido de fútbol) , no usual, que Colombia atenderá debidamente. Vamos en este partido 3 a 1 y en el extra tiempo esperamos mantener el resultado igual”.
Lea: Corte Constitucional mantiene prácticas agropecuarias de bajo impacto en páramos
Que Colombia no desembolse los US$ 736 millones, sin embargo, esta solo en manos de la Andje, a través de Lathan and Watkins. En febrero de 2019, el Tribunal del CIADI no aceptó la participación de terceros en el proceso, cuando estaban pujando cuatro organizaciones de derechos humanos de Colombia, Canadá y Países Bajos. Los activistas intentaron que sus ideas entraran bajo evaluación, argumentando que la minería en Santurbán afectaría a 48 municipios nacionales y regiones aledañas al Lago Maracaibo en Venezuela.
“La riqueza del área se fundamenta en su paisaje de pajonales (pastizales naturales), de rocas sólidas que bordean el complejo de lagunas, la variedad de especies florísticas y de la fauna específica de esta unidad ecológica, la conexión internacional con Maracaibo, su posición geográfica refuerza el valor hídrico, en primer lugar, por las lluvias y por los numerosos ríos que se originan en el área de Páramo de Santurbán”, explica Colparques.
Lea aquí: Aprueban proyecto de ley que protegerá los páramos
La Sala Plena de la Corte Constitucional fue firme en decidir, en 2016, que la minería en los páramos del país va en contra de la Constitución, en contraste a los presentado en el Plan Nacional de Desarrollo de entonces. El alto tribunal consideró que, pese a los títulos mineros otorgados, como el de Eco Oro, prevalece el derecho al medio ambiente sano. La Corte Constitucional encontró que los páramos abastecen de agua al 70% de la población del país.
Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.
La multinacional minera Eco Oro tiene a Colombia demandada por US$ 736 millones, pues en 2016 la Corte Constitucional prohibió la minería en los paramos del país, cuando la empresa canadiense llevaba dos décadas disfrutando de licencias de exploración y explotación en del Páramo de Santurbán. El caso está en el Tribunal Arbitral del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), el cual acaba de dar una esperanza al bolsillo del Estado y a quienes reclamaban la protección del área natural.
En contexto: Avanza en tribunal pleito minero en Santurbán
De acuerdo con la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado (Andje), representada por la firma internacional de abogados Lathan and Watkins, el Tribunal del CIADI reconoció que la prohibición de realizar minería en los páramos colombianos es una manifestación legítima del derecho a regular que tiene el Estado. No obstante, la controversia económica sigue en pie, por lo que la presente decisión es solo un abrebocas de lo que estaría por venir.
“El Tribunal acogió los argumentos de defensa de la Andje para reconocer que la medida adoptada por el Estado colombiano no fue discriminatoria para los inversionistas de Eco Oro, y que, además, buscaba proteger un objetivo legítimo, como lo es la protección del medio ambiente. Así mismo, señaló que dicha medida fue adoptada de buena fe”, agregó la agencia de defensa judicial de la Nación. El Tribunal reconoció el rol de los páramos como fuentes reguladoras de los ciclos de agua, en medio de la angustia mundial por el cambio climático.
En contexto: Corte Constitucional prohíbe la minería en páramos del país
Por otro lado, el Tribunal del CIADI destacó que solo el Páramo de Santurbán, ubicado entre los Santanderes, abastece de agua a más de 2.5 millones de colombianos y, además, que los daños en las áreas naturales de esas características son irreversibles cuando entra a trabajar la minería. Ahora, resta saber qué va a pasar con la controversia económica, por la cual Eco Oro solicita alrededor de $2,8 billones, por concepto de indemnización a lo que consideran una “expropiación”.
¿Por qué expropiación? Eco Oro reclama una millonada porque, en su concepto, las medidas legislativas, administrativas y judiciales relacionadas con la prohibición de ejercer la minería en el Páramo de Santurbán y la delimitación de la misma región -demarcación que no estaba en 1994-, impidieron el desarrollo de un proyecto minero a gran escala a su título. Por tanto, la decisión del Estado representaría una “expropiación indirecta de su inversión”. No obstante, según la Andje, el Tribunal del CIADI no da luces de que tal argumentación pueda ser usada para sancionar a Colombia.
Así lo explicó Camilo Gómez, directo de la Andje: “El Tribunal determinó que no había habido expropiación de los derechos de cobro para la explotación minera en el Páramo de Santurbán y, por lo tanto, Colombia cumplió con el tratado de protección de inversiones. El proceso no ha terminado. Hay un entretiempo (referenciando un partido de fútbol) , no usual, que Colombia atenderá debidamente. Vamos en este partido 3 a 1 y en el extra tiempo esperamos mantener el resultado igual”.
Lea: Corte Constitucional mantiene prácticas agropecuarias de bajo impacto en páramos
Que Colombia no desembolse los US$ 736 millones, sin embargo, esta solo en manos de la Andje, a través de Lathan and Watkins. En febrero de 2019, el Tribunal del CIADI no aceptó la participación de terceros en el proceso, cuando estaban pujando cuatro organizaciones de derechos humanos de Colombia, Canadá y Países Bajos. Los activistas intentaron que sus ideas entraran bajo evaluación, argumentando que la minería en Santurbán afectaría a 48 municipios nacionales y regiones aledañas al Lago Maracaibo en Venezuela.
“La riqueza del área se fundamenta en su paisaje de pajonales (pastizales naturales), de rocas sólidas que bordean el complejo de lagunas, la variedad de especies florísticas y de la fauna específica de esta unidad ecológica, la conexión internacional con Maracaibo, su posición geográfica refuerza el valor hídrico, en primer lugar, por las lluvias y por los numerosos ríos que se originan en el área de Páramo de Santurbán”, explica Colparques.
Lea aquí: Aprueban proyecto de ley que protegerá los páramos
La Sala Plena de la Corte Constitucional fue firme en decidir, en 2016, que la minería en los páramos del país va en contra de la Constitución, en contraste a los presentado en el Plan Nacional de Desarrollo de entonces. El alto tribunal consideró que, pese a los títulos mineros otorgados, como el de Eco Oro, prevalece el derecho al medio ambiente sano. La Corte Constitucional encontró que los páramos abastecen de agua al 70% de la población del país.
Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.