Rebajan pena a familiares de los Rodríguez Orejuela por lavado de activos
La decisión la tomo la Corte Suprema de Justicia al revisar la pena impuesta a 14 personas y exempleados de Drogas La Rebaja.
La Corte Suprema de Justicia rebajó de 25 a 13 años de cárcel la pena de prisión impuesta a 14 familiares exempleados de los hermanos Gilberto y Miguel Rodríguez Orejuela, exjefes del Cartel de Cali, que fueron procesados y juzgados por lavado de activos a través de Drogas la Rebaja. La decisión se tomó al revisar la condena original que les impuso la Sala de Extinción de Dominio del Tribunal Superior de Bogotá el 18 de marzo de 2019 al encontrar errores de forma. No obstante, se ratificó su responsabilidad en los hechos.
Se trata de Amparo Rodríguez de Gil, Alfonso Gil Osorio, Soraya Muñoz Rodríguez, Claudia Pilar Rodríguez Ramírez, Luz Stella Pérez Gómez, Pedro Nicolás Arboleda, Pablo Emilio Daza, Tiberio Fernández, Ricardo Calderón Ascanio, José de Jesús Naizaque Puentes, María Consuelo Duque Martínez, Jairo Serna Serna, Diego Durán Daza y Herberth Rueda Fajardo. La Sala Penal aseguró que estas personas sí sabían que a través de esa droguería se encubrían las ganancias que obtenías los Rodríguez Orejuela del narcotráfico y participaban en ello.
“El manejo del entramado que permitió a los Rodríguez Orejuela continuar percibiendo ingresos de Drogas La Rebaja y sus empresas asociadas, entre ellas Laboratorios Kressfor, se soportaba en la parte financiera y en el giro de los dineros producto de compraventas aparentes que, en la práctica, por sus condiciones, hacían que el control de ese emporio comercial siguiera en sus manos”, dijo la Corte Suprema. El alto tribunal, de otro lado, absolvió a nueve empleados de la droguería que eran solo trabajadores allí y no tuvieron esa relación.
Se trata de Fernando Gamba Sánchez, Carlos Alberto Mejía Aristizábal, Luis Alberto Castañeda, Alexander Celis Pérez, Luis Carlos Rozo Barón, Diego Vallejo Bayona, Hernando Gutiérrez, Justo Pedraza y Luis Fernando Franco. En su caso, el alto tribunal ordenó levantar las órdenes de captura expedidas en su contra. En el caso de uno de ellos la Sala explicó que, “a diferencia del papel desarrollado por otros procesados, la investigación no estableció que este acusado desarrollara funciones de manejo, contabilidad o asesoría, que le permitieran de tener conocimiento de lo que ocurría tras bambalinas con las sucesivas compraventas que involucraban a los establecimientos de comercio que se denominaban Drogas La Rebaja”.
¿Cómo funcionó el lavado de activos?
Según el expediente, en 1972, cuando los capos Gilberto y Miguel Rodríguez Orejuela enviaban droga a los Estados Unidos, también empezaron a adquirir participación económica en las empresas Drogas La Séptima Ltda., Drogas Unidas Ltda., Servicios Sociales Ltda., entre otras, de propiedad de Fernando Gutiérrez Cancino. Estas sociedades, en 1987, se agruparon y conformaron la cadena “Drogas La Rebaja”, con varias sucursales en diversas regiones del país.
Los Rodríguez Orejuela también se volvieron accionistas en 1972 de Laboratorios Kressfor, de Laboratorios Blanco Pharma en 1986 y de Laboratorios Blaimar de Colombia S.A. que en 1993 pasó a llamarse Compañía Interamericana de Cosméticos-Cointercos S.A.-, entre otras firmas. Ya en 1990 los narcotraficantes cedieron su participación accionaria en el conglomerado a sus hijos, hermanos, sobrinos y otros familiares, entre quienes estaban Soraya Muñoz, Alfonso Gil, Amparo Rodríguez y Claudia del Pilar Rodríguez. Todos aumentaron su capital significativamente sin justificación alguna. Pero en 1995, el Departamento del Tesoro de los Estados Unidos incluyó a las empresas en la llamada Lista Clinton.
Según el expediente, ante el bloqueo económico que ello implicó, se empezaron a hacer varias negociaciones y ventas de la compañía. Así, el 22 de julio de 1995, un total de 60 trabajadores fundaron la Cooperativa Multiactiva de Empleados de Distribuidora de Drogas La Rebaja (Copservir). Y el 11 de marzo de 1996, Luis Carlos Rozo, en representación de Laboratorios Kressfor de Colombia S.A., vendió a Luis Alberto Castañeda, representante de la cooperativa Farmacoop, el establecimiento de comercio, la cartera por recaudar y el derecho de arrendamiento de los locales comerciales en que funciona, por $10.887.000.000 y el pago de los pasivos de la vendedora.
Según reposa en la sentencia, esta cooperativa fue inscrita luego en la Cámara de Comercio de Bogotá el 2 de enero de 1997 y se conformó, entre otros, por María Consuelo Duque Martínez como representante legal y Diego Vallejo Bayona como suplente. Luego, el 22 de julio de 1996, Jairo Serna, en representación de Distribuidora Drogas La Rebaja Bogotá S.A., vendió locales en varias ciudades por $3.140.700.000 a Copservir. Y en esa misma fecha, se firmaron contratos de prenda sin tenencia a favor del vendedor, suscritos por Tiberio Fernández Luna como miembro del consejo de administración de esa cooperativa.
El expediente registra más negocios de este tipo entre las mismas personas. El 17 de abril de 1997, las cooperativas Copservir, Farmacoop y Cosmepop también aparecieron en la “lista Clinton”, lo que condujo a la celebración de contratos de mandato para el recaudo de los recursos, para eludir los efectos financieros adversos de esa decisión. Según la justicia, todos estos contratos, en general, el objeto era “que el mandatario se comprometía a recibir y consignar los dineros provenientes de los productos farmacéuticos y cosméticos que eran vendidos en las droguerías de propiedad de la mandante”.
“También se acordó que celebraría contratos bancarios a nombre propio, pero por cuenta del mandante, con miras al manejo de los dineros recaudados y que cancelaría las obligaciones necesarias para el funcionamiento de la cadena, a cambio de una comisión. (…) Todas las negociaciones y operaciones comerciales a las que se ha hecho referencia, estuvieron bajo el control de los hermanos Gilberto y Miguel Rodríguez Orejuela, conforme los acuerdos de admisión de culpabilidad suscritos con el gobierno de los Estados Unidos el 26 de septiembre de 2006, en el Tribunal del Distrito Sur de La Florida. Allí aceptaron haberse concertado con otras personas para importar y distribuir 200.000 kilogramos de cocaína en ese país, por valor de US$ 2.100.000.000, aproximadamente, desde 1990 y después del 17 de diciembre de 1997”.
La Corte Suprema de Justicia rebajó de 25 a 13 años de cárcel la pena de prisión impuesta a 14 familiares exempleados de los hermanos Gilberto y Miguel Rodríguez Orejuela, exjefes del Cartel de Cali, que fueron procesados y juzgados por lavado de activos a través de Drogas la Rebaja. La decisión se tomó al revisar la condena original que les impuso la Sala de Extinción de Dominio del Tribunal Superior de Bogotá el 18 de marzo de 2019 al encontrar errores de forma. No obstante, se ratificó su responsabilidad en los hechos.
Se trata de Amparo Rodríguez de Gil, Alfonso Gil Osorio, Soraya Muñoz Rodríguez, Claudia Pilar Rodríguez Ramírez, Luz Stella Pérez Gómez, Pedro Nicolás Arboleda, Pablo Emilio Daza, Tiberio Fernández, Ricardo Calderón Ascanio, José de Jesús Naizaque Puentes, María Consuelo Duque Martínez, Jairo Serna Serna, Diego Durán Daza y Herberth Rueda Fajardo. La Sala Penal aseguró que estas personas sí sabían que a través de esa droguería se encubrían las ganancias que obtenías los Rodríguez Orejuela del narcotráfico y participaban en ello.
“El manejo del entramado que permitió a los Rodríguez Orejuela continuar percibiendo ingresos de Drogas La Rebaja y sus empresas asociadas, entre ellas Laboratorios Kressfor, se soportaba en la parte financiera y en el giro de los dineros producto de compraventas aparentes que, en la práctica, por sus condiciones, hacían que el control de ese emporio comercial siguiera en sus manos”, dijo la Corte Suprema. El alto tribunal, de otro lado, absolvió a nueve empleados de la droguería que eran solo trabajadores allí y no tuvieron esa relación.
Se trata de Fernando Gamba Sánchez, Carlos Alberto Mejía Aristizábal, Luis Alberto Castañeda, Alexander Celis Pérez, Luis Carlos Rozo Barón, Diego Vallejo Bayona, Hernando Gutiérrez, Justo Pedraza y Luis Fernando Franco. En su caso, el alto tribunal ordenó levantar las órdenes de captura expedidas en su contra. En el caso de uno de ellos la Sala explicó que, “a diferencia del papel desarrollado por otros procesados, la investigación no estableció que este acusado desarrollara funciones de manejo, contabilidad o asesoría, que le permitieran de tener conocimiento de lo que ocurría tras bambalinas con las sucesivas compraventas que involucraban a los establecimientos de comercio que se denominaban Drogas La Rebaja”.
¿Cómo funcionó el lavado de activos?
Según el expediente, en 1972, cuando los capos Gilberto y Miguel Rodríguez Orejuela enviaban droga a los Estados Unidos, también empezaron a adquirir participación económica en las empresas Drogas La Séptima Ltda., Drogas Unidas Ltda., Servicios Sociales Ltda., entre otras, de propiedad de Fernando Gutiérrez Cancino. Estas sociedades, en 1987, se agruparon y conformaron la cadena “Drogas La Rebaja”, con varias sucursales en diversas regiones del país.
Los Rodríguez Orejuela también se volvieron accionistas en 1972 de Laboratorios Kressfor, de Laboratorios Blanco Pharma en 1986 y de Laboratorios Blaimar de Colombia S.A. que en 1993 pasó a llamarse Compañía Interamericana de Cosméticos-Cointercos S.A.-, entre otras firmas. Ya en 1990 los narcotraficantes cedieron su participación accionaria en el conglomerado a sus hijos, hermanos, sobrinos y otros familiares, entre quienes estaban Soraya Muñoz, Alfonso Gil, Amparo Rodríguez y Claudia del Pilar Rodríguez. Todos aumentaron su capital significativamente sin justificación alguna. Pero en 1995, el Departamento del Tesoro de los Estados Unidos incluyó a las empresas en la llamada Lista Clinton.
Según el expediente, ante el bloqueo económico que ello implicó, se empezaron a hacer varias negociaciones y ventas de la compañía. Así, el 22 de julio de 1995, un total de 60 trabajadores fundaron la Cooperativa Multiactiva de Empleados de Distribuidora de Drogas La Rebaja (Copservir). Y el 11 de marzo de 1996, Luis Carlos Rozo, en representación de Laboratorios Kressfor de Colombia S.A., vendió a Luis Alberto Castañeda, representante de la cooperativa Farmacoop, el establecimiento de comercio, la cartera por recaudar y el derecho de arrendamiento de los locales comerciales en que funciona, por $10.887.000.000 y el pago de los pasivos de la vendedora.
Según reposa en la sentencia, esta cooperativa fue inscrita luego en la Cámara de Comercio de Bogotá el 2 de enero de 1997 y se conformó, entre otros, por María Consuelo Duque Martínez como representante legal y Diego Vallejo Bayona como suplente. Luego, el 22 de julio de 1996, Jairo Serna, en representación de Distribuidora Drogas La Rebaja Bogotá S.A., vendió locales en varias ciudades por $3.140.700.000 a Copservir. Y en esa misma fecha, se firmaron contratos de prenda sin tenencia a favor del vendedor, suscritos por Tiberio Fernández Luna como miembro del consejo de administración de esa cooperativa.
El expediente registra más negocios de este tipo entre las mismas personas. El 17 de abril de 1997, las cooperativas Copservir, Farmacoop y Cosmepop también aparecieron en la “lista Clinton”, lo que condujo a la celebración de contratos de mandato para el recaudo de los recursos, para eludir los efectos financieros adversos de esa decisión. Según la justicia, todos estos contratos, en general, el objeto era “que el mandatario se comprometía a recibir y consignar los dineros provenientes de los productos farmacéuticos y cosméticos que eran vendidos en las droguerías de propiedad de la mandante”.
“También se acordó que celebraría contratos bancarios a nombre propio, pero por cuenta del mandante, con miras al manejo de los dineros recaudados y que cancelaría las obligaciones necesarias para el funcionamiento de la cadena, a cambio de una comisión. (…) Todas las negociaciones y operaciones comerciales a las que se ha hecho referencia, estuvieron bajo el control de los hermanos Gilberto y Miguel Rodríguez Orejuela, conforme los acuerdos de admisión de culpabilidad suscritos con el gobierno de los Estados Unidos el 26 de septiembre de 2006, en el Tribunal del Distrito Sur de La Florida. Allí aceptaron haberse concertado con otras personas para importar y distribuir 200.000 kilogramos de cocaína en ese país, por valor de US$ 2.100.000.000, aproximadamente, desde 1990 y después del 17 de diciembre de 1997”.