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                                                                                                                                  Reforma tributaria: petroleras y mineras se salvan de pagar millonarios impuestos

                                                                                                                                  Corte Constiticional tumba artículo de la reforma tributaria que establecía las bases sobre las que debían declarar renta las empresas que explotan recursos naturales.

                                                                                                                                  Corte Constitucional declara inexequible articulo que habla sobre que base deben declarar renta las empresas que explotan recursos naturales
                                                                                                                                  Foto: David Campuzano

                                                                                                                                  La Corte Constitucional se acaba de pronunciar sobre un fragmento de la nueva reforma tributaria, específicamente un artículo que tenía con los pelos de punta a los representantes en Colombia de empresas mineras y petroleras. El artículo establecía la base sobre la cual debían declarar renta las empresas que explotan recursos naturales. Sin embargo, la alta corte declaró que este ajuste no es acorde a la constitución. De las 15 demandas radicadas en contra de la ley, esta fue una de las dos que acepto estudiar el alto tribunal, declarándolo finalmente inexequible.

                                                                                                                                  El artículo de la ley definía la base sobre la cual debían declarar renta las empresas que explotan recursos naturales no renovables. Este tipo de compañías tienen que transferirle al Estado un porcentaje de sus ganancias en contraprestación, las denominadas regalías. Pero en su artículo 19, la reforma tributaria aseguraba que esas regalías no constituyen ni un deducible del impuesto a la renta, ni un costo o gasto, sino también que se le deben reconocer al Estado a través de un porcentaje tributario.

                                                                                                                                  (Le podría interesar: Corte Constitucional da vía libre al cobro de impuesto a bebidas azucaradas)

                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  En abril de este año, la Procuradora General de la Nación, Margarita Cabello Blanco, se había pronunciado sobre este artículo argumentando que para ella no era “legítimo que el Congreso impidiera que las compañías pudieran deducir ese pago”. En el concepto que envió a la Corte explicaba que este tipo de aprovechamiento de los recursos naturales generaba un impacto social y ecológico que, hasta el momento, es indemnizado a la comunidad por medio de regalías. Para ella estas deben ser entendidas como gastos o costos asociados a las actividades extractivas, que al ser pagadas deberían traducirse en un deducible o descuento como funciona actualmente.

                                                                                                                                  (Le podría interesar: Icetex: tumban artículo de reforma tributaria que beneficiaba a estudiantes )

                                                                                                                                  Ante la última decisión de la Corte, la Asociación Colombiana de Minería se pronunció asegurando que con esta decisión “Gana Colombia, las regiones y las comunidades”. Para ellos, la implementación de este artículo podría haber llegado a sobrepasar la capacidad contributiva que tienen las empresas mineras en el país y consideran que es una noticia alentadora para la inversión extranjera. Según la entidad, el artículo no sé regia a las prácticas internacionales del sector.

                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  (Le podría interesar: Aprobación de la Reforma Tributaria se ajustó a la Constitución: Procuraduría)

                                                                                                                                  No ad for you

                                                                                                                                  La votación en la Corte, en la que finalmente se decidió declarar inexequible la prohibición de deducir regalías, terminó seis contra dos, en la que Natalia Ángel y Juan Carlos Cortes no compartieron la decisión. El argumento se centró en la vulneración de los principios de justicia y equidad tributarias. Es ahora el Gobierno Nacional quien debe decidir porque otra vía logrará recaudar los recursos que ya no podrá con las petroleras y mineras del país.

                                                                                                                                  Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

                                                                                                                                  Corte Constitucional declara inexequible articulo que habla sobre que base deben declarar renta las empresas que explotan recursos naturales
                                                                                                                                  Foto: David Campuzano

                                                                                                                                  La Corte Constitucional se acaba de pronunciar sobre un fragmento de la nueva reforma tributaria, específicamente un artículo que tenía con los pelos de punta a los representantes en Colombia de empresas mineras y petroleras. El artículo establecía la base sobre la cual debían declarar renta las empresas que explotan recursos naturales. Sin embargo, la alta corte declaró que este ajuste no es acorde a la constitución. De las 15 demandas radicadas en contra de la ley, esta fue una de las dos que acepto estudiar el alto tribunal, declarándolo finalmente inexequible.

                                                                                                                                  El artículo de la ley definía la base sobre la cual debían declarar renta las empresas que explotan recursos naturales no renovables. Este tipo de compañías tienen que transferirle al Estado un porcentaje de sus ganancias en contraprestación, las denominadas regalías. Pero en su artículo 19, la reforma tributaria aseguraba que esas regalías no constituyen ni un deducible del impuesto a la renta, ni un costo o gasto, sino también que se le deben reconocer al Estado a través de un porcentaje tributario.

                                                                                                                                  (Le podría interesar: Corte Constitucional da vía libre al cobro de impuesto a bebidas azucaradas)

                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  En abril de este año, la Procuradora General de la Nación, Margarita Cabello Blanco, se había pronunciado sobre este artículo argumentando que para ella no era “legítimo que el Congreso impidiera que las compañías pudieran deducir ese pago”. En el concepto que envió a la Corte explicaba que este tipo de aprovechamiento de los recursos naturales generaba un impacto social y ecológico que, hasta el momento, es indemnizado a la comunidad por medio de regalías. Para ella estas deben ser entendidas como gastos o costos asociados a las actividades extractivas, que al ser pagadas deberían traducirse en un deducible o descuento como funciona actualmente.

                                                                                                                                  (Le podría interesar: Icetex: tumban artículo de reforma tributaria que beneficiaba a estudiantes )

                                                                                                                                  Ante la última decisión de la Corte, la Asociación Colombiana de Minería se pronunció asegurando que con esta decisión “Gana Colombia, las regiones y las comunidades”. Para ellos, la implementación de este artículo podría haber llegado a sobrepasar la capacidad contributiva que tienen las empresas mineras en el país y consideran que es una noticia alentadora para la inversión extranjera. Según la entidad, el artículo no sé regia a las prácticas internacionales del sector.

                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  (Le podría interesar: Aprobación de la Reforma Tributaria se ajustó a la Constitución: Procuraduría)

                                                                                                                                  No ad for you

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                                                                                                                                  Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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