Tributaria y paz total: así va la balanza de las leyes que analiza la Corte Constitucional
Las dos grandes apuestas del Gobierno están siendo estudiadas por el alto tribunal, pero es incierto el tiempo que conlleve resolver las demandas presentadas en su contra. Acá los detalles.
Finalizó el primer periodo legislativo de un nuevo Congreso sobre el cual el presidente Gustavo Petro tenía sus cartas jugadas para sacar adelante una agenda reformista. Aunque el tiempo ordinario de los congresistas ya acabó y el próximo sábado 24 de junio terminan las sesiones extraordinarias, no se pudieron salvar todas las iniciativas gubernamentales, como la reforma laboral o la ley de sometimiento de grupos criminales. Las que sí vieron la luz fueron la llamada ley de paz total, con la que el Gobierno busca definir la su apuesta de paz como una política de Estado y lo faculta para negociar con grupos armados; y la reforma tributaria, que tiene como objetivo recaudar $20 billones entre 2023 y 2026. Sin embargo, estas dos leyes están demandadas en la Corte Constitucional, tribunal que podría tumbarlas.
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Finalizó el primer periodo legislativo de un nuevo Congreso sobre el cual el presidente Gustavo Petro tenía sus cartas jugadas para sacar adelante una agenda reformista. Aunque el tiempo ordinario de los congresistas ya acabó y el próximo sábado 24 de junio terminan las sesiones extraordinarias, no se pudieron salvar todas las iniciativas gubernamentales, como la reforma laboral o la ley de sometimiento de grupos criminales. Las que sí vieron la luz fueron la llamada ley de paz total, con la que el Gobierno busca definir la su apuesta de paz como una política de Estado y lo faculta para negociar con grupos armados; y la reforma tributaria, que tiene como objetivo recaudar $20 billones entre 2023 y 2026. Sin embargo, estas dos leyes están demandadas en la Corte Constitucional, tribunal que podría tumbarlas.
Aunque las demandas que reposan en el alto tribunal no impiden por el momento que sean implementadas por el Gobierno, sí podrían, si así lo determinan los magistrados, echar para atrás todo el trámite que surtió en el Congreso y la sanción presidencial. Estas dos iniciativas, que son pilares fundamentales para la administración Petro, completan, cada una, un mes sin movimientos fuertes en la Corte y sus términos o plazos que se dan para mover el proceso, se han ido extendiendo. Esto no quiere decir que hay inactividad por parte de los togados, pero sí que las decisiones que se tomen sobre cada una de estas leyes del Ejecutivo sigan en vilo. Así es como está actualmente cada una.
Reforma Tributaria
La iniciativa que busca recaudar el dinero suficiente para financiar todo el plan de gobierno de Gustavo Petro fue aprobada por el Congreso el 17 de noviembre de 2022 y sancionada por el presidente el 13 de diciembre del mismo año. Sin embargo, fue demanda en diciembre pasado por el representante a la Cámara del Centro Democrático, Carlos Edward Osorio. Su recurso pide tumbar el artículo de la ley que define la base sobre la que deben declarar renta las empresas que explotan recursos naturales no renovables. Según la reforma de Petro, las empresas que lo hagan deben transferirle al Estado un porcentaje de sus ganancias, pero dicha transacción no contará como deducción de impuestos.
Esta demanda cayó en el despacho del magistrado Jorge Enrique Ibáñez, quien consideró que es necesario revisar si existe una presunta violación al principio de equidad tributaria en el artículo 19 de la reforma, como lo expuso el político en su demanda. Igualmente, el despacho de la magistrada Cristina Pardo Schlesinger admitió otra demanda contra ese artículo de la reforma tributaria por el supuesto desconocimiento de los principios de equidad y justicia tributaria. Por estos casos, el pasado 14 de junio, la Sala Plena del alto tribunal citó a una audiencia pública para conocer los conceptos de entidades públicas y entes de control sobre el tema, lo que congelará los términos por un mes.
Aún así, uno de los conceptos más relevantes ya fue presentado por la Procuraduría, que pidió tumbar la norma, señalando que prohibir en todos los casos la deducción del pago de las regalías “es una medida que impide consultar la capacidad contributiva del sujeto pasivo, ya que se incrementa la base gravable del impuesto sobre la renta a pesar de que ese concepto, en principio, no tiene la vocación de incrementar el patrimonio de la empresa que paga el tributo”. De todas maneras, es necesario esperar a que se realice la audiencia pública que durará dos días, en la cual se trataran ejes temáticos sobre la naturaleza jurídica de las regalías, la metodología que se sigue para su liquidación, entre otros temas.
Paz total
Gustavo Petro ha asegurado que la paz es la columna vertebral de su Gobierno. Por eso, una de sus principales apuestas fue la llamada ley de paz total (o la 2272 de 2022). Pero, el mismo magistrado Jorge Enrique Ibáñez admitió la demanda presentada por el abogado Jorge Enrique Pava Quiceno, quien en su documento apunta a que en ninguno de los cuatro debates que se efectuaron en el Congreso para la aprobación de esa ley se discutió la participación de exintegrantes de grupos armados que hayan desertado de procesos de paz anteriores. Según la demanda, el no haber discutido esto en el legislativo “conlleva a que se violaron los principios de consecutividad e identidad flexible”. Por lo cual, dice el abogado, debería tumbarse.
Al igual que lo hizo con la reforma tributaria, la Procuraduría ya dio su concepto al alto tribunal y pide que se tumbe toda la ley de paz total. Dentro de los argumentos de la procuradora general, Margarita Cabello, está que la Corte Constitucional debe “declarar la inexequibilidad de la totalidad para asegurar la supremacía de la Carta Política y el cumplimiento de sus fallos”. De igual manera, sostiene que algunos artículos del proyecto se agregaron después de pasar por las Comisiones Primeras del Congreso, lo que para ella significa que no fue posible que se debatieran de la manera correcta por los congresistas.
Aunque la corte sigue moviendo el proceso, no se ha hecho una movida drástica de la demanda desde el pasado 10 de abril, cuando la Sala Plena negó un impedimento de la procuradora Cabello, quien argumentaba que no podía emitir concepto sobre la ley de paz total, toda vez que consideró posible que se encontrara inmersa “en la causal de impedimento consistente en haber conceptuado sobre la constitucionalidad de la norma acusada”. La funcionaria dijo el 15 de marzo de este año que, dentro de sus argumentos para considerar que podría estar impedida, está que participó en la sesión del Consejo Superior de Política Criminal en la que se estudió la iniciativa y en la que puso de presente sus reparos sobre negociar con exintegrantes de grupos armados.
Por ahora, en el caso de la demanda contra la ley de paz total, la Corte Constitucional sigue recibiendo informes y consideraciones de organizaciones y entidades públicas para estudiar el futuro de la norma. Por otra parte, el camino de la reforma tributaria tendrá que esperar al menos un mes más después de que se realicen las audiencias que, según fuentes cercanas al proceso, se llevaría a cabo a finales de julio de este año.
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