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                                                                                                                                  Registraduría debe incluir el género no binario en la cédula de ciudadanía: Corte

                                                                                                                                  La decisión obedece al análisis de una acción de tutela que presentó una persona que nació hombre pero no se identificó con su género y con el pasar de los años se convirtió en un “travesti” con características femeninas, pero no se define tampoco como mujer. El alto tribunal exhortó al Gobierno y a la Registraduría que se incluya en los documentos de identidad la categoría “no binario”.

                                                                                                                                  Registraduría debe incluir el género no binario en la cédula de ciudadanía: Corte
                                                                                                                                  Foto: Corte Constitucional
                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  Read more!
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                                                                                                                                  Lea aquí: Histórico fallo permitirá identificarse como persona “no binaria” en la cédula

                                                                                                                                  El exhorto también se lo dio al Congreso que deberá en dos años regular todos los derechos, obligaciones y servicios que encuentran en el sexo o en el género, un criterio de asignación. Lo anterior, con el fin de especificar las condiciones en que la población con identidades de género no binarias accederá a ellos, en forma independiente. La magistrada aclaró que el estudio de la tutela abrió esa brecha para todas las personas que consideren que están bajo esos requisitos que los aparta de la categoría femenino y masculino.

                                                                                                                                  “Lo cierto es que la creación de una nueva categoría de género para la persona que interpuso esta acción de tutela implica la transformación de las bases de datos administradas por la Registraduría Nacional del Estado Civil, cuya información es interoperable en favor de personas de derecho público y privado. La apertura hacia a ella para un solo miembro de la ciudadanía altera su conformación y, en la práctica, tiene efectos más allá del caso concreto”, resalta el fallo de Ortiz.

                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  De acuerdo con Ortiz, la Corte asume que la configuración de un nuevo marcador de género es un paso inicial hacia participación social efectiva y que demanda trascender del reconocimiento formal, a la previsión de los derechos, servicios y obligaciones, en la medida en que en pocas oportunidades el Estado ha adoptado el género como criterio de diferenciación de acceso a los servicios y prestaciones.

                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

                                                                                                                                  No ad for you

                                                                                                                                  La acción de tutela estudiada

                                                                                                                                  Desde hace un poco más de 20 años una persona lleva luchando por encontrar su verdadera identidad. Aunque nació en un cuerpo de hombre no se reconoce como tal. Su proceso de transformación empezó y hoy se cataloga como travesti con características femeninas, pero aún así, tampoco se define como mujer. La persona, que hoy tiene 40 años, llegó ante los estrados pidiendo amparo en sus derechos. Dijo que en más de una ocasión fue rechazado por cuenta de sus documentos de identificación.

                                                                                                                                  No ad for you

                                                                                                                                  Inicialmente cambió su nombre, el cupo numérico y su sexo en su registro civil de nacimiento y en su cédula. A pesar de ello, la concepción binaria con la cual está concebido este último documento hace imposible que aquellas variaciones reflejen su identidad individual. El rechazo de la sociedad lo llevó a elevar una acción legal que en primera instancia no le dio la razón, y en segunda, lo hicieron de manera parcial.

                                                                                                                                  No ad for you

                                                                                                                                  En el documento que reposó en el despacho de la magistrada Ortiz, la persona consignó que vio vulnerado el derecho a la salud. Aseguró que acudió a su EPS a solicitar exámenes y tratamiento de la próstata, debido a que aún la conserva. No obstante, indicó que recibió una respuesta negativa que pone en riesgo su vida, su integridad y su salud. En cuanto a su derecho al trabajo, precisó que se le excluye de varios procesos de selección. A su juicio, por los cambios que hizo en su documento de identidad.

                                                                                                                                  Registraduría debe incluir el género no binario en la cédula de ciudadanía: Corte
                                                                                                                                  Foto: Corte Constitucional
                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  Read more!
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                                                                                                                                  Lea aquí: Histórico fallo permitirá identificarse como persona “no binaria” en la cédula

                                                                                                                                  El exhorto también se lo dio al Congreso que deberá en dos años regular todos los derechos, obligaciones y servicios que encuentran en el sexo o en el género, un criterio de asignación. Lo anterior, con el fin de especificar las condiciones en que la población con identidades de género no binarias accederá a ellos, en forma independiente. La magistrada aclaró que el estudio de la tutela abrió esa brecha para todas las personas que consideren que están bajo esos requisitos que los aparta de la categoría femenino y masculino.

                                                                                                                                  “Lo cierto es que la creación de una nueva categoría de género para la persona que interpuso esta acción de tutela implica la transformación de las bases de datos administradas por la Registraduría Nacional del Estado Civil, cuya información es interoperable en favor de personas de derecho público y privado. La apertura hacia a ella para un solo miembro de la ciudadanía altera su conformación y, en la práctica, tiene efectos más allá del caso concreto”, resalta el fallo de Ortiz.

                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  De acuerdo con Ortiz, la Corte asume que la configuración de un nuevo marcador de género es un paso inicial hacia participación social efectiva y que demanda trascender del reconocimiento formal, a la previsión de los derechos, servicios y obligaciones, en la medida en que en pocas oportunidades el Estado ha adoptado el género como criterio de diferenciación de acceso a los servicios y prestaciones.

                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

                                                                                                                                  No ad for you

                                                                                                                                  La acción de tutela estudiada

                                                                                                                                  Desde hace un poco más de 20 años una persona lleva luchando por encontrar su verdadera identidad. Aunque nació en un cuerpo de hombre no se reconoce como tal. Su proceso de transformación empezó y hoy se cataloga como travesti con características femeninas, pero aún así, tampoco se define como mujer. La persona, que hoy tiene 40 años, llegó ante los estrados pidiendo amparo en sus derechos. Dijo que en más de una ocasión fue rechazado por cuenta de sus documentos de identificación.

                                                                                                                                  No ad for you

                                                                                                                                  Inicialmente cambió su nombre, el cupo numérico y su sexo en su registro civil de nacimiento y en su cédula. A pesar de ello, la concepción binaria con la cual está concebido este último documento hace imposible que aquellas variaciones reflejen su identidad individual. El rechazo de la sociedad lo llevó a elevar una acción legal que en primera instancia no le dio la razón, y en segunda, lo hicieron de manera parcial.

                                                                                                                                  No ad for you

                                                                                                                                  En el documento que reposó en el despacho de la magistrada Ortiz, la persona consignó que vio vulnerado el derecho a la salud. Aseguró que acudió a su EPS a solicitar exámenes y tratamiento de la próstata, debido a que aún la conserva. No obstante, indicó que recibió una respuesta negativa que pone en riesgo su vida, su integridad y su salud. En cuanto a su derecho al trabajo, precisó que se le excluye de varios procesos de selección. A su juicio, por los cambios que hizo en su documento de identidad.

                                                                                                                                  Ver todas las noticias
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