Sacerdotes vuelven a perder tutela contra libro que denuncia religiosos pederastas
El Tribunal Superior de Villavicencio confirmó el fallo que ampara la circulación del libro “Este es el cordero de Dios”, del periodista Juan Pablo Barrientos. Los clérigos tutelantes dicen que la obra atenta contra su honra, buen nombre e intimidad.
Jhordan C. Rodríguez / jrodriguez@elespectador.com / @JhordanR11
Una nueva victoria judicial acumula el periodista Juan Pablo Barrientos, autor del libro “Este es el cordero de Dios”, en el cual expone la historia de Pedro*, un hombre que denunció haber sido abusado sexualmente e inducido a la prostitución por 38 sacerdotes de la Arquidiócesis de Villavicencio cuando era niño. Los clérigos Carlos Julio Beltrán, Wilson Alirio Sandoval y Fernando Rodríguez Lozano han buscado impedir que la obra siga circulando, argumentando que esta viola sus derechos a la honra, buen nombre e intimidad, entre otros, pero ahora un magistrado les negó una tutela.
Los religiosos han sido derrotados en la disputa judicial en más de una ocasión, y en este reciente intento el Tribunal Superior de Villavicencio frustro su intención. Para esta corporación judicial, la decisión que tomó el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Villavicencio - Meta de negar la solicitud de los sacerdotes es correcta, pues, al igual que en segunda instancia, la considera improcedente. Con el documento, los clérigos buscaban que se ordenara la suspensión, reproducción, comercialización y venta del libro porque supuestamente “ha afectado su ámbito laboral, social y personal, atendiendo la labor sacerdotal que ejercen”.
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La decisión del Tribunal se sustentó en que los derechos supuestamente violados por el periodista “no se lograron probar por los accionantes dentro del demandatorio, pues no se aportó prueba siquiera sumaria, que así las acreditara”. Asimismo, la corporación jurídica sostuvo que, por el contrario, Barrientos si sustentó lo que expone en el libro, ya que “la información divulgada proviene de una Labor Investigativa Periodística de 15 meses aproximadamente, derivada no solo de una Denuncia Penal, sino también de solicitudes y Derechos de Petición”.
De la misma manera, el Tribunal Superior de Villavicencio consideró que la información y datos revelados en la obra del periodista “a pesar de ser disconformes para los involucrados, respetan su presunción de inocencia”. Adicionalmente, manifiesta la sentencia, lo sostenido en el libro se encuentra amparado “por la libertad de expresión” y el acceder a las pretenciones de los religiosos “podría causar una afectación intensa a dicho derecho fundamental del periodista Juan Pablo Barrientos y de todos los sujetos que sean titulares de algún tipo de derecho sobre la producción audiovisual del texto”.
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La tutela que llegó hasta esta instancia se resolvió en primer momento por el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Villavicencio, el cual, en octubre de 2021 decidió que prevalece el derecho a la libertad de expresión del periodista Juan Pablo Barrientos que el de la honra, buen nombre e intimidad de los clérigos. El fallo proferido en esa ocasión no desconoció los derechos de los sacerdotes Carlos Julio Beltrán, Wilson Alirio Sandoval y Fernando Rodríguez Lozano, sino que aclaró, al igual que ahora lo hace el Tribunal, que los religiosos no lograron probar la afectación que manifiestan.
En los tres momentos que ha tenido la tutela, primera y segunda instancia en el Juzgado Segundo y ahora en el Tribunal Superior, la justicia ha entendido que el derecho a la libertad de expresión goza de preferencia, aún estando en conflicto con otros derechos, dado el impacto social que representa. En el caso del Juzgado, en ese momento se decidió que la especial protección a la libertad de expresión deriva en que la sociedad se informe de manera veraz e imparcial, lo cual conlleva a que forme sus propias conclusiones.
Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.
Una nueva victoria judicial acumula el periodista Juan Pablo Barrientos, autor del libro “Este es el cordero de Dios”, en el cual expone la historia de Pedro*, un hombre que denunció haber sido abusado sexualmente e inducido a la prostitución por 38 sacerdotes de la Arquidiócesis de Villavicencio cuando era niño. Los clérigos Carlos Julio Beltrán, Wilson Alirio Sandoval y Fernando Rodríguez Lozano han buscado impedir que la obra siga circulando, argumentando que esta viola sus derechos a la honra, buen nombre e intimidad, entre otros, pero ahora un magistrado les negó una tutela.
Los religiosos han sido derrotados en la disputa judicial en más de una ocasión, y en este reciente intento el Tribunal Superior de Villavicencio frustro su intención. Para esta corporación judicial, la decisión que tomó el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Villavicencio - Meta de negar la solicitud de los sacerdotes es correcta, pues, al igual que en segunda instancia, la considera improcedente. Con el documento, los clérigos buscaban que se ordenara la suspensión, reproducción, comercialización y venta del libro porque supuestamente “ha afectado su ámbito laboral, social y personal, atendiendo la labor sacerdotal que ejercen”.
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La decisión del Tribunal se sustentó en que los derechos supuestamente violados por el periodista “no se lograron probar por los accionantes dentro del demandatorio, pues no se aportó prueba siquiera sumaria, que así las acreditara”. Asimismo, la corporación jurídica sostuvo que, por el contrario, Barrientos si sustentó lo que expone en el libro, ya que “la información divulgada proviene de una Labor Investigativa Periodística de 15 meses aproximadamente, derivada no solo de una Denuncia Penal, sino también de solicitudes y Derechos de Petición”.
De la misma manera, el Tribunal Superior de Villavicencio consideró que la información y datos revelados en la obra del periodista “a pesar de ser disconformes para los involucrados, respetan su presunción de inocencia”. Adicionalmente, manifiesta la sentencia, lo sostenido en el libro se encuentra amparado “por la libertad de expresión” y el acceder a las pretenciones de los religiosos “podría causar una afectación intensa a dicho derecho fundamental del periodista Juan Pablo Barrientos y de todos los sujetos que sean titulares de algún tipo de derecho sobre la producción audiovisual del texto”.
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En los tres momentos que ha tenido la tutela, primera y segunda instancia en el Juzgado Segundo y ahora en el Tribunal Superior, la justicia ha entendido que el derecho a la libertad de expresión goza de preferencia, aún estando en conflicto con otros derechos, dado el impacto social que representa. En el caso del Juzgado, en ese momento se decidió que la especial protección a la libertad de expresión deriva en que la sociedad se informe de manera veraz e imparcial, lo cual conlleva a que forme sus propias conclusiones.
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