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                                                                                                                                Sala de Justicia y Paz de Bogotá ordena la libertad de Salvatore Mancuso

                                                                                                                                El magistrado José Manuel Bernal, del Tribunal Superior de Bogotá, levantó 57 órdenes de captura en contra del exjefe paramilitar. Sin embargo, no es claro si su libertad se hará efectiva inmediatamente, debido a que la JEP, que también tiene casos en su contra, le negó la libertad recientemente.

                                                                                                                                Exlíder de las Autodefensas Unidas de Colombia, durante la audiencia virtual que duró cuatro días, en Montería, en la que contestó un extenso cuestionario de la JEP sobre su versión de la guerra en Colombia.
                                                                                                                                Foto: Óscar Pérez
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                De acuerdo con la lectura del magistrado, Salvatore Mancuso tendría que presentarse ante las autoridades, como fiscalías o tribunales de Justicia y Paz en el momento que lo requieran, “pero también ante las distintas autoridades que eventualmente lo llegaran a requerir para que se continúe con lo esencial de este proceso transicional”, señaló el togado.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Pese a que Justicia y Paz, con esta decisión, parece ratificar su competencia sobre los procesos en contra de Salvatore Mancuso, aún quedan en el aire varias dudas sobre la posición de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) que, por una parte, aceptó al exjefe paramilitar como “bisagra” o punto de conexión entre las Autodefensas y las fuerzas de seguridad del Estado, a pesar de que, como lo ha reiterado esa misma Jurisdicción, desde 2017, no tiene espacio para paramilitares.

                                                                                                                                Por otro lado, el pasado 16 de abril, la JEP le negó la libertad condicional al exjefe paramilitar. No obstante en la misma decisión dejó claro que es “por el momento” y quedó abierta la posibilidad de que a futuro le concedan la salida de las rejas.

                                                                                                                                En ese momento la JEP señaló que “no se concederá la libertad transitoria, condicionada y anticipada solicitada”, en un fallo que fue firmado por la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas. Según esa Jurisdicción, se debe analizar “la revocatoria de la libertad relacionada con por lo menos 2.600 hechos que cursan en Justicia y Paz, al igual que las decisiones sobre su libertad adoptadas por este tribunal”.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                Foto: Óscar Pérez
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                De acuerdo con la lectura del magistrado, Salvatore Mancuso tendría que presentarse ante las autoridades, como fiscalías o tribunales de Justicia y Paz en el momento que lo requieran, “pero también ante las distintas autoridades que eventualmente lo llegaran a requerir para que se continúe con lo esencial de este proceso transicional”, señaló el togado.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Pese a que Justicia y Paz, con esta decisión, parece ratificar su competencia sobre los procesos en contra de Salvatore Mancuso, aún quedan en el aire varias dudas sobre la posición de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) que, por una parte, aceptó al exjefe paramilitar como “bisagra” o punto de conexión entre las Autodefensas y las fuerzas de seguridad del Estado, a pesar de que, como lo ha reiterado esa misma Jurisdicción, desde 2017, no tiene espacio para paramilitares.

                                                                                                                                Por otro lado, el pasado 16 de abril, la JEP le negó la libertad condicional al exjefe paramilitar. No obstante en la misma decisión dejó claro que es “por el momento” y quedó abierta la posibilidad de que a futuro le concedan la salida de las rejas.

                                                                                                                                En ese momento la JEP señaló que “no se concederá la libertad transitoria, condicionada y anticipada solicitada”, en un fallo que fue firmado por la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas. Según esa Jurisdicción, se debe analizar “la revocatoria de la libertad relacionada con por lo menos 2.600 hechos que cursan en Justicia y Paz, al igual que las decisiones sobre su libertad adoptadas por este tribunal”.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!
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