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Se calienta el debate sobre adopción por parte de homosexuales

El alto tribunal va a estudiar la ponencia del magistrado Jorge Iván Palacio, en la que se pide permitir que las parejas homosexuales adopten.

Juan Sebastián Jiménez Herrera
19 de enero de 2015 - 12:00 a. m.
Se calienta el debate sobre adopción por parte de homosexuales
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Esta semana empieza a discutirse en la Corte Constitucional la ponencia presentada por el magistrado Jorge Iván Palacio en la que se le pide al alto tribunal avalar la posibilidad de que las parejas homosexuales adopten. Ya esa Corte se ha referido a la posibilidad de que un homosexual adopte el hijo de su pareja, con el requisito de que los tres hayan convivido durante un tiempo no menor a dos años, a lo que se conoce como adopción consentida; no obstante, es la primera vez que esa entidad se va a referir a una demanda contra las normas que les impiden a los homosexuales adoptar como lo hacen las parejas heterosexuales.

El debate está encendido. No sólo por la discusión interna sino por las controversias que se han generado a nivel mundial alrededor de la posibilidad de que las parejas homoparentales se casen y adopten. De hecho, en estos momentos la Corte Suprema de Justicia de Estados Unidos debate si le da su visto bueno a la posibilidad de que los homosexuales se casen en todos los 51 estados de ese país.

La Corte tiene hasta este semestre para dar su veredicto en una discusión que ha enfrentado a quienes apoyan la adopción por parte de gays, como la Fiscalía, la Defensoría y varias universidades, contra quienes no ven con buenos ojos que los homosexuales adopten, como la Procuraduría, la Universidad de la Sabana y la misma Iglesia católica, que modificó parcialmente su posición al decir que avalaba la adopción consentida por parte de parejas del mismo sexo, pero ninguna otra.

El Espectador tuvo acceso a los conceptos que han enviado la Defensoría, la Procuraduría, la Fiscalía, el Ministerio de Salud, el Ministerio del Interior, Profamilia, DeJusticia, Colombia Diversa, entre otras ONG, cuatro universidades y tres iglesias al despacho del magistrado Jorge Iván Palacio para que sean tenidos en cuenta a la hora de emitir una última palabra.

* Gobierno

En contra:

- Ministerio del Interior: 

“Solicito a la Corte Constitucional, en relación con el tema materia de demanda, en lo que hace relación a la cláusula general de competencia del Congreso, se declare inhibida para emitir un pronunciamiento de fondo frente a la misma”.

A favor: 

- Ministerio de Salud: 

“No se han identificado riesgos para la salud y el bienestar de los menores derivada de la adopción por parte de parejas del mismo sexo. El desarrollo cognitivo y emocional de los menores es similar en parejas homosexuales y heterosexuales. El bienestar de los menores en situación de alto riesgo —y probablemente de menores en otras circunstancias— se ve beneficiado por la adopción por parte de parejas del mismo sexo tanto como por la adopción por parte de parejas heterosexuales”.

* Universidades

A favor:

- Del Norte: 

“La Corte debe proceder a desvirtuar el sexo y el género como un requisito idóneo para conceder la adopción, ya que, por el contrario, éstos se encuentran ubicados dentro de las categorías sospechosas que impiden el ejercicio del derecho a la igualdad y, por el contrario, fungen como probados criterios históricos de discriminación”.

- De Medellín: 

“La permisión de la adopción por parte de parejas homosexuales no puede ser calificada de moral o inmoral, sino que debe ser reconocida en igualdad de condiciones al derecho que tienen las familias heterosexuales puesto que todas las familias deben ser tratadas por igual”.

- Javeriana: 

“Los hallazgos son consistentes en que sugieren que, a pesar de que enfrentan el heterosexismo en una variedad de contextos sociales (incluyendo el sistema de salud, el legal y el educativo), los padres LGB y sus hijos están funcionando bastante bien”.

En contra:

- La Sabana: 

Desde 2011, la Universidad de la Sabana se ha mostrado en contra de la adopción homosexual y le ha pedido prudencia a la Corte a la hora de fallar sobre este tema porque, en su criterio, “no hay investigaciones que determinen de manera concluyente cuáles son los efectos de ser criado por una pareja del mismo sexo (…) Estamos en un vacío teórico y empírico, que nos llama a la prudencia”.

* Iglesias

A favor:

-Luterana:

“Que la Corte Constitucional avance en la consolidación de los derechos familiares, tanto de niños y niñas como de personas no heterosexuales, da un mensaje claro a nuestra sociedad que requiere superar los sectarismos religiosos que a veces quieren salirle al paso al reconocimiento de los derechos de minorías históricamente estigmatizadas (…) En un Estado de derecho, la orientación sexual de quienes aspiran a adoptar no debe ser un criterio para conceder o negar dicha posibilidad”.

En contra:

- Jesucristo de los Santos de los Últimos Días:

“La Iglesia ha asumido su posición de respaldo al matrimonio tradicional entre hombre y mujer por motivos doctrinarios, respaldados por una vasta experiencia práctica. Sin embargo, existen investigaciones que también respaldan la misma conclusión: que el matrimonio tradicional es el que tiene más probabilidades de satisfacer las necesidades de las familias y especialmente de los niños”.

-Católica:

El presidente de la Conferencia Episcopal, monseñor Luis Augusto Castro, le dijo a Blu Radio que la Iglesia no se opone a la adopción siempre que el menor sea hijo natural de uno de los integrantes de la pareja. “En estos casos no hay ningún problema, porque si es hijo de alguno de los dos, pues qué bueno que otra persona ayude y le dé cariño al menor”, sostuvo. Pero agregó que eso no significa que se pueda “aceptar la adopción cuando se trata de personas ajenas a esta realidad”.

* ONG

A favor:

- DeJusticia:

“No existe en la literatura científica ninguna razón para pensar que los niños o niñas adoptados de forma conjunta o consentida por parejas homosexuales tengan desenlaces diferentes que los niños o niñas adoptados por hombres o mujeres solteros o por parejas heterosexuales (…) Los estudios no reportan ninguna diferencia en el desarrollo psicosocial de niños y niñas criados por parejas homosexuales”.

- Diknos:

"Efectuado el análisis de las normas del derecho internacional de los derechos humanos, visibilizado en la jurisprudencia de la Corte ?Interamericana de Derechos Humanos y la Corte Europea de Derechos Humanos, así como de la jurisprudencia constitucional colombiana que sustenta la obligatoriedad de la jurisprudencia interamericana y europea cuando se busca la protección superior del niño , se advierte un trato discriminatorio en las normas acusadas que afecta los derechos a constituir una familia y de adoptar de las parejas del mismo
sexo".

- Comisión Colombiana de Juristas:

“La ausencia de un entorno legal que permita la adopción por parte de parejas del mismo sexo constituye un quebrantamiento del principio de no discriminación tanto de los miembros de la pareja, como de los hijos que sólo pueden establecer su vínculo filial con sólo uno de ellos, a diferencia de aquellos niños, niñas y adolescentes que son adoptados por parejas heterosexuales”.

- Profamilia:

“No se entiende cómo la orientación sexual, que es una característica humana que constituye el sujeto de interés hacia el cual una persona dirige su afecto o su deseo, podría afectar el reconocimiento de una forma de familia (…) No hay razones de ninguna índole que sustenten la negación del establecimiento de parentesco civil por adopción en el caso de las parejas del mismo sexo. Además, es necesario que la Corte continúe avanzando en el reconocimiento de los derechos de las personas homosexuales”.

En contra:

- Academia Colombiana de Jurisprudencia:

“Pedir como derecho la adopción para parejas del mismo sexo no tiene fundamento biológico, ni jurídico, ni es la forma ideal de realizar el derecho que tienen los hijos a vivir en un hogar formado bajo los parámetros de la progenitura responsable”.

* Organismos de control:

A favor:

- Defensoría del Pueblo:

“No permitir la adopción por parte de parejas homosexuales contraría el principio del interés superior e impide que los niños y niñas ejerzan sus derechos fundamentales a tener una familia y a no ser separados de ella, optimizando sus condiciones materiales de dignidad y el acceso a mejores condiciones de vida (…) No existe fundamento verificable de los estereotipos o temores sociales relacionados con la crianza de niños y niñas por parte de padres o madres homosexuales”.

- Fiscalía: 

“La Corte debería declarar la exequibilidad de las normas demandadas, en el entendido de que incluyen las uniones del mismo sexo y por tanto autorizan la adopción homoparental. Esta es la conclusión de una interpretación sistemática y garantista y es la vía más adecuada para garantizar el interés superior de los niños, niñas y adolescentes, así como sus derechos a tener una familia y a gozar del más alto nivel de protección. Una interpretación que excluy

En contra:

- Procuraduría: 

“No pueden realizarse experimentos de ingeniería social con los niños en situación de vulnerabilidad que son sujetos de especial protección para satisfacer los intereses y exigencias subjetivas de quienes pretenden adoptar, pues un mero deseo no se traduce en derecho (…) Las parejas conformadas por personas del mismo sexo están en situación diversa a las heterosexuales y no tienen el derecho de reclamar un trato jurídico igualitario, sino que esto depende de la decisión política del legislador”.

 

jjimenez@elespectador.com
 

Por Juan Sebastián Jiménez Herrera

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