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                                                                                                                                ¿Se pueden revelar órdenes de captura en medios? Empieza debate en la Corte Constitucional

                                                                                                                                Actualmente, por ley, la Policía Judicial puede acudir ante los medios de comunicación y revelar la existencia de órdenes de captura que fueron avaladas por un juez. El alto tribunal estudia una demanda que considera que esto atenta contra el buen nombre y honra de una persona que no ha sido vencida en juicio. En juego está la libertad y el derecho de información.

                                                                                                                                Redacción Judicial

                                                                                                                                El caso está en manos de la magistrada Gloria Ortiz. / Óscar Pérez - El Espectador
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                En concreto, los derechos a la intimidad, al buen nombre y a la honra de las personas investigadas o sindicadas, porque permite que la Policía Judicial, al publicar las órdenes de detención, hace pública la vida privada del investigado. En su criterio, también se afectan los derechos de los familiares de esa persona y la posibilidad que el mencionado se defienda en franca lid, ya que la ciudadanía puede hacer actos de rechazo, señalamiento e injurias, “afectando de forma psicológica y social la vida de la persona sindicada y la de sus familiares”.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Para la FLIP, la posibilidad de limitar la circulación de este tipo de datos vulnera el derecho a la información de la ciudadanía y, de paso, reduce la posibilidad de debatir las intervenciones estatales en un proceso penal, “desdibujando el principio de democracia participativa”. Así, aunque la aparición de estas órdenes puede tener un efecto en la vida íntima del procesado, esto no justifica que se impida a la comunidad informarse.

                                                                                                                                Y es que, según la Fundación, limitar la información terminaría afectando discursos de interés públicos como los asuntos de política criminal. “Pocos asuntos deben interesar más a una sociedad que la forma en cómo el Estado hace uso de la fuerza, pues con esto se pone en juego las más básicas libertades”, aseguró la FLIP en su concepto. La postura de la Fiscalía General ante la Corte asegura que publicitar órdenes de captura en una medida idónea y no afecta la presunción de inocencia de la persona.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                En manos de la Corte Constitucional también está un concepto de la Universidad Externado de Colombia que pide tumbar la norma, por considerar que ésta autoriza a la Policía Judicial para que divulgue “sin matiz ninguno” las órdenes de captura a través de los medios de comunicación. En su criterio, esto sí viola los derechos de las personas y estaría desconociendo jurisprudencia que apunta a que solo las condenas definitivas pueden ser divulgadas. Por su parte, la Procuraduría pidió mantener las cosas como están por no encontrar nada de carácter irregular. La Corte zanjará el asunto.

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                El caso está en manos de la magistrada Gloria Ortiz. / Óscar Pérez - El Espectador
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                En concreto, los derechos a la intimidad, al buen nombre y a la honra de las personas investigadas o sindicadas, porque permite que la Policía Judicial, al publicar las órdenes de detención, hace pública la vida privada del investigado. En su criterio, también se afectan los derechos de los familiares de esa persona y la posibilidad que el mencionado se defienda en franca lid, ya que la ciudadanía puede hacer actos de rechazo, señalamiento e injurias, “afectando de forma psicológica y social la vida de la persona sindicada y la de sus familiares”.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Para la FLIP, la posibilidad de limitar la circulación de este tipo de datos vulnera el derecho a la información de la ciudadanía y, de paso, reduce la posibilidad de debatir las intervenciones estatales en un proceso penal, “desdibujando el principio de democracia participativa”. Así, aunque la aparición de estas órdenes puede tener un efecto en la vida íntima del procesado, esto no justifica que se impida a la comunidad informarse.

                                                                                                                                Y es que, según la Fundación, limitar la información terminaría afectando discursos de interés públicos como los asuntos de política criminal. “Pocos asuntos deben interesar más a una sociedad que la forma en cómo el Estado hace uso de la fuerza, pues con esto se pone en juego las más básicas libertades”, aseguró la FLIP en su concepto. La postura de la Fiscalía General ante la Corte asegura que publicitar órdenes de captura en una medida idónea y no afecta la presunción de inocencia de la persona.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                En manos de la Corte Constitucional también está un concepto de la Universidad Externado de Colombia que pide tumbar la norma, por considerar que ésta autoriza a la Policía Judicial para que divulgue “sin matiz ninguno” las órdenes de captura a través de los medios de comunicación. En su criterio, esto sí viola los derechos de las personas y estaría desconociendo jurisprudencia que apunta a que solo las condenas definitivas pueden ser divulgadas. Por su parte, la Procuraduría pidió mantener las cosas como están por no encontrar nada de carácter irregular. La Corte zanjará el asunto.

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                Por Redacción Judicial

                                                                                                                                Ver todas las noticias
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