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                                                                                                                                  Si no se define tiempo en un contrato, se entiende que será indefinido: Corte Suprema

                                                                                                                                  El alto tribunal recordó las normas del Código Sustantivo del Trabajo al estudiar el caso de un trabajador que demandó a su empleador por supuestamente haberlo despedido sin justa causa, en un contrato de trabajo establecido verbalmente.

                                                                                                                                  Redacción Judicial

                                                                                                                                  Pixibay

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                                                                                                                                  La corporación evocó esta norma al estudiar el caso de Aquileo Rueda Pinto, un trabajador que demandó a Pablo Antonio Pinto, su empleador, con el fin de que se recociera un contrato de trabajo verbal entre el 6 de enero de 2006 y el 16 de enero de 2012 y el cual terminó, según él, sin justa causa. Aquileo Rueda Pinto reclamó el pago de sus salarios, prestaciones sociales, vacaciones, aportes a la seguridad social y una indemnización por el supuesto despido injusto.

                                                                                                                                  El trabajador argumentó que cumplió con su labor de silletero en un trapiche, según las órdenes de Pablo Antonio Pinto, por catorce horas diarias con un pago de $900.000. Sin embargo, dijo que nunca le pagaron puntualmente, pues siempre le daban $200.000 quincenales y que, además, no recibía todas las prestaciones de ley. Aquileo Rueda Pinto comentó que lo despidieron porque supuestamente su empleador ya no lo necesitaba en razón a que ya había contratado a otra persona. (En video: ¿Cómo despedir a un trabajador cuando existe una causa justificada?)

                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  En la sentencia de primera instancia, el Juzgado Único Laboral del Circuito de San Gil, aparte de reconocer que existió un contrato laboral entre ambas partes, condenó a Pablo Antonio Pinto a pagar más de $7 millones por no haberle pagado las cesantías, intereses, primas, vacaciones, dotaciones y auxilio de transporte. Y dos millones de pesos adicionales de indemnización por despido injusto. Sin embargo, tanto Aquileo Rueda Pinto como Pablo Antonio Pinto apelaron la decisión. (Le podría interesar: ¿Lo despidieron de su trabajo sin justa causa?)

                                                                                                                                  El Tribunal Superior de San Gil revocó el fallo de primera instancia al considerar, entre otras cosas, que Pablo Antonio Pinto contrataba “de manera ocasional” a Aquileo Rueda Pinto y que el salario que le pagaba lo establecía por el trabajo semanal que realizaba. “Se pagaba un porcentaje de acuerdo con la producción, sin que se lograra establecer un salario fijo y se trataba de un pago semanal y no mensual como se afirma en la demanda”, precisó la decisión de segunda instancia.

                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  Pixibay

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                                                                                                                                  La corporación evocó esta norma al estudiar el caso de Aquileo Rueda Pinto, un trabajador que demandó a Pablo Antonio Pinto, su empleador, con el fin de que se recociera un contrato de trabajo verbal entre el 6 de enero de 2006 y el 16 de enero de 2012 y el cual terminó, según él, sin justa causa. Aquileo Rueda Pinto reclamó el pago de sus salarios, prestaciones sociales, vacaciones, aportes a la seguridad social y una indemnización por el supuesto despido injusto.

                                                                                                                                  El trabajador argumentó que cumplió con su labor de silletero en un trapiche, según las órdenes de Pablo Antonio Pinto, por catorce horas diarias con un pago de $900.000. Sin embargo, dijo que nunca le pagaron puntualmente, pues siempre le daban $200.000 quincenales y que, además, no recibía todas las prestaciones de ley. Aquileo Rueda Pinto comentó que lo despidieron porque supuestamente su empleador ya no lo necesitaba en razón a que ya había contratado a otra persona. (En video: ¿Cómo despedir a un trabajador cuando existe una causa justificada?)

                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  En la sentencia de primera instancia, el Juzgado Único Laboral del Circuito de San Gil, aparte de reconocer que existió un contrato laboral entre ambas partes, condenó a Pablo Antonio Pinto a pagar más de $7 millones por no haberle pagado las cesantías, intereses, primas, vacaciones, dotaciones y auxilio de transporte. Y dos millones de pesos adicionales de indemnización por despido injusto. Sin embargo, tanto Aquileo Rueda Pinto como Pablo Antonio Pinto apelaron la decisión. (Le podría interesar: ¿Lo despidieron de su trabajo sin justa causa?)

                                                                                                                                  El Tribunal Superior de San Gil revocó el fallo de primera instancia al considerar, entre otras cosas, que Pablo Antonio Pinto contrataba “de manera ocasional” a Aquileo Rueda Pinto y que el salario que le pagaba lo establecía por el trabajo semanal que realizaba. “Se pagaba un porcentaje de acuerdo con la producción, sin que se lograra establecer un salario fijo y se trataba de un pago semanal y no mensual como se afirma en la demanda”, precisó la decisión de segunda instancia.

                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  Por Redacción Judicial

                                                                                                                                  Ver todas las noticias
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