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                                                                                                                                Suspenden decreto que permitía al presidente regular servicios públicos

                                                                                                                                La norma permitía que el presidente Gustavo Petro fijara las tarifas de los servicios de luz y agua. El Consejo de Estado la suspendió con una medida cautelar, al concluir que la fijación de esos valores es competencia legal de las comisiones de regulación y que no es constitucional que el presidente asuma esas funciones.

                                                                                                                                Gustavo Petro entregó el Proyecto de Ley con el Plan Nacional de Desarrollo. El Congreso lo estudiará hasta mayo.
                                                                                                                                Foto: Juan Diego Cano - Presidencia
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                (En contexto: Los reparos a la regulación de los servicios públicos por parte del presidente)

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                (Lea también: Sí puede tener dos o más contratos con el Estado: suspenden prohibición del Gobierno)

                                                                                                                                Según explica la decisión, el Gobierno sí habría expedido el decreto de manera irregular. La norma obliga a que, previo a la firma del presidente que les da vida, este tipo de normas deben ser publicadas durante 15 días para recibir comentarios de la ciudadanía. Al estudiar el caso, el Consejo de Estado encontró que Presidencia solo publicó el texto de la norma durante dos días en su página web. A pesar de que recibieron varias intervenciones ciudadanas, no dieron razones sobre por qué cortaron el plazo en 13 días.

                                                                                                                                Es decir, el Gobierno vulneró la norma sobre expedición de decretos, “afectando con ello, de manera ostensible e injustificada, la posibilidad de que los administrados radicaran sus opiniones, sugerencias o propuestas alternativas respecto del proyecto específico de regulación”, asegura la decisión. Sobre todo, añade el Consejo de Estado, tratándose de “un tema tan trascendental y de significativa importancia colectiva, como lo es el concerniente a la regulación de los servicios públicos domiciliarios”.

                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                En otras palabras, la Constitución señaló que la fijación de tarifas se debe regular por ley y hay dos leyes que le endilgan esa función a las comisiones de regulación. Es decir, a juicio del Consejo de Estado no es constitucional que el presidente “pretenda asumir competencias que, no son de su resorte, en tanto le fueron atribuidas por el legislador directamente a la CREG y a la CRA”, según añade el fallo.

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                Gustavo Petro entregó el Proyecto de Ley con el Plan Nacional de Desarrollo. El Congreso lo estudiará hasta mayo.
                                                                                                                                Foto: Juan Diego Cano - Presidencia
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                (En contexto: Los reparos a la regulación de los servicios públicos por parte del presidente)

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                (Lea también: Sí puede tener dos o más contratos con el Estado: suspenden prohibición del Gobierno)

                                                                                                                                Según explica la decisión, el Gobierno sí habría expedido el decreto de manera irregular. La norma obliga a que, previo a la firma del presidente que les da vida, este tipo de normas deben ser publicadas durante 15 días para recibir comentarios de la ciudadanía. Al estudiar el caso, el Consejo de Estado encontró que Presidencia solo publicó el texto de la norma durante dos días en su página web. A pesar de que recibieron varias intervenciones ciudadanas, no dieron razones sobre por qué cortaron el plazo en 13 días.

                                                                                                                                Es decir, el Gobierno vulneró la norma sobre expedición de decretos, “afectando con ello, de manera ostensible e injustificada, la posibilidad de que los administrados radicaran sus opiniones, sugerencias o propuestas alternativas respecto del proyecto específico de regulación”, asegura la decisión. Sobre todo, añade el Consejo de Estado, tratándose de “un tema tan trascendental y de significativa importancia colectiva, como lo es el concerniente a la regulación de los servicios públicos domiciliarios”.

                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                En otras palabras, la Constitución señaló que la fijación de tarifas se debe regular por ley y hay dos leyes que le endilgan esa función a las comisiones de regulación. Es decir, a juicio del Consejo de Estado no es constitucional que el presidente “pretenda asumir competencias que, no son de su resorte, en tanto le fueron atribuidas por el legislador directamente a la CREG y a la CRA”, según añade el fallo.

                                                                                                                                No ad for you

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