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                                                                                                                                Tribunal de Cundinamarca suspendió desembolso de crédito a Avianca por US370 millones

                                                                                                                                El polémico trámite que se había anunciado semanas atrás quedó suspendido de forma provisional.

                                                                                                                                Avianca / AFP.
                                                                                                                                Foto: AFP - RAUL ARBOLEDA

                                                                                                                                El Tribunal Administrativo de Cundinamarca adoptó como medida cautelar la suspensión del desembolso del crédito aprobado a Avianca Holdings S. A. por el Fondo de Mitigación de Emergencias (FOME) por un valor de 370 millones de dólares. La decisión se tomó luego de que el despacho evaluara una demanda interpuesta por un ciudadano en contra de la Presidencia de la República, el ministro de Hacienda y Crédito Público y Avianca Holdings S. A., en la que se planteó el riesgo que corre el patrimonio público si se le hace un prestamos de tal magnitud a una empresa que se encuentra en una evidente dificultad económica.

                                                                                                                                Según el fallo, revelado por Caracol Radio, el accionante consideró que dichas entidades incurrieron “amenaza y/o vulneración de los derechos colectivos a la moralidad administrativa, el patrimonio público y la seguridad social”, debido a la aprobación del millonario desembolso. El Tribunal admitió la demanda “tomando en consideración que el presente medio de control se formula con el propósito de que se tomen los resguardos para la protección del patrimonio público a través del crédito otorgado a una sociedad que, pese a su condición estratégica en el desempeño de la economía colombiana, se encuentra en una situación como la descrita (déficit patrimonial)”

                                                                                                                                El despacho estimó que había razones suficientes para considerar que están acreditadas las condiciones para afirmar que resulta “más gravoso para el interés público negar la medida (cautelar) que concederla". Agregó que se trata de un préstamo por 370 millones de dólares, aprobado con recursos del Fondo de Mitigación de Emergencias, sin que exista claridad acerca de las condiciones de otorgamiento, ni de las garantías reales verificadas para su respaldo. En ese sentido, señaló que no otorgar la medida cautelar causaría un perjuicio irremediable para el patrimonio público pues, “una vez producido el desembolso, se reducen de manera significativa las posibilidades de las entidades estatales para reducir o controlar los riesgos de pérdida”.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Con esos argumentos, y para garantizar el derecho a la defensa de los accionados y contar con el material probatorio suficiente para determinar el levantamiento o la continuidad de la medida cautelar provisional, el Tribunal le solicitó al Ministerio de Hacienda que en un término de tres días siguientes a la notificación remita al despacho: el reglamento con base en el cual se otorgan los créditos por parte del FOME, las motivaciones de orden técnico para el otorgamiento del crédito, las condiciones detalladas del crédito, la documentación base para su otorgamiento como la solicitud del crédito, entre otros documentos que soporten la transacción.

                                                                                                                                Mientras tanto, ordenó como medida cautelar de urgencia al ministro de Hacienda que adelante las gestiones administrativas necesarias para que el FOME se abstenga de realizar el desembolso del crédito aprobado a Avianca. Además, le dio un plazo de 10 días al presidente Iván Duque, al ministro de Hacienda y al presidente de Avianca para que contesten la demanda. El Ministerio de Hacienda, por su parte, le dijo a El Espectador que, al momento, no ha sido notificado, ni conoce la ponencia del fallo.

                                                                                                                                La decisión del Gobierno de financiar Avianca mediante este préstamo despertó una amplia ola de indignación entre legisladores, académicos y usuarios de redes sociales. De fondo, el malestar que generó esta decisión no es nuevo tampoco: desde marzo se sabía que la aerolínea se encuentra en conversaciones con el Gobierno para negociar ayudas ante la crítica situación que enfrenta durante la pandemia (y que ya presentaba graves problemas financieros desde antes del COVID-19, vale la pena aclarar).

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Lo que parece indignar a varios críticos es que los recursos del FOME sí puedan estar disponibles para capitalizar a una compañía, pero no para financiar iniciativas como la renta básica universal, matrícula cero para estudiantes de universidades públicas o para extender los subsidios de la nómina para las mipymes del país: micro, pequeñas y medianas empresas que componen más del 90 % del tejido empresarial del país.

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                La argumentación del Gobierno va por el lado de salvaguardar la conectividad aérea y proteger los miles de empleos que se concentran en la compañía. En un comunicado difundido por el Ministerio de Hacienda se lee: “Los beneficios para Colombia y su economía al permitir que Avianca avance en su reestructuración y mantenga su operación en el país son significativos. La afectación a la operación de Avianca tendría repercusiones negativas en la calidad del servicio aéreo, en la economía y en la competitividad del país”. Según las cuentas de la entidad, la operación de la compañía representa unos $14,6 billones anuales para la economía nacional (cerca de 1,4 % del PIB).

                                                                                                                                Ahora, esos argumentos deberán ser presentados y soportados ante el Tribunal de Cundinamarca que determinará qué tan viable y seguro es para el Estado materializar ese crédito con la aerolínea.

                                                                                                                                Avianca / AFP.
                                                                                                                                Foto: AFP - RAUL ARBOLEDA

                                                                                                                                El Tribunal Administrativo de Cundinamarca adoptó como medida cautelar la suspensión del desembolso del crédito aprobado a Avianca Holdings S. A. por el Fondo de Mitigación de Emergencias (FOME) por un valor de 370 millones de dólares. La decisión se tomó luego de que el despacho evaluara una demanda interpuesta por un ciudadano en contra de la Presidencia de la República, el ministro de Hacienda y Crédito Público y Avianca Holdings S. A., en la que se planteó el riesgo que corre el patrimonio público si se le hace un prestamos de tal magnitud a una empresa que se encuentra en una evidente dificultad económica.

                                                                                                                                Según el fallo, revelado por Caracol Radio, el accionante consideró que dichas entidades incurrieron “amenaza y/o vulneración de los derechos colectivos a la moralidad administrativa, el patrimonio público y la seguridad social”, debido a la aprobación del millonario desembolso. El Tribunal admitió la demanda “tomando en consideración que el presente medio de control se formula con el propósito de que se tomen los resguardos para la protección del patrimonio público a través del crédito otorgado a una sociedad que, pese a su condición estratégica en el desempeño de la economía colombiana, se encuentra en una situación como la descrita (déficit patrimonial)”

                                                                                                                                El despacho estimó que había razones suficientes para considerar que están acreditadas las condiciones para afirmar que resulta “más gravoso para el interés público negar la medida (cautelar) que concederla". Agregó que se trata de un préstamo por 370 millones de dólares, aprobado con recursos del Fondo de Mitigación de Emergencias, sin que exista claridad acerca de las condiciones de otorgamiento, ni de las garantías reales verificadas para su respaldo. En ese sentido, señaló que no otorgar la medida cautelar causaría un perjuicio irremediable para el patrimonio público pues, “una vez producido el desembolso, se reducen de manera significativa las posibilidades de las entidades estatales para reducir o controlar los riesgos de pérdida”.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Con esos argumentos, y para garantizar el derecho a la defensa de los accionados y contar con el material probatorio suficiente para determinar el levantamiento o la continuidad de la medida cautelar provisional, el Tribunal le solicitó al Ministerio de Hacienda que en un término de tres días siguientes a la notificación remita al despacho: el reglamento con base en el cual se otorgan los créditos por parte del FOME, las motivaciones de orden técnico para el otorgamiento del crédito, las condiciones detalladas del crédito, la documentación base para su otorgamiento como la solicitud del crédito, entre otros documentos que soporten la transacción.

                                                                                                                                Mientras tanto, ordenó como medida cautelar de urgencia al ministro de Hacienda que adelante las gestiones administrativas necesarias para que el FOME se abstenga de realizar el desembolso del crédito aprobado a Avianca. Además, le dio un plazo de 10 días al presidente Iván Duque, al ministro de Hacienda y al presidente de Avianca para que contesten la demanda. El Ministerio de Hacienda, por su parte, le dijo a El Espectador que, al momento, no ha sido notificado, ni conoce la ponencia del fallo.

                                                                                                                                La decisión del Gobierno de financiar Avianca mediante este préstamo despertó una amplia ola de indignación entre legisladores, académicos y usuarios de redes sociales. De fondo, el malestar que generó esta decisión no es nuevo tampoco: desde marzo se sabía que la aerolínea se encuentra en conversaciones con el Gobierno para negociar ayudas ante la crítica situación que enfrenta durante la pandemia (y que ya presentaba graves problemas financieros desde antes del COVID-19, vale la pena aclarar).

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Lo que parece indignar a varios críticos es que los recursos del FOME sí puedan estar disponibles para capitalizar a una compañía, pero no para financiar iniciativas como la renta básica universal, matrícula cero para estudiantes de universidades públicas o para extender los subsidios de la nómina para las mipymes del país: micro, pequeñas y medianas empresas que componen más del 90 % del tejido empresarial del país.

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                Ahora, esos argumentos deberán ser presentados y soportados ante el Tribunal de Cundinamarca que determinará qué tan viable y seguro es para el Estado materializar ese crédito con la aerolínea.

                                                                                                                                Ver todas las noticias
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