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El Tribunal Administrativo de Cundinamarca se suma a las autoridades que siguen dándole el “no” al Grupo Portuario S.A. en su intención de seguir operando un muelle de servicio público en Buenaventura, entre ellos el conocido Muelle 13, por los próximos 20 años. Un negocio del que ha sacado ganancias desde 2005 y del que solicitó una prórroga ante la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), una entidad que al principio le dijo que “sí” y en cuestión de días le dijo que “no”. Y, ahora, con el caso en la justicia, el Grupo Portuario vuelve a tener una negativa.
En contexto: ¿Qué está pasando con el muelle 13 del Puerto de Buenaventura?
Para entender el caso, hay que situarse en 2022, cuando el Grupo Portuario S.A. solicitó a la ANI la modificación del contrato sobre el muelle, ampliando la concesión por 20 años y permitiéndole algunos ajustes. La solicitud fue aprobada por la ANI, a través de una resolución que quedó en firme el 27 de diciembre de 2023. Sin embargo, todos los planes del grupo cambiaron en menos de una semana, pues la ANI nunca firmó el otrosí para prorrogar la concesión y, aparte, profirió una resolución, el 5 de enero de 2024, negando las pretensiones del Grupo Portuario S.A. En solo nueve días.
En su momento, la ANI explicó que sobre su anterior resolución se declaró la pérdida de fuerza ejecutoria, considerando que se podrían generar “importantes afectaciones ambientales negativas en el territorio”. William Camargo, ministro de Transporte, explicó entonces en entrevista con W Radio que la primera decisión se tomó en un consejo de cuatro entidades, en las que la mitad no estuvieron de acuerdo, como lo fueron el Ministerio de Ambiente y el Ministerio de Hacienda.
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El Grupo Portuario S.A. presentó un recurso de reposición a la última y definitiva resolución de la ANI, pero se la negaron en los días siguientes. El caso tomó connotaciones nacionales cuando la revista Cambio dio a conocer la decisión final de la ANI y el presidente Gustavo Petro reaccionó asegurando que “no se le quita el contrato. El contrato llega a su final, punto”, el pasado 21 de marzo. Con todos esos elementos en el ambiente, el Grupo Portuario S.A. intentó, a través de una acción de cumplimiento, que la ANI cumpliera con lo que inicialmente dijo. Pero, le fue mal.
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca le respondió a la sociedad que la acción de cumplimiento no es un recurso que funcione cuando se trata de hacer cumplir un mandato contractual. Para eso, el Grupo Portuario S.A. tiene otras acciones judiciales, como la reposición que había intentado que funcionara. Pero, entre los argumentos más contundentes para tomar la decisión, estuvo que no se puede hacer cumplir una resolución que no está vigente. Es decir, el Tribunal no puede ordenarle a la ANI que cumpla un acuerdo que ya no existe.
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Ese fue uno de los puntos que le indicó la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado (Andje) al Tribunal, sumado al hecho de que el Grupo Portuario S.A. tiene otros mecanismos para defenderse. La ANI, en el proceso judicial, señaló que simplemente acontecieron circunstancias sobrevinientes que le hicieron cambiar de decisión y que llevaron al Consejo Directivo a revisar los fundamentos de las resoluciones. Y, como no hubo otrosí firmado, no hubo compromiso alguno, ni derechos u obligaciones que cumplir.
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