Tribunal ordena al Congreso y Gobierno dar solución al hacinamiento carcelario
Al fallar una acción popular, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca encontró que la sobrepoblación de las prisiones atenta contra los derechos a un medio ambiente sano y al acceso a servicios públicos. Estas fueron las órdenes que impartió.
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca declaró que el hacinamiento carcelario ha llegado a niveles tan alarmantes que constituye violaciones a los derechos al medio ambiente sano y al acceso a los servicios públicos. Al fallar una acción popular interpuesta por reclusos, la corporación judicial le ordenó al Gobierno y al presidente Gustavo Petro que inicien los trámites para superar la sobrepoblación que tiene desbordadas las cárceles del país y que ya ha llevado a que la Corte Constitucional declare que hay un estado de cosas inconstitucional.
(Lea también: “Nuestra intención es humanizar las cárceles”: director del Inpec)
En concreto, el fallo ordenó que el Inpec realice estudios técnicos para presentarle al Gobierno alternativas y salidas a la crisis carcelaria, que ha sido ampliamente diagnosticada por la justicia. Además: “conforme a los estudios técnicos del Inpec, den respuesta y, si así lo tienen, ejerzan iniciativa legislativa que tenga como propósito superar el estado de hacinamiento carcelario, con base en criterios de igualdad y sustentados en la resocialización de las personas privadas de la libertad, sustentados en el principio de libertad de configuración legislativa”.
El Tribunal halló varias consecuencias preocupantes del hacinamiento carcelario en términos de acceso a servicios públicos. Por ejemplo, desde que el Estado liquidó Caprecom, ninguna EPS ha accedido al aseguramiento en salud de los presos, con lo cual “al Inpec le ha correspondido convertirse en asegurador, y resulta claro y obvio que, siendo el sistema de salud ineficiente para los no penados, para quienes están recluidos en una cárcel, resulta de mayor afectación”.
(Lea también: Tres guardianes del Inpec procesados por tortura en La Modelo quedaron en libertad)
Frente a la educación, que es una herramienta para la resocialización y para evitar que los reclusos reincidan en el crimen, también hay hallazgos preocupantes. El demandante, que estuvo recluido en varias cárceles del país, le aseguró a la justicia que había hecho un estudio entre sus compañeros, hallando que alrededor del 25% de los reclusos son analfabetas, que un 60% no terminaron la primaria, y apenas un 5% tiene una carrera profesional. Aunque el Tribunal Administrativo de Cundinamarca le pidió al Inpec pronunciarse frente a estas cifras, no lo hizo.
“Seguramente lo que no se puede defender, es de imposible alegación”, concluyó el Tribunal ante el silencio de la entidad. Y agregó: “La prestación del servicio educativo en las cárceles resulta deficiente, entre otras cosas, por la existencia de analfabetismo en la población carcelaria. Los estudios del recluso demandante no fueron contradichos. Nadie dio siquiera un informe de su dicho, y menos para contradecirlo, de manera que dicho servicio público se encuentra afectado”. De allí que declarara también una violación a derechos colectivos en este frente.
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Así las cosas, además de las órdenes al Congreso y al presidente, el Tribunal le ordenó al Inpec certificar: el nivel de ocupación de todos los centros de reclusión, el aseguramiento y el estado de la prestación de servicios de salud y educación para los reclusos. Y, finalmente, que le comunique al Gobierno las peticiones de los demandantes sobre la manera en que se otorgan beneficios administrativos en las cárceles y las trabas burocráticas que existen para acceder a ellos.
Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca declaró que el hacinamiento carcelario ha llegado a niveles tan alarmantes que constituye violaciones a los derechos al medio ambiente sano y al acceso a los servicios públicos. Al fallar una acción popular interpuesta por reclusos, la corporación judicial le ordenó al Gobierno y al presidente Gustavo Petro que inicien los trámites para superar la sobrepoblación que tiene desbordadas las cárceles del país y que ya ha llevado a que la Corte Constitucional declare que hay un estado de cosas inconstitucional.
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En concreto, el fallo ordenó que el Inpec realice estudios técnicos para presentarle al Gobierno alternativas y salidas a la crisis carcelaria, que ha sido ampliamente diagnosticada por la justicia. Además: “conforme a los estudios técnicos del Inpec, den respuesta y, si así lo tienen, ejerzan iniciativa legislativa que tenga como propósito superar el estado de hacinamiento carcelario, con base en criterios de igualdad y sustentados en la resocialización de las personas privadas de la libertad, sustentados en el principio de libertad de configuración legislativa”.
El Tribunal halló varias consecuencias preocupantes del hacinamiento carcelario en términos de acceso a servicios públicos. Por ejemplo, desde que el Estado liquidó Caprecom, ninguna EPS ha accedido al aseguramiento en salud de los presos, con lo cual “al Inpec le ha correspondido convertirse en asegurador, y resulta claro y obvio que, siendo el sistema de salud ineficiente para los no penados, para quienes están recluidos en una cárcel, resulta de mayor afectación”.
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“Seguramente lo que no se puede defender, es de imposible alegación”, concluyó el Tribunal ante el silencio de la entidad. Y agregó: “La prestación del servicio educativo en las cárceles resulta deficiente, entre otras cosas, por la existencia de analfabetismo en la población carcelaria. Los estudios del recluso demandante no fueron contradichos. Nadie dio siquiera un informe de su dicho, y menos para contradecirlo, de manera que dicho servicio público se encuentra afectado”. De allí que declarara también una violación a derechos colectivos en este frente.
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