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Luego de que el pasado 5 de febrero el Juez 15° Penal del Circuito de Bogotá impusiera una condena de 66 meses de prisión (cinco años y cinco meses) contra el excongresista Otto Nicolás Bula Bula por su participación en el entramado de Odebrecht, la Procuraduría manifestó que estaba en desacuerdo con la pena y apeló la decisión. Pidió que se decretara la nulidad de la sentencia mientras un juez determinaba si la pena cumplía con los requisitos de legalidad pues, a su parecer, era “benévola, ya que se pactó de forma caprichosa".
El magistrado Jairo José Agudelo del Tribunal Superior de Bogotá fue el encargado de revisar el caso. Resulta que Otto Bula celebró un preacuerdo con la Fiscalía en el que, a cambio de aceptar su responsabilidad por los delitos de enriquecimiento ilícito de particular y cohecho y colaborar con la justicia para esclarecer el pago de coimas por parte de la multinacional brasileña, iba a recibir como única contraprestación degradar su participación en los delitos de autor a cómplice. Además, la Fiscalía y Bula pactaron una condena de 66 meses de prisión, una multa de más de $6.600 millones y la inhabilitación de funciones públicas por 82 meses (más de seis años).
El juez evaluó que el preacuerdo estuviera dentro de los parámetros legales y emitió la condena que se conoció el 5 de febrero de este año. En ese momento, parecía que culminaba el proceso penal contra Bula, sin embargo, al Ministerio Público le pareció que la pena impuesta contra el excongresista fue caprichosa y no se ajustó a la ley, así que apeló. Para el ente de control, es entendible que en un preacuerdo no se acuda al mismo método que se usa en un juicio para definir la pena, pues así lo contempla la ley, no pueden desconocerse la gravedad de la conducta, el daño real, la intensidad del dolo, la necesidad de la pena y su función. (Lea también: Las razones por las que la Procuraduría se opuso a la condena contra Otto Bula)
Lo que pidió la Procuraduría fue que se anulara la sentencia para que un juez determinara si la pena cumplía con los requisitos de legalidad. Resolver esa solicitud fue tarea del magistrado Agudelo quien, para empezar, cuestionó que el Ministerio Público se opusiera a la condena, a estas alturas del proceso, cuando tuvo la oportunidad de manifestar su desacuerdo en el momento en el que se hizo la verificación del preacuerdo, es decir, cuando el juez evaluó detalladamente los puntos de negociación entre la Fiscalía y Bula - incluyendo la condena -, en presencia del representante del Ministerio Público.
“El preacuerdo celebrado comportó que Otto Nicolás Bula Bula aceptara los cargos imputados y, como contraprestación, la fiscalía degradó su participación de autor a cómplice, convenio que conllevó la imposición de una pena definitiva de 66 meses de prisión, sin que, luego de verificada la motivación expuesta por el ente acusador, aflore la ilegalidad sugerida por el recurrente quien, reiteramos, se abstuvo de oponerse formalmente en el momento oportuno, cuando estaba llamado a hacerlo, sustentando el desacuerdo, si es que estimaba el monto y justificación de la pena inapropiado”, señaló el despacho.
Agregó el magistrado que, en todo caso, luego de evaluar el proceso del preacuerdo y las motivaciones que expuso la Fiscalía para imponer la condena contra Bula, no hubo afectación de derechos o garantías fundamentales que ameriten anular la sentencia, como lo pidió la Procuraduría, y, por el contrario, decidió confirmar la sentencia del juez de primera instancia. “Al encontrar la pena acordada dentro de los límites legales y constitucionales, una vez individualizada en el preacuerdo, el Juez la declara, como parte integrante de aquel, ajustada derecho, decisión que la sala acompaña y, por tanto, confirmará”, concluyó. (Le puede interesar: Caso Odebrecht: luz verde a preacuerdo de Otto Bula, antiguo lobista de la constructora)
Ahora, el único recurso que le queda al Ministerio Público para seguir peleando una condena más arbitraria en contra del exlobista de Odebrecht es interponer el recurso de casación, para que se la Corte Suprema de Justicia la que evalúe el tema.