Tumban fallo que suspendió el servicio de Uber en Colombia
El Tribunal Superior de Bogotá dejó sin efectos la determinación que tomó la Superintendencia de Industria y Comercio en diciembre de 2019. La aplicación se fue del país en febrero de 2020.
Luego de que el 1° de febrero de 2020 la plataforma de transporte Uber saliera del país por una orden de suspensión emitida por la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), hoy el Tribunal Superior de Bogotá dejó sin efectos esa decisión. En diciembre de 2019, esa superintendencia le halló la razón a una demanda presentada por Cotech –una empresa proveedora de Taxis Libres– por las conductas de competencia desleal de aplicación móvil.
Lea: Uber demandará a Colombia tras fallo que suspendió su servicio
Fundamentalmente, el tribunal admitió una de las razones esgrimidas por Uber: “ La sentencia de primer grado desconoció que la demandante (Cotech) nunca interrumpió la prescripción, pues fue negligente en su labor de notificación y tomó más de dos años para notificar el libelo a Uber, desconociendo el derecho que tiene todo demandado a ser enterado en tiempo”, apuntó la plataforma ante los magistrados. Es decir, la empresa de taxis tenía que haber demando a la plataforma antes de los dos años en que empezaron a identificar las supuestas maniobras desleales.
El tribunal señaló que los propios demandantes fueron quienes determinaron en qué momento se percataron de los supuestos hechos relacionados a la competencia desleal. “El año 2013 [anualidad que coincide con la época en que Uber Colombia S.A.S. se matriculó en la Cámara de Comercio de Bogotá 39 ], el canal de comunicación de Taxis Libres, recibió el volumen de 18′621.718 llamadas, reduciendo la cifra en consideración a los dos años anteriores, más aún teniendo en cuenta que en el mes de abril de 2013… se insertaron en el mercado los servicios de transporte implementados por las compañías demandadas”, apuntó la empresa de taxis.
“Y es que en lo que atañe a los hipotéticos actos de competencia desleal por violación de normas y desviación de clientela relacionados en los hechos, podría afirmarse que de ellos también tuvo conocimiento la sociedad demandante (los taxis) el 9 de octubre de 2013, cuando una de las demandadas (Uber Colombia S.A.) ingresó al mercado nacional, data para la cual ya comenzaba a sentir la alegada ventaja competitiva y significativa (...)″ señaló el tribunal.
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Nicolás Alviar, abogado de Taxis Libres le dijo a este diario que este fallo no implica que Uber el día de mañana pueda volver a operar. “Quien lo haga estaría prestando un servicio de transporte ilegal”. También señaló que el tribunal ni siquiera valoró las pruebas que aportaron y que la demanda ante la SIC sí estaba dentro de los términos para presentarla. “Nosotros cómo íbamos a saber que Uber estaba compitiendo deslealmente desde el día que llegó a Colombia”, apuntó Alviar.
Luego del fallo, los abogados liderados por Alivar y que representan a la conocida firma de taxistas estudian cuidadosamente que paso seguir. Estudian presentar una tutela contra esta última decisión o presentar algún recurso de revisión o impugnación ante la Sala Civil de la Corte Suprema y el Consejo de Estado, respectivamente.
A principio de 2020, Uber decidió cambiar su modelo de negocio y se convirtió en una plataforma que alquilaba vehículos con el servicio de conductor. Esta figura le funcionó hasta antes del aislamiento por el nuevo coronavirus ya que se tomaron varias medidas para evitar el contagio.
Sobre este fallo, la plataforma dijo en un comunicado de prensa que seguirá en diálogo abierto con el Gobierno colombiano, el Congreso, las autoridades locales y actores interesados en esta disputa jurídica. “La tecnología y la innovación cumplen un rol clave en el desarrollo y competitividad de nuestro país. Colombia debe ser un país que defiende la neutralidad de red y genera condiciones favorables para la inversión local y extranjera”, señaló la plataforma Uber.
En enero pasado, los abogados de la plataforma de transporte Uber le enviaron al presidente Iván Duque, al ministro de Comercio, José Manuel Restrepo, y a otros altos funcionarios del Gobierno una carta en la que les notifican que emprenderán acciones judiciales por un supuesto incumplimiento al Tratado de Libre Comercio que tiene Colombia con Estados Unidos.
Según la misiva, “una serie de medidas recientes de la República han tenido un grave impacto adverso en las inversiones de Uber en Colombia y la viabilidad de sus operaciones en el país”, por lo cual acudirán a demandar al Estado. Además, reprochó que el fallo fuera publicado el 20 de diciembre, “el último día del calendario judicial en Colombia, con la aparente intención de impedir su revisión inmediata en apelación”.
En ese momento, los abogados de Uber argumentaron que al estar radicados en el estado de Delaware (Estados Unidos), son un inversor protegido por el tratado de libre comercio que tiene Colombia con ese país. Y, en ese sentido, las medidas tomadas por entidades colombianas violan principios los principios de ese pacto comercial (que entró en vigencia en 2012) como el de “no someter las inversiones de los restauradores estadounidenses a expropiaciones o nacionalizaciones”
Luego de que el 1° de febrero de 2020 la plataforma de transporte Uber saliera del país por una orden de suspensión emitida por la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), hoy el Tribunal Superior de Bogotá dejó sin efectos esa decisión. En diciembre de 2019, esa superintendencia le halló la razón a una demanda presentada por Cotech –una empresa proveedora de Taxis Libres– por las conductas de competencia desleal de aplicación móvil.
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Fundamentalmente, el tribunal admitió una de las razones esgrimidas por Uber: “ La sentencia de primer grado desconoció que la demandante (Cotech) nunca interrumpió la prescripción, pues fue negligente en su labor de notificación y tomó más de dos años para notificar el libelo a Uber, desconociendo el derecho que tiene todo demandado a ser enterado en tiempo”, apuntó la plataforma ante los magistrados. Es decir, la empresa de taxis tenía que haber demando a la plataforma antes de los dos años en que empezaron a identificar las supuestas maniobras desleales.
El tribunal señaló que los propios demandantes fueron quienes determinaron en qué momento se percataron de los supuestos hechos relacionados a la competencia desleal. “El año 2013 [anualidad que coincide con la época en que Uber Colombia S.A.S. se matriculó en la Cámara de Comercio de Bogotá 39 ], el canal de comunicación de Taxis Libres, recibió el volumen de 18′621.718 llamadas, reduciendo la cifra en consideración a los dos años anteriores, más aún teniendo en cuenta que en el mes de abril de 2013… se insertaron en el mercado los servicios de transporte implementados por las compañías demandadas”, apuntó la empresa de taxis.
“Y es que en lo que atañe a los hipotéticos actos de competencia desleal por violación de normas y desviación de clientela relacionados en los hechos, podría afirmarse que de ellos también tuvo conocimiento la sociedad demandante (los taxis) el 9 de octubre de 2013, cuando una de las demandadas (Uber Colombia S.A.) ingresó al mercado nacional, data para la cual ya comenzaba a sentir la alegada ventaja competitiva y significativa (...)″ señaló el tribunal.
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Nicolás Alviar, abogado de Taxis Libres le dijo a este diario que este fallo no implica que Uber el día de mañana pueda volver a operar. “Quien lo haga estaría prestando un servicio de transporte ilegal”. También señaló que el tribunal ni siquiera valoró las pruebas que aportaron y que la demanda ante la SIC sí estaba dentro de los términos para presentarla. “Nosotros cómo íbamos a saber que Uber estaba compitiendo deslealmente desde el día que llegó a Colombia”, apuntó Alviar.
Luego del fallo, los abogados liderados por Alivar y que representan a la conocida firma de taxistas estudian cuidadosamente que paso seguir. Estudian presentar una tutela contra esta última decisión o presentar algún recurso de revisión o impugnación ante la Sala Civil de la Corte Suprema y el Consejo de Estado, respectivamente.
A principio de 2020, Uber decidió cambiar su modelo de negocio y se convirtió en una plataforma que alquilaba vehículos con el servicio de conductor. Esta figura le funcionó hasta antes del aislamiento por el nuevo coronavirus ya que se tomaron varias medidas para evitar el contagio.
Sobre este fallo, la plataforma dijo en un comunicado de prensa que seguirá en diálogo abierto con el Gobierno colombiano, el Congreso, las autoridades locales y actores interesados en esta disputa jurídica. “La tecnología y la innovación cumplen un rol clave en el desarrollo y competitividad de nuestro país. Colombia debe ser un país que defiende la neutralidad de red y genera condiciones favorables para la inversión local y extranjera”, señaló la plataforma Uber.
En enero pasado, los abogados de la plataforma de transporte Uber le enviaron al presidente Iván Duque, al ministro de Comercio, José Manuel Restrepo, y a otros altos funcionarios del Gobierno una carta en la que les notifican que emprenderán acciones judiciales por un supuesto incumplimiento al Tratado de Libre Comercio que tiene Colombia con Estados Unidos.
Según la misiva, “una serie de medidas recientes de la República han tenido un grave impacto adverso en las inversiones de Uber en Colombia y la viabilidad de sus operaciones en el país”, por lo cual acudirán a demandar al Estado. Además, reprochó que el fallo fuera publicado el 20 de diciembre, “el último día del calendario judicial en Colombia, con la aparente intención de impedir su revisión inmediata en apelación”.
En ese momento, los abogados de Uber argumentaron que al estar radicados en el estado de Delaware (Estados Unidos), son un inversor protegido por el tratado de libre comercio que tiene Colombia con ese país. Y, en ese sentido, las medidas tomadas por entidades colombianas violan principios los principios de ese pacto comercial (que entró en vigencia en 2012) como el de “no someter las inversiones de los restauradores estadounidenses a expropiaciones o nacionalizaciones”