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Elí Mendoza, más conocido como Martín Sombra, el denominado carcelero de las FARC, le dijo durante una diligencia a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) que la masacre de Mapiripán (Meta), perpetrada en julio de 1997, la cometió un grupo de guerrilleros a su mando. Esta declaración fue cuestionada por las víctimas, quienes la calificaron de mentirosa, por lo que piden abrir un incidente de verificación en su contra.
Contexto de la nota: Masacre de Mapiripán: pruebas judiciales tumban la versión de “Martín Sombra”
Según las víctimas múltiples testimonios, condenas y fallos judiciales señalan que la masacre fue ejecutada por paramilitares de la casa Castaño y miembros del Ejército, y no como dijo Sombra ante la JEP, cometida por un grupo de guerrilleros a su mando y coordinada presuntamente por el general (r) del Ejército Rito Alejo del Río.
Para sustentar su afirmación, las víctimas explican que las declaraciones de Martín Sombra contrarían el pronunciamiento público realizado pocos meses después de la masacre por el entonces comandante paramilitar Carlos Castaño, quien reivindicó 49 muertes y anunció que habría “muchos más Mapiripanes”; y también los hechos probados y esclarecidos por diferentes instancias judiciales nacionales e internacionales.
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Las víctimas explicaron además que, a lo largo de 26 años, han sido condenados 24 integrantes de grupos paramilitares y seis agentes estatales y otros continúan bajo investigación; decisiones judiciales que en conjunto han confirmado la responsabilidad de grupos paramilitares e integrantes de las fuerzas militares en una operación conjunta.
A su vez, según las víctimas, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, concluyó el 15 de septiembre de 2005 la responsabilidad internacional del Estado colombiano por la masacre, en razón de la actuación conjunta de agentes estatales con el grupo paramilitar Autodefensas Unidas de Colombia, AUC, decisión que estuvo precedida por un reconocimiento parcial de responsabilidad.
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Con base en todo esto, las víctimas le hicieron un llamado a la JEP para que active el incidente de verificación de incumplimiento del régimen de condicionalidad en contra de Elí Mendoza, dado que la falsedad de sus declaraciones configura un grave incumplimiento de las condiciones de sometimiento a la Jurisdicción transicional. “Asimismo, este acto constituye una revictimización y pone en riesgo a víctimas y familiares que, durante más 26 años, han luchado por el reconocimiento de sus derechos a la verdad, la justicia, reparación integral y garantías de no repetición”, dicen las víctimas.
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