Víctimas piden que la Masacre de San José de Apartadó salga de la JEP
Los representantes de víctimas no están de acuerdo con que la justicia especial lleve el caso por el asesinato de 8 personas, incluidos cuatro menores, cometido por militares en conjunto con paramilitares, y piden que el caso vuelva a la justicia ordinaria y se reestablezcan las órdenes de captura contra tres militares.
Redacción Judicial
El 30 de diciembre de 2019, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la Jurisdicción Especial para la Paz asumió los casos en contra de tres militares del Ejército Nacional que fueron condenados a 34 años de prisión por la masacre de San José de Apartadó y ordenó suspender la captura que había dictado en su contra la Corte Suprema de Justicia. La decisión no la comparten los representantes de las víctimas que acaban de pedirle a esa justicia especial que devuelva el caso a la justicia ordinaria.
Se trata del homicidio a sangre fría de cuatro adultos, un adolescente y tres niños, perpetrados por militares, en conjunto con paramilitares, en las veredas Mulatos Alto y La Resbalosa en el corregimiento de San José de Apartadó en Antioquia, ocurrida en febrero de 2005. Para las víctimas, la JEP no puede asumir este caso por tratarse de una operación a todas luces ilegítima en la que integrantes de la Brigada 17 se articularon con el Bloque Héroes de Tolová de las AUC. “Eso desnaturaliza la vinculación al conflicto armado y nos pone ante actos fuera del servicio”, dice el recurso conocido por este diario.
(En contexto: Masacre de San José de Apartadó, otro caso en manos de la JEP)
El recurso presentado cita decisiones de la justicia ordinaria que dejaron en claro que las tropas usaron dos guías civiles hasta el sitio conocido como Cerro Castañeda, que allí se les unieron los paramilitares y que los hechos buscaban responder a la muerte de militares, ocurridas dos semanas antes, en Dabeiba. “La Jurisdicción Especial de Paz asume que la materialidad de la conducta de homicidio fue realizada por estructuras paramilitares, situación que no solo contradice la realidad procesal, si no que desconoce la línea argumentativa de la JEP de no conocer de crímenes cometidos por integrantes de estructuras paramilitares”.
Tristemente célebre por la sevicia del crimen, entre las víctimas había niños de 5 y 2 años que fueron degollados, las pesquisas de la justicia tardaron más de 14 años para hallar responsables pues en marzo de 2019 la Corte Suprema condenó al mayor (r) José Fernando Castaño López, el sargento (r) Henry Cuasmayán Ortega y el cabo (r) Ricardo Bastidas Candia a quienes ahora se les levantó las órdenes de captura. Las víctimas igualmente cuestionan que se les haya ordenado su libertad y que se haya ordenado el traslado a una guarnición militar al teniente coronel José Orlando Espinosa y a los sargentos Sabaraín Cruz Reina y Ángel Padilla Petro y al subteniente (r) Alejandro Jaramillo Giraldo, con el compromiso de presentar un plan de verdad, pero sin que hayan firmado actas al respecto ni entregado un borrador de dicho plan.
(Le puede interesar: Estado pedirá perdón por participación de militares en masacre de San José de Apartadó)
“La SDSJ pese a que en su narrativa indica la gravedad de los crímenes por los que fueron condenados los beneficiarios de estas medidas, destacando que se tratan de crímenes de lesa humanidad, y la relevancia que tiene que dentro de las víctimas mortales se encuentran niños, esas consideraciones son simplemente narrativas, pues al momento de otorgar los beneficiosos de forma oficiosa desaparecen tales consideraciones y trata el caso como un crimen ordinario”, dice la petición.
Para las víctimas, la situación es tan grave que “fortalece la idea de imposibilidad de procesamiento penal de los responsables militares de la persecución a la Comunidad de Paz”. Además, se debió tener en cuenta las ordenes vigentes del Sistema Interamericano de Derechos Humanos y la Corte Constitucional para garantizar la vida e integridad de los miembros de la Comunidad, sumado a las órdenes de investigar y sancionar los crímenes contra la Comunidad de Paz de San José de Apartadó.
(Vea: El caso 004 de la JEP le pondrá la lupa al Urabá)
“Mas desolador es el panorama cuando se aprecian los escritos que soportan el denominado “Plan Preliminar” presentados por Jorge Humberto Milanés Vega y Edgar Javier García Estupiñán, dentro del mismo caso y que podían orientar a la Sala a considerar la forma en que debían cumplir este compromiso los perpetradores aquí beneficiados. Estos planes son una burla a la verdad, a la administración de justicia y a las víctimas, en uno de ellos el ex militar Milanés Vega deja de ser un responsable penal, a indicar que es un perseguido por la justicia ordinaria y un paria, manifestando de entrada una negativa a reconocer su responsabilidad, en el de García Estupiñán, las manifestaciones son tan generales y vagas, que difícilmente puede extraerse de allí algún compromiso o aporte a la verdad”, agrega la petición.
El 30 de diciembre de 2019, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la Jurisdicción Especial para la Paz asumió los casos en contra de tres militares del Ejército Nacional que fueron condenados a 34 años de prisión por la masacre de San José de Apartadó y ordenó suspender la captura que había dictado en su contra la Corte Suprema de Justicia. La decisión no la comparten los representantes de las víctimas que acaban de pedirle a esa justicia especial que devuelva el caso a la justicia ordinaria.
Se trata del homicidio a sangre fría de cuatro adultos, un adolescente y tres niños, perpetrados por militares, en conjunto con paramilitares, en las veredas Mulatos Alto y La Resbalosa en el corregimiento de San José de Apartadó en Antioquia, ocurrida en febrero de 2005. Para las víctimas, la JEP no puede asumir este caso por tratarse de una operación a todas luces ilegítima en la que integrantes de la Brigada 17 se articularon con el Bloque Héroes de Tolová de las AUC. “Eso desnaturaliza la vinculación al conflicto armado y nos pone ante actos fuera del servicio”, dice el recurso conocido por este diario.
(En contexto: Masacre de San José de Apartadó, otro caso en manos de la JEP)
El recurso presentado cita decisiones de la justicia ordinaria que dejaron en claro que las tropas usaron dos guías civiles hasta el sitio conocido como Cerro Castañeda, que allí se les unieron los paramilitares y que los hechos buscaban responder a la muerte de militares, ocurridas dos semanas antes, en Dabeiba. “La Jurisdicción Especial de Paz asume que la materialidad de la conducta de homicidio fue realizada por estructuras paramilitares, situación que no solo contradice la realidad procesal, si no que desconoce la línea argumentativa de la JEP de no conocer de crímenes cometidos por integrantes de estructuras paramilitares”.
Tristemente célebre por la sevicia del crimen, entre las víctimas había niños de 5 y 2 años que fueron degollados, las pesquisas de la justicia tardaron más de 14 años para hallar responsables pues en marzo de 2019 la Corte Suprema condenó al mayor (r) José Fernando Castaño López, el sargento (r) Henry Cuasmayán Ortega y el cabo (r) Ricardo Bastidas Candia a quienes ahora se les levantó las órdenes de captura. Las víctimas igualmente cuestionan que se les haya ordenado su libertad y que se haya ordenado el traslado a una guarnición militar al teniente coronel José Orlando Espinosa y a los sargentos Sabaraín Cruz Reina y Ángel Padilla Petro y al subteniente (r) Alejandro Jaramillo Giraldo, con el compromiso de presentar un plan de verdad, pero sin que hayan firmado actas al respecto ni entregado un borrador de dicho plan.
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“La SDSJ pese a que en su narrativa indica la gravedad de los crímenes por los que fueron condenados los beneficiarios de estas medidas, destacando que se tratan de crímenes de lesa humanidad, y la relevancia que tiene que dentro de las víctimas mortales se encuentran niños, esas consideraciones son simplemente narrativas, pues al momento de otorgar los beneficiosos de forma oficiosa desaparecen tales consideraciones y trata el caso como un crimen ordinario”, dice la petición.
Para las víctimas, la situación es tan grave que “fortalece la idea de imposibilidad de procesamiento penal de los responsables militares de la persecución a la Comunidad de Paz”. Además, se debió tener en cuenta las ordenes vigentes del Sistema Interamericano de Derechos Humanos y la Corte Constitucional para garantizar la vida e integridad de los miembros de la Comunidad, sumado a las órdenes de investigar y sancionar los crímenes contra la Comunidad de Paz de San José de Apartadó.
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“Mas desolador es el panorama cuando se aprecian los escritos que soportan el denominado “Plan Preliminar” presentados por Jorge Humberto Milanés Vega y Edgar Javier García Estupiñán, dentro del mismo caso y que podían orientar a la Sala a considerar la forma en que debían cumplir este compromiso los perpetradores aquí beneficiados. Estos planes son una burla a la verdad, a la administración de justicia y a las víctimas, en uno de ellos el ex militar Milanés Vega deja de ser un responsable penal, a indicar que es un perseguido por la justicia ordinaria y un paria, manifestando de entrada una negativa a reconocer su responsabilidad, en el de García Estupiñán, las manifestaciones son tan generales y vagas, que difícilmente puede extraerse de allí algún compromiso o aporte a la verdad”, agrega la petición.