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                                                                                                                                Proyecto para prevenir violencia contra la mujer en política, a un paso de ser ley

                                                                                                                                Ahora, al proyecto solo le resta la sanción presidencial para quedar en firme. Acá los detalles de la iniciativa que, con algunos cambios, recibió luz verde de la Corte Constitucional.

                                                                                                                                Jhordan C. Rodríguez

                                                                                                                                Periodista político
                                                                                                                                ¿Y la mujer en política? Candidatas aún no reciben aval y a otras se les ha quitado.
                                                                                                                                Foto: Freepik
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Lo que sí tendrá el proyecto de ley estatutaria, según conoció este diario por fuentes al interior de la Sala Plena, es un artículo que establecería los cimientos para hacer la actividad política libre de violencia contra las mujeres y con las modificaciones de la Corte, sería una ley protectora del liderazgo político de ellas. En esencia, lo que contempló la iniciativa a su salida del Congreso es que se aborde “la violencia política contra la mujer en la vida política, como un fenómeno real y específico, diferente de las diversas manifestaciones de violencia contra la mujer reconocidas en el ordenamiento jurídico vigente”. Asimismo, tiene como finalidad asegurar que las mujeres “ejerzan plenamente sus derechos políticos y electorales y participen en forma paritaria y en condiciones de igualdad en todos espacios de la vida política y pública incluidos los procesos de elección, participación y representación democrática y en el ejercicio de la función pública, especialmente tratándose de los cargos de elección popular y los ejercidos en los niveles decisorios de las diferentes ramas del poder público y demás órganos del Estado”.

                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                La senadora Pizarro le expresó a la magistrada Ángel que “este proyecto de ley cobra vital importancia en el contexto debido a que trae a la vida jurídica el concepto de violencia política contra mujeres. Este concepto en Colombia, actualmente, no existe, pero sí existe la práctica extendida y empotrada que queremos denominar. Por ende, es fundamental que este tipo de violencia se reconozca en el ordenamiento jurídico colombiano, para que se tomen medidas para la prevención, la atención, la sanción y reparación para las mujeres que sean víctimas de este tipo de violencia”. Asimismo, la congresista le dijo a la Corte que “la violencia contra las mujeres en la política es uno de los obstáculos más recurrentes para el ingreso y la permanencia de las mujeres en escenarios políticos y de participación”.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                En la región, Perú y México cuentan con leyes específicas para proteger a las mujeres y su participación en la política. De igual manera, Uruguay y Perú han avanzado en la línea de incorporación de normativas que desarrollan el concepto, y asignan responsabilidades, a la institucionalidad encargada de la protección del derecho a la participación. Sin embargo, Uruguay solo incluye violencia política en la ley general de violencia contra las mujeres. El último país de América que aprobó una ley específica en violencia política fue Costa Rica. Según dijo en su momento la senadora Pizarro al alto tribunal, “es momento de que Colombia avance con una ley que de las herramientas a las entidades competentes para que actúen y generen las condiciones necesarias para garantizar la participación política de las mujeres en nuestro país. Es cuestión de fortalecer la democracia, los derechos humanos, y garantizar los derechos políticos a la mitad de la población en nuestro país”.

                                                                                                                                A la Corte también llegó el concepto de la Procuraduría General, la cual, con firma de Margarita Cabello, le pedían al alto tribunal declarar exequible el proyecto, es decir, que se le diera validez. El Ministerio Público expuso que “el Congreso de la República acertadamente tramitó el Proyecto de Ley Estatutaria por medio del procedimiento legislativo especial establecido en los artículos 152 y 153 Superiores, puesto que la iniciativa: establece medidas encaminadas a asegurar el pleno ejercicio de los derechos políticos y electorales de las mujeres, así como a garantizar su participación en forma paritaria y en condiciones de igualdad en todos espacios de la vida política y pública; y modifica normas de rango estatutario”.

                                                                                                                                Sin embargo, la procuradora Cabello dijo que “aunque es indiscutible la relevancia y necesidad de la ley, no puede ignorarse que su alcance es limitado, dado el carácter estructural de la violencia de género”. La jefa del Ministerio Público resaltó que el proyecto de ley “no releva a las autoridades de consolidar esfuerzos en los distintos ámbitos de su competencia para superar dicho fenómeno”. De igual manera, el ente de control le dijo a la Corte que el proyecto “persigue un fin legítimo, dado que busca optimizar los artículos 1°, 13 y 43 Superiores a través del reconocimiento de la igualdad de derechos y oportunidades que tienen las mujeres y los hombres, así como busca que ellas no sean sometidas a ninguna clase de discriminación en el ámbito público y político”.

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

                                                                                                                                ¿Y la mujer en política? Candidatas aún no reciben aval y a otras se les ha quitado.
                                                                                                                                Foto: Freepik
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Lo que sí tendrá el proyecto de ley estatutaria, según conoció este diario por fuentes al interior de la Sala Plena, es un artículo que establecería los cimientos para hacer la actividad política libre de violencia contra las mujeres y con las modificaciones de la Corte, sería una ley protectora del liderazgo político de ellas. En esencia, lo que contempló la iniciativa a su salida del Congreso es que se aborde “la violencia política contra la mujer en la vida política, como un fenómeno real y específico, diferente de las diversas manifestaciones de violencia contra la mujer reconocidas en el ordenamiento jurídico vigente”. Asimismo, tiene como finalidad asegurar que las mujeres “ejerzan plenamente sus derechos políticos y electorales y participen en forma paritaria y en condiciones de igualdad en todos espacios de la vida política y pública incluidos los procesos de elección, participación y representación democrática y en el ejercicio de la función pública, especialmente tratándose de los cargos de elección popular y los ejercidos en los niveles decisorios de las diferentes ramas del poder público y demás órganos del Estado”.

                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                La senadora Pizarro le expresó a la magistrada Ángel que “este proyecto de ley cobra vital importancia en el contexto debido a que trae a la vida jurídica el concepto de violencia política contra mujeres. Este concepto en Colombia, actualmente, no existe, pero sí existe la práctica extendida y empotrada que queremos denominar. Por ende, es fundamental que este tipo de violencia se reconozca en el ordenamiento jurídico colombiano, para que se tomen medidas para la prevención, la atención, la sanción y reparación para las mujeres que sean víctimas de este tipo de violencia”. Asimismo, la congresista le dijo a la Corte que “la violencia contra las mujeres en la política es uno de los obstáculos más recurrentes para el ingreso y la permanencia de las mujeres en escenarios políticos y de participación”.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                En la región, Perú y México cuentan con leyes específicas para proteger a las mujeres y su participación en la política. De igual manera, Uruguay y Perú han avanzado en la línea de incorporación de normativas que desarrollan el concepto, y asignan responsabilidades, a la institucionalidad encargada de la protección del derecho a la participación. Sin embargo, Uruguay solo incluye violencia política en la ley general de violencia contra las mujeres. El último país de América que aprobó una ley específica en violencia política fue Costa Rica. Según dijo en su momento la senadora Pizarro al alto tribunal, “es momento de que Colombia avance con una ley que de las herramientas a las entidades competentes para que actúen y generen las condiciones necesarias para garantizar la participación política de las mujeres en nuestro país. Es cuestión de fortalecer la democracia, los derechos humanos, y garantizar los derechos políticos a la mitad de la población en nuestro país”.

                                                                                                                                A la Corte también llegó el concepto de la Procuraduría General, la cual, con firma de Margarita Cabello, le pedían al alto tribunal declarar exequible el proyecto, es decir, que se le diera validez. El Ministerio Público expuso que “el Congreso de la República acertadamente tramitó el Proyecto de Ley Estatutaria por medio del procedimiento legislativo especial establecido en los artículos 152 y 153 Superiores, puesto que la iniciativa: establece medidas encaminadas a asegurar el pleno ejercicio de los derechos políticos y electorales de las mujeres, así como a garantizar su participación en forma paritaria y en condiciones de igualdad en todos espacios de la vida política y pública; y modifica normas de rango estatutario”.

                                                                                                                                Sin embargo, la procuradora Cabello dijo que “aunque es indiscutible la relevancia y necesidad de la ley, no puede ignorarse que su alcance es limitado, dado el carácter estructural de la violencia de género”. La jefa del Ministerio Público resaltó que el proyecto de ley “no releva a las autoridades de consolidar esfuerzos en los distintos ámbitos de su competencia para superar dicho fenómeno”. De igual manera, el ente de control le dijo a la Corte que el proyecto “persigue un fin legítimo, dado que busca optimizar los artículos 1°, 13 y 43 Superiores a través del reconocimiento de la igualdad de derechos y oportunidades que tienen las mujeres y los hombres, así como busca que ellas no sean sometidas a ninguna clase de discriminación en el ámbito público y político”.

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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