Vivir entre ausencias y barrotes: los migrantes en las cárceles colombianas
Sumado a los problemas de todo el sistema carcelario, los venezolanos privados de la libertad en Colombia viven el abandono consular de su país, la dificultad para tener visitas, realizar llamadas y recibir asesoría legal.
Daniel Zamora Quiroga - Pesquisa Javeriana*
Las cárceles colombianas están sobrepobladas pero llenas de ausencias. Faltan camas, faltan guardias, faltan defensores públicos y aunque en los últimos años desde diversos sectores del Estado y del sector privado se han tratado de resolver estos y otros temas — como la escasez de tratamiento diferencial a poblaciones vulnerables — aún no hay soluciones definitivas.
Los centros de reclusión tienen hacinamiento general del 19 % y en algunos casos, como en el de las Unidades de Reacción Inmediata, URI, pueden superar el 400 %; además, según el director del Inpec Tito Castellanos, se necesitan tres mil guardias más y en 2017 había 9.6 defensores públicos por cada cien mil habitantes. La cifra se redujo a 7.8 en 2021 y Richard Granada, vocero del Colegio de Jueces y Fiscales de Antioquia, denunció que solo en ese departamento cada defensor llevaba hasta 180 procesos.
A marzo de 2022 en Colombia había 97.080 presos en las cárceles, de los cuales, 2859 eran extranjeros y 2398 de Venezuela.
La precariedad de un sistema judicial que apenas sobrevive, que cada tanto vuelve a ser tema en la opinión pública por escándalos de corrupción, fugas y denuncias debido a la indignidad del hacinamiento, deja en el medio a los privados de la libertad, tanto colombianos como extranjeros, pero estos últimos cargan con el desconocimiento del sistema penal, la falta de una red de apoyo familiar y, si son venezolanos, convivir con la xenofobia, lo que dificulta las garantías de su proceso judicial y las condiciones del presidio.
Mínimos que no se cumplen
“Si son migrantes y hacen parte de la población privada de la libertad, tienen las mismas garantías que los nacionales. No son ciudadanos de segunda categoría por el hecho de ser migrantes”, afirma Norberto Hernández Jiménez, profesor de la Pontificia Universidad Javeriana y conjuez de la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia.
El artículo 229 de la Constitución colombiana indica que se garantiza el derecho de toda persona para acceder a la administración de justicia, y para el profesor Hernández, quien también dirige el Semillero en Derecho Penitenciario de la Javeriana, si hay un abuso de derechos o una transgresión de los derechos en los centros de reclusión, pueden radicar quejas disciplinarias, denuncias penales e interponer acciones de tutela.
“Las entidades públicas tienen quince días para dar respuesta, pero por la pandemia han aumentado los tiempos a veinte o treinta días. Para la tutela, el plazo máximo es de diez días y una solicitud que eventualmente le interesa a la población privada de la libertad, sean colombianos o extranjeros, es la de habeas corpus (cuando hay abuso de autoridad o detención ilegal) y el plazo máximo es de 36 horas para que un juez resuelva el caso”, informa Hernández.
Pero estos instrumentos de los que habla el conjuez no solo funcionan para garantizar los procedimientos judiciales, sino también para resguardar otros derechos y de esta manera ampliar lo que se entiende por acceso a la justicia, pues según Hernández también implica “cobijar el derecho a la salud, a la privación de la libertad en condiciones de dignidad e inclusive puede hacerse extensible para los familiares que eventualmente puedan verse vulnerados por supuestos de prohibiciones de visitas”.
En un documento que puede encontrar haciendo clic aquí, Norberto Hernández listó cuatro casos en los que la Corte Constitucional ha resuelto acciones de tutela para garantizar la salud, educación y de nacionalidad de ciudadanos venezolanos vulnerables en el actual contexto migratorio.
“El acceso a la justicia funciona como un medio que permite la protección de otros derechos”, explica Liliana Sánchez, doctora en Derecho de la Universidad de California y una de las autoras del informe Mujeres y prisión en Colombia: desafíos para la política criminal desde un enfoque de género.
Sánchez, quien desde el pasado 1 de abril es la nueva vicerrectora de Investigación de la Javeriana, indica que para entender el acceso a la justicia vale la pena darle una mirada a las Reglas Mandela, lineamientos definidos por la Asamblea General de las Naciones Unidas para establecer condiciones básicas de tratamiento a los reclusos, entre los que se destaca la aplicación imparcial y sin discriminación de la justicia y valorar las necesidades individuales de cada preso, en especial si son vulnerables.
Sin embargo, hay mínimos que ni siquiera se cumplen en algunas situaciones. Claudimar Mora lleva poco más de dos años recluida en la Cárcel Distrital, cuenta que ha tenido dos abogados porque el primero “ni se presentaba en ningún momento”.
“Cuando uno consigue un minuto para poder llamar, no contestan o están ocupados, están en audiencia”.
Aunque Mora reconoce que hay abogados que se toman el tiempo de explicar y brindan apoyo, hay otros que “solo nos dicen que por ser extranjeros tenemos que aceptar cargos si verdaderamente lo hicimos. Y uno sin saber nada de lo que hace dice: bueno, dígame qué hago y yo lo hago”. Para Liliana Sánchez, el primer obstáculo que estas personas enfrentan es el desconocimiento del sistema de sus derechos y después “la falta de acceso a un abogado”. En este caso, la vicerrectora de investigación recomienda usar los diferentes mecanismos jurídicos que Norberto Hernández mencionaba unos párrafos más atrás.
Una situación similar a la de Claudimar Mora la vive otra venezolana que prefiere no revelar su identidad y que lleva cuatro meses en prisión. Ella afirma que su abogado le indica que debe aceptar cargos relacionados con tráfico de drogas, “lo que dice es que yo tengo que asumir las cosas que yo hacía. ¡Pero si yo no hacía nada! Todo el mundo me dice que yo estoy aquí porque el abogado no me ha podido ayudar como es, porque no tienen pruebas de nada”.
Pero ese afán por aceptar cargos para terminar los procesos pronto podría afectar algunas de las garantías que se deben respetar cuando una persona migrante está en proceso judicial, como “contar con tiempo razonable para presentar sus argumentos, contar con la representación de un abogado si tiene los recursos para ello y controvertir las pruebas que se presenten en su contra”, describe Lina Arroyave, abogada e investigadora en temas de migración y Venezuela en Dejusticia, el centro de estudios jurídicos y sociales.
Al fallar cada caso, Arroyave aclara que debe existir la posibilidad de que cada sancionado pueda “controvertir estas decisiones cuando no estén de acuerdo con ellas a través de los recursos establecidos en las normas”.
La experta también indica que si un migrante está en un proceso sancionatorio que pueda terminar en penalidades económicas, deportación o expulsión, “tiene derecho a que Migración Colombia le informe mediante una notificación que se ha iniciado un proceso administrativo sancionatorio en su contra, los hechos, las normas que se incumplieron y las posibles penalidades, le dé un plazo de quince días hábiles luego de la notificación para que presente por escrito los argumentos y pruebas en su defensa o solicite que se practiquen unas pruebas”.
Arroyave también ejemplifica que la persona privada de la libertad debe tener un plazo de diez días hábiles luego de la notificación del cierre de la etapa probatoria para que pueda presentar sus argumentos finales, que se le indique la manera y los plazos dentro de los cuales puede presentar los recursos de reposición, apelación y queja contra la decisión final.
Más allá de tener un abogado
Para realizar este especial, Pesquisa Javeriana visitó algunos centros de reclusión en Bogotá en compañía del Semillero en Derecho Penitenciario de la misma universidad — que brindó talleres sobre acceso a la justicia y recursos jurídicos para los migrantes privados de la libertad— y les preguntó sobre su situación jurídica, el respeto a sus derechos procesales y fundamentales.
Uno de los resultados de 36 encuestas realizadas en el Centro Especial de Reclusión (CER), que fue creado para descongestionar las cárceles, estaciones de policía y URI en Bogotá, indica que, si bien todos sabían que tenían derecho a un abogado, doce de ellos (el 33.3 %) afirmaron no haber tenido acceso a uno.
Algunos estudios sobre el acceso a la defensa técnica en América Latina y en Colombia demuestran los obstáculos que se interponen para una asistencia legal. Por ejemplo, Sánchez reconoce que “el sistema de defensoría pública tiene unos defensores que están sobrecargados, tienen muchos casos y limitaciones para que la Defensoría del Pueblo pueda recolectar evidencias y hacer una propia investigación que permita defender de manera más eficaz”, señala Liliana Sánchez.
Aunque la vicerrectora de Investigación de la Javeriana es clara en afirmar que esta situación perjudica a todos los procesados, independientemente de su nacionalidad, sí puede afectar más a quienes no tienen recursos económicos para asistencia legal privada.
En la misma encuesta, 21 de los 36 encuestados denuncian no estar al tanto de su situación jurídica, diez denuncian que han sido sometidos a torturas, tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes y trece aseguran que no se les ha garantizado el derecho a la salud.
Pesquisa Javeriana también llevó ese mismo cuestionario a la Cárcel Distrital. Participaron 31 reclusos entre colombianos y venezolanos. En este centro solo uno afirmó no tener abogado, seis dijeron que no han tenido un buen acompañamiento y ocho no están al tanto de su situación jurídica. Veintiuno argumentan no haber sido condenados.
Según cifras del Inpec, a corte de marzo en Colombia había más de 96 mil presos, de los cuales, 2 394 eran venezolanos, y aunque la muestra de Pesquisa Javeriana no es representativa, pues suma 67 encuestas, sí alerta sobre numerosos casos en los que se podrían estar afectando el proceso legal y el trato digno del privado de la libertad venezolano.
Nostalgias compartidas
Aunque el artículo 60 del reglamento interno del Inpec establece la garantía de comunicaciones periódicas con los familiares, y en otras cárceles como la Distrital y las demás administradas por los municipios, también se procura la garantía de esta comunicación, sin embargo, Claudimar Mora revela que en los últimos meses no ha sido fácil.
“Hay algunas compañeras venezolanas — o de otros países— que tienen familia aquí, pero en mi caso no tengo a nadie. Antes — durante el confinamiento estricto por la pandemia— teníamos llamada por Skype y nos comunicábamos, pero ahora, como hay visitas (presenciales) ya no nos la dan (las llamadas) y ahorita se está complicando mucho. Tengo como tres o cuatro meses sin ver a mi mamá y llamarla es muy difícil porque los minutos son carísimos, entonces, cuando uno lo llama, es: ‘Hola, ¿cómo está?’ Y ya estuvo’”.
A su voz se suma la de José Barreto, quien también se encuentra en la Cárcel Distrital. “La comunicación con mi familia es súper difícil, ya que con la situación económica que estoy pasando acá y la que hay en Venezuela, no me puedo comunicar mucho. El minuto para Venezuela cuesta mil pesos, es como para que me escuchen cada dos meses. Tengo ocho meses aquí y no he recibido la primera vez una visita”.
En la encuesta realizada por Pesquisa Javeriana, veinte de las 36 personas del CER afirmaron que no han podido recibir visitas sin complicaciones. Sobre este tema, Salomé Linares y Carolina Montoya, del semillero en Derecho Penitenciario de la Javeriana, escribieron una columna de opinión para este especial en donde cuentan cómo la Corte Constitucional protegió — en la sentencia T-135 de 2020 — el derecho de los migrantes a recibir visitas en la cárcel sin exceso de tramitología.
“Yo sé que es difícil recibir una visita, pero más difícil es no recibirla. Uno sufre más que todo por ellos, porque uno sabe que ellos se sienten mal, que no saben de uno, se preocupan mamá y papá, que uno está enfermo, que se deprime, toda esa cuestión. Eso es lo que a uno verdaderamente lo entristece en este lugar: la familia”, confiesa Claudimar Mora.
En la cárcel Distrital, de 31 encuestados entre colombianos y venezolanos, solo trece afirmaron poder recibir visitas sin complicaciones.
Una solución más que política
Pero el problema de la comunicación con sus familiares no comienza después de estar en prisión, sino desde la captura. En la mencionada encuesta que realizó Pesquisa Javeriana se les preguntó a los reclusos si sabían que tenían derecho a utilizar los servicios consulares para comunicarse con su país y sus familiares. Veinte afirmaron no saber y aunque 16 respondieron afirmativamente, ninguno se ha podido comunicar con sus familiares a través de estos servicios.
Pesquisa Javeriana conoció un derecho de petición respondido por la Fiscalía General de la Nación que documenta cuántos venezolanos han usado los servicios consulares para avisar a su gobierno sobre su situación. Entre 2019 y 2021, 344 venezolanos usaron este recurso, frente a 2190 que no lo hicieron.
Liliana Sánchez indica que cada persona es libre de decidir si avisa o no al consulado y puede ser varias las razones por las que lo hacen o no.
“Puede ser que no confían en su gobierno. Sería interesante preguntarle a esa población por qué no están avisando. Es extraño que no quieran avisar porque les pueden ofrecer asistencia legal, facilitar la comunicación con sus familiares o con amigos o con asesoría legal, pueden hacer visitas para establecer las condiciones de la detención y verificar si se están violando o no derechos fundamentales. La asistencia consular podría tener potencialmente beneficios interesantes”.
En el 2018, la Procuraduría entrevistó a 87 internos que se encontraban en las cárceles de El Buen Pastor, La Modelo, La Picota y las URI de Ciudad Bolívar, Engativá y Usaquén y tras las conversaciones denunció un abandono consular hacia los ciudadanos venezolanos.
“La Procuraduría exhorta al gobierno a la adopción de un plan especial de trabajo que permita atender la situación de los ciudadanos venezolanos privados de la libertad, hacer seguimiento a sus condiciones, entablar acciones diplomáticas para garantizar los DDHH (derechos humanos) y diseñar una estrategia para prevenir y controlar los efectos de un incremento en la población reclusa de nacionalidad venezolana en los centros carcelarios y URI del país”, señaló la institución en el informe.
Para Martha Márquez, doctora en Ciencias Sociales y Humanas con más de 15 años de experiencia en docencia e investigación y actualmente directora del Centro de Investigación y Educación Popular (CINEP), para entender esta situación resulta clave analizar la falta de relaciones consulares entre Colombia y Venezuela, que para ella son inexistentes.
“Desde el 2019 se rompieron las relaciones entre Colombia y Venezuela, fundamentalmente cuando el gobierno de Iván Duque decidió apoyar esa iniciativa para llevar ayuda humanitaria a Venezuela — que fue vista por el gobierno venezolano como una estrategia para impulsar un golpe de Estado adentro de ese país—”, explica.
Márquez asegura que no solo se rompieron las relaciones diplomáticas, que se traduce en que se suspendieron mecanismos de concertación binacional como mesas de seguridad, comercio y desarrollo, también se rompieron las relaciones consulares.
“El gobierno colombiano se niega a cualquier interlocución con el gobierno de Venezuela porque considera que es legitimar la dictadura. Esto tiene unos costos muy grandes, pues Colombia se queda sin las relaciones con el país con el que tiene la frontera terrestre más grande. Los consulados son las instituciones de los ministerios de relaciones exteriores encargados de brindar asistencia a los ciudadanos por fuera de su país y eso incluye también la asistencia jurídica o las visitas a las cárceles para verificar las situaciones en la que se encuentran los presos. Eso no se da ni de colombianos en Venezuela, ni de venezolanos en Colombia”, añade Márquez.
En el capítulo de este especial que cuenta la situación de los migrantes venezolanos privados de la libertad que pertenecen a la población LGBTI, Alicia Bustos*, de 27 años, madre de dos hijos y bisexual, dice que el Inpec brinda algunas ayudas para el aseo: “Ellos les colaboran a los migrantes con un kit cada tres meses que consta de dos rollos de papel higiénico, una afeitadora, un jabón de baño, una crema y un cepillo de dientes”, pues “la embajada de Venezuela en Bogotá solo vino una vez, en 2015, y no volvió. Los venezolanos estamos abandonados”, denuncia.
El gobierno de Iván Duque reconoce oficialmente a Juan Guaidó – y no a Nicolás Maduro- como el presidente de Venezuela, con quien se rompieron las relaciones consulares desde 2019-, esto hace que la actual embajada de ese país en Colombia tenga algunas limitaciones, pues Guaidó, aclara Martha Márquez, no tienen el respaldo económico ni político para ejercer un amplio cuidado de las relaciones consulares que, en últimas, termina afectando a los migrantes venezolanos.
“Juan Guaidó surgió como una figura joven en el parlamento que se vio como una esperanza. Estaba montado sobre la idea de que muy pronto el gobierno de Maduro iba a caer. Han pasado dos años largos y eso no ha ocurrido. No tiene poder, es decir, él nombró embajadores pero no significa que haya construido una estructura de gobierno en el exterior con el nombramiento de cónsules que realmente puedan cumplir con todas las funciones consulares, hacen cosas muy importantes, pero no tienen los recursos para poder hacer lo que le compete a un consulado”, señala la directora del CINEP.
Una nota del diario El Espectador registra cómo la débil infraestructura de esa representación consular puede afectar los procesos legales de los venezolanos detenidos en Colombia.
En la publicación, el periodista Felipe Morales narra el caso de Yacsy Álvarez, una ciudadana venezolana capturada por hacer parte de la operación Gedeón, que buscaba derrocar al gobierno de Maduro, y a quien presuntamente no se le informó que tenía derecho a usar los servicios consulares para comunicarse con su gobierno. Esto podría ser un error procedimental que la dejaría en libertad.
La jueza que lleva este caso reconoció que el consulado de Guaidó en Colombia “no cuenta con sede física, solo con una oficina virtual que no da apoyo a privados de la libertad”, registró el diario El Espectador.
En la página web de la embajada hay un número de contacto que remite a un chatbot de WhatsApp. Cuando se selecciona la opción de solicitar información sobre la embajada, aparece el siguiente mensaje:
“Actualmente no contamos con sede diplomática, ya que esta se encuentra bajo usurpación”.
Por otro lado, el chatbot informa que los servicios consulares que presta la embajada son cuatro: certificación de carta de soltería, certificación de fe de vida, legalización de diploma de título de pregrado, posgrado y notas universitarias (próximamente), y la certificación de partida de nacimiento de menores nacidos en Colombia (próximamente). No se habla de ayuda a los ciudadanos venezolanos privados de la libertad.
Esta falta de apoyo por parte de su propio gobierno podría acentuar sus vulnerabilidades, pues, aunque los colombianos también viven el hacinamiento y padecen las mismas condiciones insalubres que llevaron a que la Sala Plena de la Corte Constitucional declarara el estado de cosas inconstitucionales en las cárceles por la violación sistemática de derechos fundamentales —que ya lo había hecho en 1998 y recientemente lo extendió a los centros de detención transitoria (Sentencia Su-122 de 2022)—, los migrantes no suelen tener una red de apoyo familiar que alivie su condición en las cárceles en materia de acceso a recursos ni apoyo para trámites.
“Sin consulado y sin familias están absolutamente desprotegidos”, Martha Márquez, directora del CINEP.
La solución a este tema, según la directora del CINEP, es que el próximo gobierno colombiano restablezca las comunicaciones con Nicolás Maduro, aunque eso no asegura que Venezuela se encargue de sus ciudadanos, pues el presidente considera que quienes se fueron son “traidores de la patria y que han huido del país”.
Por otro lado, Martha Márquez dice que localmente “no sobra el que piense que si hay que proteger a alguien es a los colombianos y no a los venezolanos. Es que ese es el problema de la xenofobia, son más vulnerables a la violación de sus derechos porque están abandonados, pero también por el hecho de ser extranjeros, yo creo que la xenofobia también cruza esos cuerpos”.
Entre la desesperanza y el optimismo
Una de las dificultades que tienen los privados de la libertad venezolanos es a acceder a otro tipo de formas de reclusión diferentes a la intramural, pues al ser migrantes y no tener un lugar de vivienda establecido, no pueden solicitar una prisión domiciliaria, por ejemplo. “Es muy difícil porque en mi caso yo no tengo un radicado”, afirma Claudimar Mora, “no tengo una persona que me reciba, que diga: sí, yo soy la que me voy a encargar de ella para lo que se necesite”, añade.
A esto se le conoce como el arraigo y es “uno de los requisitos para poder otorgar una detención domiciliaria, que resulta muy difícil porque el riesgo de fuga es muy alto, ya que finalmente son extranjeros y muchos de ellos ilegales, no tienen una situación migratoria regular en el país, entonces en esos escenarios normalmente la medida de aseguramiento puede ser la detención preventiva — que ya se usa de manera amplia y esa es una de las críticas a nuestro sistema penal—, pero de nuevo, para esta población en particular se usa más, entonces es aún más grave el efecto”, explica Astrid Sánchez.
Aunque resulte paradójico, la vida en la cárcel, para aquellos que llegaron sin nada, les dio cosas que no calcularon y de las cuales se aferran para la vida después de la prisión. “Como extranjeros, para acceder a la salud tenemos que tener un permiso de permanencia, pero aquí en la cárcel nos están dando EPS, Capital Salud, por solo estar aquí internas, ya no como antes”, describe Claudimar Mora.
Para ella, “llegar a un lugar de estos fue, en mi caso, beneficioso para conocer personas. Por ejemplo, está la Fundación Acción Interna; ellos colaboran aquí adentro y cuando salimos. También está la fundación de Emaús, que una iglesia católica que también colabora mucho con las personas que salen privadas de la libertad, o Casa Libertad, entonces eso suma oportunidades que a uno le beneficia como extranjero porque uno no tiene absolutamente nada afuera, nada”.
En 2021 el gobierno de Iván Duque, a través del estatuto temporal de protección para migrantes venezolanos, buscó legalizar a alrededor de dos millones de venezolanos que están en Colombia. Con esta política se puede obtener permiso para trabajar, sin embargo, una de las condiciones para tener este documento es no tener antecedentes, lo que dificultaría la reinserción de los pospenados al mundo laboral en Colombia.
“Sé que suena súper desalentador, como si fuera el Mito de Sísifo: la gente tratando de subir la roca que luego se les devuelve y seguimos como en ese mismo ciclo. En todo caso, lo que siento es que ya hay más herramientas legales y se han presionado ciertas herramientas de política pública que también impactan de manera positiva en este tipo de situaciones”, resume Liliana Sánchez.
Algunas propuestas para mejorar la situación carcelaria en el país han sido reemplazar el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, que en treinta años ha tenido más de veinte directores— algunos han sido destituidos por escándalos de corrupción—, construir más cárceles, tanto públicas como privadas y diseñar e implementar políticas de tratamiento diferencial a población vulnerable.
Las cárceles colombianas están sobrepobladas pero llenas de ausencias. Faltan camas, faltan guardias, faltan defensores públicos y también falta que los tomadores de decisión— gobierno, Congreso, Inpec y Ministerio de Justicia— escuchen las voces de las organizaciones que han documentado el día a día de los presos en Colombia y, así, construir soluciones a la crisis carcelaria y al abandono histórico que impacta a todos los presos y con más sensibilidad a una población migrante vulnerable.
*Te invitamos a ver el trabajo completo en este enlace: Migrantes y prisioneros del abandono
**Pesquisa Javeriana, El Espectador, Tuu Putchika, la Fundación Acción Interna, el Semillero de Derecho Penitenciario y la Maestría en Periodismo Científico de la Pontificia Universidad Javeriana nos unimos para presentar una radiografía sobre los migrantes, especialmente venezolanos, en las cárceles colombianas. Las paradojas de estos espacios no se limitan al hacinamiento; ser foráneos les plantea dificultades para acceder a la justicia o la salud y a comunicarse con sus familias.
Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.
Las cárceles colombianas están sobrepobladas pero llenas de ausencias. Faltan camas, faltan guardias, faltan defensores públicos y aunque en los últimos años desde diversos sectores del Estado y del sector privado se han tratado de resolver estos y otros temas — como la escasez de tratamiento diferencial a poblaciones vulnerables — aún no hay soluciones definitivas.
Los centros de reclusión tienen hacinamiento general del 19 % y en algunos casos, como en el de las Unidades de Reacción Inmediata, URI, pueden superar el 400 %; además, según el director del Inpec Tito Castellanos, se necesitan tres mil guardias más y en 2017 había 9.6 defensores públicos por cada cien mil habitantes. La cifra se redujo a 7.8 en 2021 y Richard Granada, vocero del Colegio de Jueces y Fiscales de Antioquia, denunció que solo en ese departamento cada defensor llevaba hasta 180 procesos.
A marzo de 2022 en Colombia había 97.080 presos en las cárceles, de los cuales, 2859 eran extranjeros y 2398 de Venezuela.
La precariedad de un sistema judicial que apenas sobrevive, que cada tanto vuelve a ser tema en la opinión pública por escándalos de corrupción, fugas y denuncias debido a la indignidad del hacinamiento, deja en el medio a los privados de la libertad, tanto colombianos como extranjeros, pero estos últimos cargan con el desconocimiento del sistema penal, la falta de una red de apoyo familiar y, si son venezolanos, convivir con la xenofobia, lo que dificulta las garantías de su proceso judicial y las condiciones del presidio.
Mínimos que no se cumplen
“Si son migrantes y hacen parte de la población privada de la libertad, tienen las mismas garantías que los nacionales. No son ciudadanos de segunda categoría por el hecho de ser migrantes”, afirma Norberto Hernández Jiménez, profesor de la Pontificia Universidad Javeriana y conjuez de la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia.
El artículo 229 de la Constitución colombiana indica que se garantiza el derecho de toda persona para acceder a la administración de justicia, y para el profesor Hernández, quien también dirige el Semillero en Derecho Penitenciario de la Javeriana, si hay un abuso de derechos o una transgresión de los derechos en los centros de reclusión, pueden radicar quejas disciplinarias, denuncias penales e interponer acciones de tutela.
“Las entidades públicas tienen quince días para dar respuesta, pero por la pandemia han aumentado los tiempos a veinte o treinta días. Para la tutela, el plazo máximo es de diez días y una solicitud que eventualmente le interesa a la población privada de la libertad, sean colombianos o extranjeros, es la de habeas corpus (cuando hay abuso de autoridad o detención ilegal) y el plazo máximo es de 36 horas para que un juez resuelva el caso”, informa Hernández.
Pero estos instrumentos de los que habla el conjuez no solo funcionan para garantizar los procedimientos judiciales, sino también para resguardar otros derechos y de esta manera ampliar lo que se entiende por acceso a la justicia, pues según Hernández también implica “cobijar el derecho a la salud, a la privación de la libertad en condiciones de dignidad e inclusive puede hacerse extensible para los familiares que eventualmente puedan verse vulnerados por supuestos de prohibiciones de visitas”.
En un documento que puede encontrar haciendo clic aquí, Norberto Hernández listó cuatro casos en los que la Corte Constitucional ha resuelto acciones de tutela para garantizar la salud, educación y de nacionalidad de ciudadanos venezolanos vulnerables en el actual contexto migratorio.
“El acceso a la justicia funciona como un medio que permite la protección de otros derechos”, explica Liliana Sánchez, doctora en Derecho de la Universidad de California y una de las autoras del informe Mujeres y prisión en Colombia: desafíos para la política criminal desde un enfoque de género.
Sánchez, quien desde el pasado 1 de abril es la nueva vicerrectora de Investigación de la Javeriana, indica que para entender el acceso a la justicia vale la pena darle una mirada a las Reglas Mandela, lineamientos definidos por la Asamblea General de las Naciones Unidas para establecer condiciones básicas de tratamiento a los reclusos, entre los que se destaca la aplicación imparcial y sin discriminación de la justicia y valorar las necesidades individuales de cada preso, en especial si son vulnerables.
Sin embargo, hay mínimos que ni siquiera se cumplen en algunas situaciones. Claudimar Mora lleva poco más de dos años recluida en la Cárcel Distrital, cuenta que ha tenido dos abogados porque el primero “ni se presentaba en ningún momento”.
“Cuando uno consigue un minuto para poder llamar, no contestan o están ocupados, están en audiencia”.
Aunque Mora reconoce que hay abogados que se toman el tiempo de explicar y brindan apoyo, hay otros que “solo nos dicen que por ser extranjeros tenemos que aceptar cargos si verdaderamente lo hicimos. Y uno sin saber nada de lo que hace dice: bueno, dígame qué hago y yo lo hago”. Para Liliana Sánchez, el primer obstáculo que estas personas enfrentan es el desconocimiento del sistema de sus derechos y después “la falta de acceso a un abogado”. En este caso, la vicerrectora de investigación recomienda usar los diferentes mecanismos jurídicos que Norberto Hernández mencionaba unos párrafos más atrás.
Una situación similar a la de Claudimar Mora la vive otra venezolana que prefiere no revelar su identidad y que lleva cuatro meses en prisión. Ella afirma que su abogado le indica que debe aceptar cargos relacionados con tráfico de drogas, “lo que dice es que yo tengo que asumir las cosas que yo hacía. ¡Pero si yo no hacía nada! Todo el mundo me dice que yo estoy aquí porque el abogado no me ha podido ayudar como es, porque no tienen pruebas de nada”.
Pero ese afán por aceptar cargos para terminar los procesos pronto podría afectar algunas de las garantías que se deben respetar cuando una persona migrante está en proceso judicial, como “contar con tiempo razonable para presentar sus argumentos, contar con la representación de un abogado si tiene los recursos para ello y controvertir las pruebas que se presenten en su contra”, describe Lina Arroyave, abogada e investigadora en temas de migración y Venezuela en Dejusticia, el centro de estudios jurídicos y sociales.
Al fallar cada caso, Arroyave aclara que debe existir la posibilidad de que cada sancionado pueda “controvertir estas decisiones cuando no estén de acuerdo con ellas a través de los recursos establecidos en las normas”.
La experta también indica que si un migrante está en un proceso sancionatorio que pueda terminar en penalidades económicas, deportación o expulsión, “tiene derecho a que Migración Colombia le informe mediante una notificación que se ha iniciado un proceso administrativo sancionatorio en su contra, los hechos, las normas que se incumplieron y las posibles penalidades, le dé un plazo de quince días hábiles luego de la notificación para que presente por escrito los argumentos y pruebas en su defensa o solicite que se practiquen unas pruebas”.
Arroyave también ejemplifica que la persona privada de la libertad debe tener un plazo de diez días hábiles luego de la notificación del cierre de la etapa probatoria para que pueda presentar sus argumentos finales, que se le indique la manera y los plazos dentro de los cuales puede presentar los recursos de reposición, apelación y queja contra la decisión final.
Más allá de tener un abogado
Para realizar este especial, Pesquisa Javeriana visitó algunos centros de reclusión en Bogotá en compañía del Semillero en Derecho Penitenciario de la misma universidad — que brindó talleres sobre acceso a la justicia y recursos jurídicos para los migrantes privados de la libertad— y les preguntó sobre su situación jurídica, el respeto a sus derechos procesales y fundamentales.
Uno de los resultados de 36 encuestas realizadas en el Centro Especial de Reclusión (CER), que fue creado para descongestionar las cárceles, estaciones de policía y URI en Bogotá, indica que, si bien todos sabían que tenían derecho a un abogado, doce de ellos (el 33.3 %) afirmaron no haber tenido acceso a uno.
Algunos estudios sobre el acceso a la defensa técnica en América Latina y en Colombia demuestran los obstáculos que se interponen para una asistencia legal. Por ejemplo, Sánchez reconoce que “el sistema de defensoría pública tiene unos defensores que están sobrecargados, tienen muchos casos y limitaciones para que la Defensoría del Pueblo pueda recolectar evidencias y hacer una propia investigación que permita defender de manera más eficaz”, señala Liliana Sánchez.
Aunque la vicerrectora de Investigación de la Javeriana es clara en afirmar que esta situación perjudica a todos los procesados, independientemente de su nacionalidad, sí puede afectar más a quienes no tienen recursos económicos para asistencia legal privada.
En la misma encuesta, 21 de los 36 encuestados denuncian no estar al tanto de su situación jurídica, diez denuncian que han sido sometidos a torturas, tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes y trece aseguran que no se les ha garantizado el derecho a la salud.
Pesquisa Javeriana también llevó ese mismo cuestionario a la Cárcel Distrital. Participaron 31 reclusos entre colombianos y venezolanos. En este centro solo uno afirmó no tener abogado, seis dijeron que no han tenido un buen acompañamiento y ocho no están al tanto de su situación jurídica. Veintiuno argumentan no haber sido condenados.
Según cifras del Inpec, a corte de marzo en Colombia había más de 96 mil presos, de los cuales, 2 394 eran venezolanos, y aunque la muestra de Pesquisa Javeriana no es representativa, pues suma 67 encuestas, sí alerta sobre numerosos casos en los que se podrían estar afectando el proceso legal y el trato digno del privado de la libertad venezolano.
Nostalgias compartidas
Aunque el artículo 60 del reglamento interno del Inpec establece la garantía de comunicaciones periódicas con los familiares, y en otras cárceles como la Distrital y las demás administradas por los municipios, también se procura la garantía de esta comunicación, sin embargo, Claudimar Mora revela que en los últimos meses no ha sido fácil.
“Hay algunas compañeras venezolanas — o de otros países— que tienen familia aquí, pero en mi caso no tengo a nadie. Antes — durante el confinamiento estricto por la pandemia— teníamos llamada por Skype y nos comunicábamos, pero ahora, como hay visitas (presenciales) ya no nos la dan (las llamadas) y ahorita se está complicando mucho. Tengo como tres o cuatro meses sin ver a mi mamá y llamarla es muy difícil porque los minutos son carísimos, entonces, cuando uno lo llama, es: ‘Hola, ¿cómo está?’ Y ya estuvo’”.
A su voz se suma la de José Barreto, quien también se encuentra en la Cárcel Distrital. “La comunicación con mi familia es súper difícil, ya que con la situación económica que estoy pasando acá y la que hay en Venezuela, no me puedo comunicar mucho. El minuto para Venezuela cuesta mil pesos, es como para que me escuchen cada dos meses. Tengo ocho meses aquí y no he recibido la primera vez una visita”.
En la encuesta realizada por Pesquisa Javeriana, veinte de las 36 personas del CER afirmaron que no han podido recibir visitas sin complicaciones. Sobre este tema, Salomé Linares y Carolina Montoya, del semillero en Derecho Penitenciario de la Javeriana, escribieron una columna de opinión para este especial en donde cuentan cómo la Corte Constitucional protegió — en la sentencia T-135 de 2020 — el derecho de los migrantes a recibir visitas en la cárcel sin exceso de tramitología.
“Yo sé que es difícil recibir una visita, pero más difícil es no recibirla. Uno sufre más que todo por ellos, porque uno sabe que ellos se sienten mal, que no saben de uno, se preocupan mamá y papá, que uno está enfermo, que se deprime, toda esa cuestión. Eso es lo que a uno verdaderamente lo entristece en este lugar: la familia”, confiesa Claudimar Mora.
En la cárcel Distrital, de 31 encuestados entre colombianos y venezolanos, solo trece afirmaron poder recibir visitas sin complicaciones.
Una solución más que política
Pero el problema de la comunicación con sus familiares no comienza después de estar en prisión, sino desde la captura. En la mencionada encuesta que realizó Pesquisa Javeriana se les preguntó a los reclusos si sabían que tenían derecho a utilizar los servicios consulares para comunicarse con su país y sus familiares. Veinte afirmaron no saber y aunque 16 respondieron afirmativamente, ninguno se ha podido comunicar con sus familiares a través de estos servicios.
Pesquisa Javeriana conoció un derecho de petición respondido por la Fiscalía General de la Nación que documenta cuántos venezolanos han usado los servicios consulares para avisar a su gobierno sobre su situación. Entre 2019 y 2021, 344 venezolanos usaron este recurso, frente a 2190 que no lo hicieron.
Liliana Sánchez indica que cada persona es libre de decidir si avisa o no al consulado y puede ser varias las razones por las que lo hacen o no.
“Puede ser que no confían en su gobierno. Sería interesante preguntarle a esa población por qué no están avisando. Es extraño que no quieran avisar porque les pueden ofrecer asistencia legal, facilitar la comunicación con sus familiares o con amigos o con asesoría legal, pueden hacer visitas para establecer las condiciones de la detención y verificar si se están violando o no derechos fundamentales. La asistencia consular podría tener potencialmente beneficios interesantes”.
En el 2018, la Procuraduría entrevistó a 87 internos que se encontraban en las cárceles de El Buen Pastor, La Modelo, La Picota y las URI de Ciudad Bolívar, Engativá y Usaquén y tras las conversaciones denunció un abandono consular hacia los ciudadanos venezolanos.
“La Procuraduría exhorta al gobierno a la adopción de un plan especial de trabajo que permita atender la situación de los ciudadanos venezolanos privados de la libertad, hacer seguimiento a sus condiciones, entablar acciones diplomáticas para garantizar los DDHH (derechos humanos) y diseñar una estrategia para prevenir y controlar los efectos de un incremento en la población reclusa de nacionalidad venezolana en los centros carcelarios y URI del país”, señaló la institución en el informe.
Para Martha Márquez, doctora en Ciencias Sociales y Humanas con más de 15 años de experiencia en docencia e investigación y actualmente directora del Centro de Investigación y Educación Popular (CINEP), para entender esta situación resulta clave analizar la falta de relaciones consulares entre Colombia y Venezuela, que para ella son inexistentes.
“Desde el 2019 se rompieron las relaciones entre Colombia y Venezuela, fundamentalmente cuando el gobierno de Iván Duque decidió apoyar esa iniciativa para llevar ayuda humanitaria a Venezuela — que fue vista por el gobierno venezolano como una estrategia para impulsar un golpe de Estado adentro de ese país—”, explica.
Márquez asegura que no solo se rompieron las relaciones diplomáticas, que se traduce en que se suspendieron mecanismos de concertación binacional como mesas de seguridad, comercio y desarrollo, también se rompieron las relaciones consulares.
“El gobierno colombiano se niega a cualquier interlocución con el gobierno de Venezuela porque considera que es legitimar la dictadura. Esto tiene unos costos muy grandes, pues Colombia se queda sin las relaciones con el país con el que tiene la frontera terrestre más grande. Los consulados son las instituciones de los ministerios de relaciones exteriores encargados de brindar asistencia a los ciudadanos por fuera de su país y eso incluye también la asistencia jurídica o las visitas a las cárceles para verificar las situaciones en la que se encuentran los presos. Eso no se da ni de colombianos en Venezuela, ni de venezolanos en Colombia”, añade Márquez.
En el capítulo de este especial que cuenta la situación de los migrantes venezolanos privados de la libertad que pertenecen a la población LGBTI, Alicia Bustos*, de 27 años, madre de dos hijos y bisexual, dice que el Inpec brinda algunas ayudas para el aseo: “Ellos les colaboran a los migrantes con un kit cada tres meses que consta de dos rollos de papel higiénico, una afeitadora, un jabón de baño, una crema y un cepillo de dientes”, pues “la embajada de Venezuela en Bogotá solo vino una vez, en 2015, y no volvió. Los venezolanos estamos abandonados”, denuncia.
El gobierno de Iván Duque reconoce oficialmente a Juan Guaidó – y no a Nicolás Maduro- como el presidente de Venezuela, con quien se rompieron las relaciones consulares desde 2019-, esto hace que la actual embajada de ese país en Colombia tenga algunas limitaciones, pues Guaidó, aclara Martha Márquez, no tienen el respaldo económico ni político para ejercer un amplio cuidado de las relaciones consulares que, en últimas, termina afectando a los migrantes venezolanos.
“Juan Guaidó surgió como una figura joven en el parlamento que se vio como una esperanza. Estaba montado sobre la idea de que muy pronto el gobierno de Maduro iba a caer. Han pasado dos años largos y eso no ha ocurrido. No tiene poder, es decir, él nombró embajadores pero no significa que haya construido una estructura de gobierno en el exterior con el nombramiento de cónsules que realmente puedan cumplir con todas las funciones consulares, hacen cosas muy importantes, pero no tienen los recursos para poder hacer lo que le compete a un consulado”, señala la directora del CINEP.
Una nota del diario El Espectador registra cómo la débil infraestructura de esa representación consular puede afectar los procesos legales de los venezolanos detenidos en Colombia.
En la publicación, el periodista Felipe Morales narra el caso de Yacsy Álvarez, una ciudadana venezolana capturada por hacer parte de la operación Gedeón, que buscaba derrocar al gobierno de Maduro, y a quien presuntamente no se le informó que tenía derecho a usar los servicios consulares para comunicarse con su gobierno. Esto podría ser un error procedimental que la dejaría en libertad.
La jueza que lleva este caso reconoció que el consulado de Guaidó en Colombia “no cuenta con sede física, solo con una oficina virtual que no da apoyo a privados de la libertad”, registró el diario El Espectador.
En la página web de la embajada hay un número de contacto que remite a un chatbot de WhatsApp. Cuando se selecciona la opción de solicitar información sobre la embajada, aparece el siguiente mensaje:
“Actualmente no contamos con sede diplomática, ya que esta se encuentra bajo usurpación”.
Por otro lado, el chatbot informa que los servicios consulares que presta la embajada son cuatro: certificación de carta de soltería, certificación de fe de vida, legalización de diploma de título de pregrado, posgrado y notas universitarias (próximamente), y la certificación de partida de nacimiento de menores nacidos en Colombia (próximamente). No se habla de ayuda a los ciudadanos venezolanos privados de la libertad.
Esta falta de apoyo por parte de su propio gobierno podría acentuar sus vulnerabilidades, pues, aunque los colombianos también viven el hacinamiento y padecen las mismas condiciones insalubres que llevaron a que la Sala Plena de la Corte Constitucional declarara el estado de cosas inconstitucionales en las cárceles por la violación sistemática de derechos fundamentales —que ya lo había hecho en 1998 y recientemente lo extendió a los centros de detención transitoria (Sentencia Su-122 de 2022)—, los migrantes no suelen tener una red de apoyo familiar que alivie su condición en las cárceles en materia de acceso a recursos ni apoyo para trámites.
“Sin consulado y sin familias están absolutamente desprotegidos”, Martha Márquez, directora del CINEP.
La solución a este tema, según la directora del CINEP, es que el próximo gobierno colombiano restablezca las comunicaciones con Nicolás Maduro, aunque eso no asegura que Venezuela se encargue de sus ciudadanos, pues el presidente considera que quienes se fueron son “traidores de la patria y que han huido del país”.
Por otro lado, Martha Márquez dice que localmente “no sobra el que piense que si hay que proteger a alguien es a los colombianos y no a los venezolanos. Es que ese es el problema de la xenofobia, son más vulnerables a la violación de sus derechos porque están abandonados, pero también por el hecho de ser extranjeros, yo creo que la xenofobia también cruza esos cuerpos”.
Entre la desesperanza y el optimismo
Una de las dificultades que tienen los privados de la libertad venezolanos es a acceder a otro tipo de formas de reclusión diferentes a la intramural, pues al ser migrantes y no tener un lugar de vivienda establecido, no pueden solicitar una prisión domiciliaria, por ejemplo. “Es muy difícil porque en mi caso yo no tengo un radicado”, afirma Claudimar Mora, “no tengo una persona que me reciba, que diga: sí, yo soy la que me voy a encargar de ella para lo que se necesite”, añade.
A esto se le conoce como el arraigo y es “uno de los requisitos para poder otorgar una detención domiciliaria, que resulta muy difícil porque el riesgo de fuga es muy alto, ya que finalmente son extranjeros y muchos de ellos ilegales, no tienen una situación migratoria regular en el país, entonces en esos escenarios normalmente la medida de aseguramiento puede ser la detención preventiva — que ya se usa de manera amplia y esa es una de las críticas a nuestro sistema penal—, pero de nuevo, para esta población en particular se usa más, entonces es aún más grave el efecto”, explica Astrid Sánchez.
Aunque resulte paradójico, la vida en la cárcel, para aquellos que llegaron sin nada, les dio cosas que no calcularon y de las cuales se aferran para la vida después de la prisión. “Como extranjeros, para acceder a la salud tenemos que tener un permiso de permanencia, pero aquí en la cárcel nos están dando EPS, Capital Salud, por solo estar aquí internas, ya no como antes”, describe Claudimar Mora.
Para ella, “llegar a un lugar de estos fue, en mi caso, beneficioso para conocer personas. Por ejemplo, está la Fundación Acción Interna; ellos colaboran aquí adentro y cuando salimos. También está la fundación de Emaús, que una iglesia católica que también colabora mucho con las personas que salen privadas de la libertad, o Casa Libertad, entonces eso suma oportunidades que a uno le beneficia como extranjero porque uno no tiene absolutamente nada afuera, nada”.
En 2021 el gobierno de Iván Duque, a través del estatuto temporal de protección para migrantes venezolanos, buscó legalizar a alrededor de dos millones de venezolanos que están en Colombia. Con esta política se puede obtener permiso para trabajar, sin embargo, una de las condiciones para tener este documento es no tener antecedentes, lo que dificultaría la reinserción de los pospenados al mundo laboral en Colombia.
“Sé que suena súper desalentador, como si fuera el Mito de Sísifo: la gente tratando de subir la roca que luego se les devuelve y seguimos como en ese mismo ciclo. En todo caso, lo que siento es que ya hay más herramientas legales y se han presionado ciertas herramientas de política pública que también impactan de manera positiva en este tipo de situaciones”, resume Liliana Sánchez.
Algunas propuestas para mejorar la situación carcelaria en el país han sido reemplazar el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, que en treinta años ha tenido más de veinte directores— algunos han sido destituidos por escándalos de corrupción—, construir más cárceles, tanto públicas como privadas y diseñar e implementar políticas de tratamiento diferencial a población vulnerable.
Las cárceles colombianas están sobrepobladas pero llenas de ausencias. Faltan camas, faltan guardias, faltan defensores públicos y también falta que los tomadores de decisión— gobierno, Congreso, Inpec y Ministerio de Justicia— escuchen las voces de las organizaciones que han documentado el día a día de los presos en Colombia y, así, construir soluciones a la crisis carcelaria y al abandono histórico que impacta a todos los presos y con más sensibilidad a una población migrante vulnerable.
*Te invitamos a ver el trabajo completo en este enlace: Migrantes y prisioneros del abandono
**Pesquisa Javeriana, El Espectador, Tuu Putchika, la Fundación Acción Interna, el Semillero de Derecho Penitenciario y la Maestría en Periodismo Científico de la Pontificia Universidad Javeriana nos unimos para presentar una radiografía sobre los migrantes, especialmente venezolanos, en las cárceles colombianas. Las paradojas de estos espacios no se limitan al hacinamiento; ser foráneos les plantea dificultades para acceder a la justicia o la salud y a comunicarse con sus familias.
Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.