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Así se logró el fallo que exoneró a un joven palenquero del servicio militar

Fernando Tamayo, profesor de la Universidad de Los Andes, habló con El Espectador sobre la tutela que logró que un joven de San Basilio de Palenque, reclutado contra su voluntad por el Ejército, fuera exonerado del servicio militar obligatorio.

Tomás Tarazona Ramírez
15 de mayo de 2024 - 05:10 p. m.
Una sentencia de la Corte Constitucional ordenó que el Ejército no podía obligar a jóvenes afro de prestar el servicio militar.
Una sentencia de la Corte Constitucional ordenó que el Ejército no podía obligar a jóvenes afro de prestar el servicio militar.
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Fernando Tamayo hace parte del equipo de abogados que, hace dos años, logró que la Corte Constitucional aclarara que los hombres con arraigo en el pueblo afro no están obligados a prestar servicio militar. Junto a otros profesores de la Universidad de Los Andes, en la que trabaja hace años, y de la mano con abogados afro, vienen trabajando con consejos comunitarios para saldar “la mora que el país tiene con las comunidades negras”, según dice él mismo. La más reciente victoria la tuvieron esta semana, con un fallo de tutela que eximió a un joven palenquero de su incorporación al Ejército.

De contexto: Joven palenquero ganó pulso con el Ejército y quedó exento del servicio militar

Se trata de Breiner Torres Cassiani, un joven palenquero reclutado contra su voluntad por el Ejército en 2021. Torres, que nunca quiso portar uniforme militar ni sumergirse en el universo castrense, fue asesorado por el grupo de litigio y tras casi tres años de pulsos jurídicos, quedó exento de prestar servicio militar obligatorio gracias al fallo de una jueza de Turbaco. En esta entrevista con El Espectador, Fernando Tamayo habla sobre lo que significa la sentencia para las comunidades negras.

¿Cómo se enteraron del caso de Breiner Torres?

La Corte Constitucional publicó en 2021 una sentencia que prohibía al Ministerio de Defensa reclutar a jóvenes afro. El Ministerio dijo que la iba a aplicar, pero que necesitaba tiempo para revisar la situación militar de todos los soldados pertenecientes a comunidades negras que hubiese dentro de sus tropas. Empezamos buscando casos para garantizar que esa sentencia se estuviera cumpliendo cabalmente. Pero según nos informaron las comunidades afro, el Ejército siguió haciendo barridas (reclutamiento) de jóvenes afro, así que empezamos a buscar a estos jóvenes para buscar cómo regularizar su situación militar.

¿El Ejército no estaba cumpliendo lo dictado en la sentencia?

Cuando el caso de Breiner llegó a nosotros, había una discrepancia para interpretar la sentencia. Tanto lo que decía la Corte Constitucional como lo que nosotros como equipo interpretamos era distinto. Por ejemplo, no era claro que la decisión judicial de exonerar jóvenes afrocolombianos del servicio militar aplicaba para todos los integrantes de minorías étnicas del Ejército, o si eran aquellos reclutados después de 2021, que fue el año que se publicó la sentencia.

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Una jueza de Turbaco falló a favor de exonerar a Breiner del servicio militar obligatorio. ¿Qué significa esta decisión para el joven y para las comunidades negras?

La decisión tiene dos significados: uno de derecho procedimental y otro para las comunidades afro. En cuanto al procedimental, esta sentencia reconoce que el Ejército siguió haciendo lo que la Corte ordenó terminar. Esto reconoce que hay una manera que tienen los jóvenes afro de defenderse sin necesidad de recurrir a mecanismos administrativos. Prácticamente, se dice que el Ejército estaba violando una decisión judicial.

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Por otro lado, está el significado afro. Es una realidad reconocida que la mayor parte —si no todas— de las comunidades negras están ubicadas en zonas geográficas de mayor incidencia de conflicto armado. Eso ha implicado una doble victimización: una por parte de los actores armados y otro por el lado del Estado que continúa su reclutamiento.

¿Qué mensaje tiene esta sentencia para Breiner?

El caso de Breiner es una de esas personas que no conocía sus derechos y, aun así, no quería ser reclutada por el Ejército. Esto es algo extendido en las comunidades: se graduó del colegio, tenía un hijo, una esposa y no quería prestar servicio militar. Es fundamental saber que el Ejército es una opción, pero no es la única. Es importante saber que los jóvenes afro no pueden ser reclutados obligatoriamente. Esta decisión abre oportunidades a los proyectos de vida de Breiner, que independientemente de cuáles sean, puede tomar una decisión.

¿Y para el resto de los jóvenes afro?

La sentencia les da posibilidad de decisión a los jóvenes de comunidades negras. No tener que ir al Ejército implica cambios en la comunidad. Implica no tener que desarraigarse, alejarse de sus costumbres ni poner su vida en peligro durante un año. Hay posibilidades para el futuro de estas comunidades, que esperan que el Estado resuelva las deudas que aún tiene con ellas.

¿Hay otros casos como el de Breiner?

No tenemos conocimiento de algún otro joven afro que haya quedado exento del servicio militar, al menos a través de una tutela. Es posible que algún joven haya pedido por vía administrativa exonerarse del servicio militar. Todos los afros pueden solicitar al Ejército que regularice su situación por tener obligación jurídica. Pero hasta ahora, el caso de Breiner es el primer caso que un joven negro es exonerado de prestar servicio militar obligatorio.

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¿Qué siente con este avance para las comunidades afro?

Es un gusto estar en este equipo de litigio estratégico. Hay gente muy interesada en las comunidades negras. Además hay personas de los propios consejos comunitarios afro que tienen formación jurídica dentro del grupo. Son profesionales muy capacitados que han hecho un trabajo increíble y se identifican con la exclusión que las comunidades negras han sufrido y la vulneración de derechos que han tenido.

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Tomás Tarazona Ramírez

Por Tomás Tarazona Ramírez

Periodista de investigación con énfasis en conflicto, memoria y paz.ttarazona@elespectador.com

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