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Conozca cómo se presenta y se aprueba una ley en Colombia

Desde su radicación hasta la firma presidencial son los ocho pasos para que un proyecto de ley se apruebe en el país. Le contamos cuál es el recorrido de las leyes a las que, hoy en día, deben acogerse los colombianos.

27 de mayo de 2024 - 11:47 p. m.
Inicio de sesiones 2024.
Inicio de sesiones 2024.
Foto: Óscar Pérez

A diario se hablan sobre leyes, reformas constitucionales o decretos que se discuten en la sala de máquinas del Congreso. Sin embargo, no todos los proyectos deben pasar por los mismos recorridos para ser aprobadas y, a final de cuentas, convertirse en leyes que impacten a los colombianos. Eso depende de qué tipo de proyecto se discuta y varía teniendo en cuenta el tema.

El Congreso tiene la función constitucional no solo de debatir a diario decenas de proyectos que pretenden reformar o cambiar algún aspecto de la vida social o económica del país. Además, son los encargados de redactar y discutir, entre los 172 legisladores que hoy componen el Legislativo, cuáles serán las nuevas normas que entrarán a regir el país.

Acá le explicamos cómo es el paso a paso para que todo tipo de ley, desde las reformas que propone el presidente Gustavo Petro, hasta las que adjudican el presupuesto anual a los gobiernos locales, se discuta y aprueben.

1. Redactar el proyecto que busque crear, modificar, adicionar o suprimir una ley colombiana. Los legisladores hacen estudios y sondeos para que cada proposición que se haga tenga la suficiente argumentación e impacto en el país.

2. Presentarlo ante la Secretaría General del Senado, la Cámara de Representantes o en las plenarias. De ahí, esta instancia le asigna un número de radicado y lo clasifica de acuerdo a su necesidad. Luego, el presidente de cada cámara lo envía a la comisión de la cámara que él haya decidido que debe estudiarlo.

Dependiendo del tema o la urgencia del proyecto, este pasa a una de las siete comisiones que componen tanto el Senado como la Cámara de Representantes. La Comisión Primera, por ejemplo, discute los asuntos más importantes del país como lo son las reformas constitucionales, los derechos o la organización del Estado.

3. El proyecto pasa a la comisión asignada. Allí, el presidente de esta le asigna uno o varios ponentes. Ellos serán los congresistas encargados de estudiar el proyecto de ley y presentar un informe, conocido como ponencia, en el cual se especifica si es conveniente o no el documento.

4. Cuando la ponencia está lista, se publica en la Gaceta del Congreso. Luego, la comisión se reúne para debatirlo y decide si archivar o aceptar el proyecto. Tal discusión puede hacerse artículo por artículo. En esta, los congresistas pueden modificar, suprimir o adicionar artículos a su criterio.

5. Sigue una ponencia para el segundo debate. Allí, la comisión lo vota. Si se aprueba por mayoría simple, el presidente de esta comisión asigna a nuevos ponentes para el segundo debate. Ellos vuelven a revisar el proyecto detenidamente y elaboran una ponencia para discutirlo en la plenaria de la cámara que corresponda. También hay escenarios en que los proyectos son aprobados, o rechazados, de manera unánime, es decir, todos votan a favor o en contra.

6. Cuando la ponencia del segundo debate esté lista, se realiza la publicación y se discute en la plenaria de la cámara asignada. Allí comienza la discusión, en la que el coordinador del proyecto lo presenta, previo a que congresistas y ministros den sus opiniones. Aquí la discusión también puede darse por el proyecto en totalidad o alguno de sus artículos.

7. Si el proyecto es aprobado en la plenaria de la cámara inicial, el presidente de esta instancia lo remite al presidente de otra cámara con todos los documentos necesarios para su comprensión y estudio. En esta cámara el proyecto hace el mismo proceso que en la anterior.

8. Una vez se apruebe el proyecto de ley en los dos debates, se envía al presidente de la República para su sanción. Si el mandatario está de acuerdo, puede sancionarlo y promulgar lo convirtiéndolo así en ley nacional. Si el presidente no está de acuerdo o lo considera inconstitucional, puede devolverlo a la cámara inicial para que lo revise nuevamente.

En caso de que esto pase, el proceso se conoce como objeción presidencial. Un presidente puede negarse a sancionar la ley, ya sea por inconstitucionalidad o por inconveniencia. Si se da por inconveniencia, la ley se devuelve al Congreso para ser discutida y aprobada una vez más. Si es por inconstitucionalidad, la Corte Constitucional entra a definir si el presidente tiene, o no, razón para apelar a ese argumento.

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