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La vacancia judicial establece que los funcionarios y empleados de la mayoría de los juzgados, tribunales y altas cortes disfrutarán de vacaciones colectivas. Por lo tanto, desde el 20 de diciembre de 2023 los juzgados cerraron sus puertas para un breve descanso navideño.
Esta norma está contemplada en el Decreto 546, la Ley 31 de 1971 y el artículo 146 de la Ley 270 de 1996.
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Durante este periodo de descanso, se suspenden los términos judiciales, a excepción de tutelas y habeas corpus, que sí deben continuar sus procesos.
Cabe aclarar, que este régimen no afecta a otros órganos que administran justicia, como la Corte Constitucional, el Consejo de Estado, la Fiscalía General de la Nación. Ellos, por su parte, deberán continuar con sus labores a cabalidad.
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La Rama Judicial informó por medio de su página web que la reapertura de los despachos judiciales será a partir del próximo miércoles 10 de enero de 2024, con excepciones para los juzgados promiscuos de familia, juzgados penales municipales y juzgados de ejecución de penas y medidas de seguridad.
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