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                                                                                                                                El caso de violencia obstétrica en Chocó que llevó a la condena del Estado

                                                                                                                                En Quibdó, una mujer embarazada perdió a su bebé en medio del parto por una serie de negligencias médicas. El caso llegó hasta el despacho de la jueza Dunnia Zapata, quien concluyó que se trató de un homicidio culposo. Condenó al centro hospitalario a pagar una indemnización y le ordenó pedir perdón público a la familia.

                                                                                                                                Valentina Parada Lugo

                                                                                                                                Periodista de Investigación
                                                                                                                                El despacho de la jueza determinó que se cometieron negligencias médicas y violencia obstétrica en este caso.
                                                                                                                                Foto: Archivo
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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                La jueza Dunnia Zapata recibiendo el galardón por mejor sentencia con enfoque de género en 2022.
                                                                                                                                Foto: Archivo Particular

                                                                                                                                “Pienso que, desde lo que hago, cumplo una labor social que está determinada a través de mis fallos”, dice cuando se refiere a su trabajo. La jueza Zapata, desde 2019, incluye el enfoque de género en los casos que recibe, aunque señala que uno de sus mayores retos ha sido tener calidad en sus decisiones, a pesar de las presiones. “Este es un sistema que te presiona mucho por la cantidad, a uno le ponen un número de decisiones que tiene que resolver en cierto tiempo. Eso a veces hace que sea más difícil analizar como uno quisiera cada caso”.

                                                                                                                                Su percepción no es única, es más bien una realidad del sistema de justicia en Colombia. A pesar de eso, su labor la llevó en 2022 a ser galardonada por la Comisión Nacional de Género de la Rama Judicial en el concurso a la incorporación del derecho a la igualdad y la no discriminación en las sentencias judiciales. Ese premio, que promueve cada año la rama judicial y que apoya el Programa Justicia Inclusiva de Usaid asesorando al jurado, así como con la premiación y reconocimientos de los ganadores.

                                                                                                                                Lea: El magistrado poeta que transforma el derecho laboral con enfoque de género

                                                                                                                                Read more!

                                                                                                                                La decisión con la que ganó fue emitida el 30 de junio de 2022 por su despacho. Se trata de un caso de violencia obstétrica y negligencia médica contra una mujer embarazada que ocurrió en 2017 en Quibdó. En el trámite se demostró que, por irregularidades en la atención médica, el bebé perdió la vida en medio del parto. “Es válido concluir que la violencia obstétrica se ha establecido dentro de las prácticas institucionales al interior del sistema de salud y constituye una forma de discriminación de género que atenta contra los derechos humanos, a la salud, sexuales y reproductivos de la mujer”, se lee en la sentencia.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                De ese primer ingreso al hospital no quedó rastro en la historia clínica. Seis horas después, la mujer regresó al centro médico porque continuaban los intensos dolores y fue allí cuando, una médica general, le dijo que el feto tenía una frecuencia cardíaca muy baja y que tenía, en ese momento, una amenaza de aborto espontáneo. “La médica avisó al ginecólogo de turno, pero él dijo que no podía atenderla y le ordenó que le hiciera unos procedimientos por teléfono”, le explicó Zapata a este diario.

                                                                                                                                Sin ninguna experiencia, la médica le puso varios medicamentos intravenosos a la mujer, tal como le había indicado el ginecólogo, para intentar salvar la vida del bebé. La jueza dijo que “la médica no tenía el conocimiento científico para atender esa urgencia, pero se vio obligada a hacerlo en virtud del juramento hipocrático de salvar, al menos, una de las dos vidas”. Dos horas después de ese procedimiento, se rompieron las membranas ovulares (las encargadas de mantener el líquido amniótico del bebé). Según la sentencia, por la urgencia del caso, aunque volvieron a acudir al ginecólogo, tampoco atendió al llamado.

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                Con esta sentencia, se logró la condena del Estado, por tratarse de un hospital público. Por daños morales, la jueza ordenó que se indemnice a las víctimas más directas, que no son sólo la madre, sino también el padre, la abuela, las dos hijas menores de la pareja y hasta al bebé fallecido. Y como medida de justicia restaurativa, la jueza ordenó que el hospital debe publicar la sentencia en su página web durante seis meses. Además, que tienen la obligación de socializar la sentencia con todos sus trabajadores de la salud y llevar un acta de registro del cumplimiento de esa actividad.

                                                                                                                                Vea: La violencia de género en la justicia propia de los pueblos indígenas y afro

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                También, ordenó la creación de una ruta de atención en la prestación del servicio de ginecología y obstetricia para que estos casos no se repitan, además de exigirles que envíen a la familia afectada una comunicación en la que reconozcan todos y cada uno de sus errores que cometieron en su caso. Finalmente, ordenaron que el centro médico organice un acto de perdón público a la familia, por los daños causados. La jueza también compulsó copias al Tribunal de Ética Médica para que investiguen posibles faltas disciplinarias del personal de salud.

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                El caso se ha convertido en un referente en Colombia sobre violencia obstétrica. En la decisión, Zapata también pidió que el expediente se remitiera a la oficina de Alta Consejería para la Equidad de Género, con el fin de que se impulse, desde el nivel nacional, una política de optimización en la prestación del servicio gineco-obstetra en el país. El plazo para cumplir cada una de las órdenes se cumple este miércoles, 31 de mayo. A partir de allí, su despacho comenzará el proceso de seguimiento al fallo.

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                Aunque la jueza Dunnia Zapata no ha cumplido el sueño de aprender a “volar”, quizás una de sus misiones en la vida es quedarse en su departamento para aportar desde la justicia. Así lo menciona ella: “En algún momento alguien me decía que si no me daba pena hablar de esta sentencia en otras partes del país, teniendo tantas falencias sistemáticas y tanta violencia en el Chocó. Y le dije que no, no me da pena, porque lo que quiero es que eso no siga sucediendo, que haya más consciencia sobre lo que representa la muerte de un bebé en una familia”.

                                                                                                                                ¿Sabe qué es la justicia centrada en las personas? Visite Justicia Inclusiva de El Espectador

                                                                                                                                El despacho de la jueza determinó que se cometieron negligencias médicas y violencia obstétrica en este caso.
                                                                                                                                Foto: Archivo
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                La jueza Dunnia Zapata recibiendo el galardón por mejor sentencia con enfoque de género en 2022.
                                                                                                                                Foto: Archivo Particular

                                                                                                                                “Pienso que, desde lo que hago, cumplo una labor social que está determinada a través de mis fallos”, dice cuando se refiere a su trabajo. La jueza Zapata, desde 2019, incluye el enfoque de género en los casos que recibe, aunque señala que uno de sus mayores retos ha sido tener calidad en sus decisiones, a pesar de las presiones. “Este es un sistema que te presiona mucho por la cantidad, a uno le ponen un número de decisiones que tiene que resolver en cierto tiempo. Eso a veces hace que sea más difícil analizar como uno quisiera cada caso”.

                                                                                                                                Su percepción no es única, es más bien una realidad del sistema de justicia en Colombia. A pesar de eso, su labor la llevó en 2022 a ser galardonada por la Comisión Nacional de Género de la Rama Judicial en el concurso a la incorporación del derecho a la igualdad y la no discriminación en las sentencias judiciales. Ese premio, que promueve cada año la rama judicial y que apoya el Programa Justicia Inclusiva de Usaid asesorando al jurado, así como con la premiación y reconocimientos de los ganadores.

                                                                                                                                Lea: El magistrado poeta que transforma el derecho laboral con enfoque de género

                                                                                                                                Read more!

                                                                                                                                La decisión con la que ganó fue emitida el 30 de junio de 2022 por su despacho. Se trata de un caso de violencia obstétrica y negligencia médica contra una mujer embarazada que ocurrió en 2017 en Quibdó. En el trámite se demostró que, por irregularidades en la atención médica, el bebé perdió la vida en medio del parto. “Es válido concluir que la violencia obstétrica se ha establecido dentro de las prácticas institucionales al interior del sistema de salud y constituye una forma de discriminación de género que atenta contra los derechos humanos, a la salud, sexuales y reproductivos de la mujer”, se lee en la sentencia.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                De ese primer ingreso al hospital no quedó rastro en la historia clínica. Seis horas después, la mujer regresó al centro médico porque continuaban los intensos dolores y fue allí cuando, una médica general, le dijo que el feto tenía una frecuencia cardíaca muy baja y que tenía, en ese momento, una amenaza de aborto espontáneo. “La médica avisó al ginecólogo de turno, pero él dijo que no podía atenderla y le ordenó que le hiciera unos procedimientos por teléfono”, le explicó Zapata a este diario.

                                                                                                                                Sin ninguna experiencia, la médica le puso varios medicamentos intravenosos a la mujer, tal como le había indicado el ginecólogo, para intentar salvar la vida del bebé. La jueza dijo que “la médica no tenía el conocimiento científico para atender esa urgencia, pero se vio obligada a hacerlo en virtud del juramento hipocrático de salvar, al menos, una de las dos vidas”. Dos horas después de ese procedimiento, se rompieron las membranas ovulares (las encargadas de mantener el líquido amniótico del bebé). Según la sentencia, por la urgencia del caso, aunque volvieron a acudir al ginecólogo, tampoco atendió al llamado.

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                Pasó media hora más y, ante la ausencia del especialista, el documento judicial señala que la médica general se vio obligada a atender el parto sin presencia del especialista, pero el bebé nació sin signos vitales. En ese momento llamaron a un pediatra, quien hizo reanimación durante media hora, pero su corazón no latió. Aun así, el hospital emitió el certificado de nacido vivo, según ellos, “porque le prestaron el servicio de reanimación”. Una hora después, emitieron el certificado de defunción.

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                Con esta sentencia, se logró la condena del Estado, por tratarse de un hospital público. Por daños morales, la jueza ordenó que se indemnice a las víctimas más directas, que no son sólo la madre, sino también el padre, la abuela, las dos hijas menores de la pareja y hasta al bebé fallecido. Y como medida de justicia restaurativa, la jueza ordenó que el hospital debe publicar la sentencia en su página web durante seis meses. Además, que tienen la obligación de socializar la sentencia con todos sus trabajadores de la salud y llevar un acta de registro del cumplimiento de esa actividad.

                                                                                                                                Vea: La violencia de género en la justicia propia de los pueblos indígenas y afro

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                También, ordenó la creación de una ruta de atención en la prestación del servicio de ginecología y obstetricia para que estos casos no se repitan, además de exigirles que envíen a la familia afectada una comunicación en la que reconozcan todos y cada uno de sus errores que cometieron en su caso. Finalmente, ordenaron que el centro médico organice un acto de perdón público a la familia, por los daños causados. La jueza también compulsó copias al Tribunal de Ética Médica para que investiguen posibles faltas disciplinarias del personal de salud.

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                ¿Sabe qué es la justicia centrada en las personas? Visite Justicia Inclusiva de El Espectador

                                                                                                                                Por Valentina Parada Lugo

                                                                                                                                Comunicadora Social - Periodista de la Universidad Autónoma de Occidente, con experiencia en cubrimiento de conflicto armado y crisis humanitaria. @valentinaplugo vparada@elespectador.com
                                                                                                                                Ver todas las noticias
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