“El derecho penal llega tarde para las mujeres víctimas de violencia sexual”
Dalila Seoane abogada experta en violencias basadas en género, asesoró a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), no solo en el primer macrocaso que imputó crímenes por este tipo de violencia, sino también en las investigaciones del macrocaso 11.
Valentina Arango Correa
Dalila Seoane, experta de la organización Justice Rapid Response, es especialista en temas de litigio estratégico con perspectiva de género, con una trayectoria de 18 años de experiencia. Ha trabajado con unidades fiscales y organizaciones de sociedad civil en la investigación de crímenes ambientales y de lesa humanidad, principalmente, en Latinoamérica y África. En Colombia, la abogada se destacó por sus asesorías a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) en enfoque de género e interseccional para la identificación de patrones en procesos relacionados con violencia sexual y de género en los macrocasos 02, el cual prioriza la situación en Ricaurte, Tumaco y Barbacoas (Nariño), el 07, que expone el reclutamiento de niñas y niños; y el 11, que profundiza las violencias basadas en género, violencia sexual y los crímenes cometidos por prejuicio en el marco del conflicto armado.
(Lea también: Los retos del primer macrocaso de la JEP que imputó crímenes de violencia sexual)
¿Qué fue lo más particular que encontró sobre la violencia sexual en el marco del conflicto armado en Colombia que no haya visto en otros casos de los que ha asesorado?
Colombia tiene muy buenos y buenas juristas en la investigación de estos crímenes, pero tienen desafíos particulares. Lamentablemente la violencia sexual y de género tiene problemas en la investigación que son muy comunes, no solo en este país sino a nivel América Latina. Entonces es muy interesante como se dan estas retroalimentaciones entre expertos y expertas de Justice Rapid Response y los operadores y operadoras judiciales locales, porque la idea justamente es traer estas experiencias a nivel internacional, que ayudaron en distintos contextos a superar esos desafíos.
¿Cuáles son esos desafíos en la investigación de la violencia sexual?
Lamentablemente, la violencia sexual y de género tiene problemas en la investigación que son muy comunes. A nivel de América Latina encontramos dificultades en el acceso a la justicia, por ejemplo, que muchas veces las mujeres acceden a distintas instancias, ya sean médicas, judiciales y policiales, donde son obligadas a repetir una y otra vez lo que les han sucedido, relatos muy traumáticos. Todo esto se agrava por los estereotipos existentes en la investigación de este tipo de hechos. Por ello, he visto la importancia de que el personal que atiende a víctimas esté sensibilizado en temas de violencia sexual y de género, porque justamente hay muchos problemas en la investigación de estos hechos vinculados a cómo se abordan los primeros momentos de investigación de estos hechos.
¿A qué se enfrentan las mujeres cuando se habla de esos estereotipos?
Cuando hablamos de los estereotipos de género nos referimos a cómo actúan las instituciones para facilitarles (o no) las denuncias a las víctimas, pero que es parte de un problema más grande que afecta a las sociedades patriarcales actuales en cómo perciben los roles de género. Por ejemplo, si los/las funcionarios/as no están sensibilizados/as en temas de género o si los lugares donde se reciben las denuncias no poseen las facilidades para que la víctima hable en privacidad y pueda contar esta experiencia de manera contenida, sucederá (quizá) que la víctima no quiera contar abiertamente lo que le pasó o que las personas comiencen a realizar preguntas sobre cómo estaba vestida, o si iba sola. Otro ejemplo de los estereotipos de género en las investigaciones puede darse cuando los funcionarios realizan interpretaciones sobre si no lloró o lloró poco durante su relato ante las autoridades, entendiendo entonces que tal vez dio el consentimiento, o que si no tiene marcas de resistencia, entonces habrá consentido la relación. Todo esto hace también parte de esos desafíos en el juzgamiento de la violencia sexual y de género, lo que implica y requiere que las autoridades nacionales e internacionales aborden las investigaciones con perspectiva de género para contrarrestar dichos estereotipos.
¿Y cuándo hablamos del caso colombiano con relación a la JEP?
Para decirlo en términos generales, Colombia también ha vivido esta experiencia de tener que luchar contra esos estereotipos de género a través de la sensibilización de operadores judiciales, y creo que, en ese sentido, la JEP tiene una labor muy interesante. De por sí, en sus documentos constitutivos sobre la violencia de género, la violencia sexual ha sido uno de los tipos de crímenes priorizados, aun sabiendo la invisibilización histórica, ahora es uno de los principales procesos, el macrocaso 11. Además, dentro de cada uno de los macrocasos hay elementos de investigación vinculados a hechos de violencia sexual y de género, es decir que hay una clara intención de traer a la luz estos hechos. Además, la sociedad civil ha tenido un rol muy preponderante, porque las instituciones hablan a razón de lo que la sociedad civil también ha exigido durante tantos años. Es una labor que tiene que ser muy bien reconocida.
¿Cree que realmente han existido progresos en las investigaciones a partir de esa intención de visibilizar estos hechos de violencia sexual y de género a nivel de justicia transicional?
En principio, debo destacar que la creación de la Jurisdicción Especial para la Paz es un avance en materia de investigación de hechos de violencia sexual y de género. Además de que está en los documentos constitutivos, hay una intención deliberada de las instituciones de abordar estos hechos. Si vemos en distintos momentos históricos, las decisiones políticas también tienen que acompañar estos procesos. No quiere decir que sea fácil llevar adelante esta tarea, porque estamos hablando de hechos que fueron cometidos hace muchísimo tiempo, y eso dificulta las investigaciones. Por eso, cuando hablamos del enfoque de género, no solamente nos referimos a la violencia sexual que es un aspecto muy importante, sino también hablamos de otros tipos de delitos que dimensiones de género relevante, por ejemplo, los feminicidios o transfeminicidios.
(Lea también: Macrocaso de violencia sexual de la JEP: un mecanismo de acceso a la justicia)
La violencia sexual ha tenido más connotaciones sobre el cuerpo de la mujer que, en general, la otras formas de violencia. Muchas de las víctimas denuncias las consecuencias sobre su salud. ¿Considera importante que se juzguen la violencia de género y sexual de manera conjunta como en el caso 11?
Creo que es importante no perder de vista que más allá de la existencia del macrocaso 11, es un deber y una deuda hacia las víctimas tratar estos hechos de violencia sexual y de género en todos los otros casos que hoy en día están más avanzados en la investigación de la JEP. Cómo se aborde eso procedimentalmente depende de cada institución, y esto también abarca a la JEP. Por ejemplo, y esto lo digo de manera general sin referirme específicamente a esta jurisdicción, ¿la existencia de una unidad de investigación únicamente para hechos de violencia sexual en un país es la mejor solución para el juzgamiento de la violencia sexual o deberíamos sensibilizar a cada una de las instituciones que reciben este tipo de denuncias, independientemente de que sean especializadas en la materia? Eso es una cuestión de política criminal que depende de cada país y de cada sistema. En el caso concreto de Colombia, creo que ha sido muy importante escuchar a las organizaciones de víctimas que solicitaron la apertura de este caso.
¿Cuál considera que es una deuda a nivel de justicia con aquellas víctimas de violencia sexual en el marco del conflicto armado?
Que las sigan escuchando. La tarea de investigación es una tarea muy ardua ante este tipo de hechos. Es importante que desde la institucionalidad se reduzcan las situaciones de revictimización y, al mismo tiempo, recordar que con este tipo de sentencias o pronunciamientos también vienen sistemas de implementación de reparaciones ante esa decisión. Es fundamental no soltarle las manos a las víctimas en lo que son las instancias de implementación de las decisiones. Para sacar esas esas reparaciones de un papel, se necesita seguir un proceso de acompañamiento a las víctimas y que se pueda ver traducido en concreto lo que esas decisiones vienen a traerles como respuesta.
¿De qué manera considera entonces que se puede dar un proceso de reparación colectiva en este tipo de casos que, aunque son sistemáticos, atraviesan experiencias del cuerpo tan individuales?
Por un lado, no olvidarse del aspecto interseccional. No hay una solución o una receta mágica para todas las víctimas. Es importante tener en cuenta de qué grupos de víctimas estamos hablando, qué territorios, etnias, edades, niveles socioculturales, lengua, etc. hay detrás de la violencia sexual y de género. Por esta razón, siempre es necesario ver a la víctima e identificar esas formas de reparación, las cual puedan ser comunitarias; pero tampoco sin olvidar el aspecto psicosocial. Para que una víctima pueda sentirse empoderada, brindar su testimonio y acompañar estos procesos de justicia, primero tiene que estar bien física y mentalmente luego de lo que le sucedió; es fundamental tener un acompañamiento psicosocial para que realmente pueda avanzar en ese camino que implica la justicia transicional. El proceso deber ser respetuoso de sus necesidades y que no las revictimice. Esto también es una forma de reparación. Y también es muy valioso el acompañamiento a nivel comunitario, para que la comunidad pueda entender qué ha sucedido y cómo se pueden contrarrestar ciertas prácticas patriarcales.
¿En qué aporta la justicia para eliminar este tipo de barreras y combatir la violencia de género?
Voy a mencionar algo que quizás suene polémico, pero es lo que siempre digo: el derecho penal siempre llega tarde. Es decir, el daño ya se produjo a una persona y el derecho llega tarde para “remediar” esa situación que se dio en el plano de los hechos. Por eso es importante no ver al derecho penal como algo aislado, sino que la sensibilización en temas de género se debe llevar adelante en todas las instancias nacionales, educativas, laborales, médicas, etc. que son fundamentales para que la violencia sexual y de género no se cometa. Es algo mucho más amplio que la justicia como tal, y no solamente abarca casos de violencia sexual y de género; la justicia tiene que acompañar ese proceso institucional y social de deconstrucción para tratar de restablecer y de reparar el daño que se ha causado. Esa es una tarea que también le compete a las instituciones, a las políticas públicas de inclusión y de acceso a la justicia.
¿Sabe qué es la justicia centrada en las personas? Visite Justicia Inclusiva de El Espectador
Dalila Seoane, experta de la organización Justice Rapid Response, es especialista en temas de litigio estratégico con perspectiva de género, con una trayectoria de 18 años de experiencia. Ha trabajado con unidades fiscales y organizaciones de sociedad civil en la investigación de crímenes ambientales y de lesa humanidad, principalmente, en Latinoamérica y África. En Colombia, la abogada se destacó por sus asesorías a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) en enfoque de género e interseccional para la identificación de patrones en procesos relacionados con violencia sexual y de género en los macrocasos 02, el cual prioriza la situación en Ricaurte, Tumaco y Barbacoas (Nariño), el 07, que expone el reclutamiento de niñas y niños; y el 11, que profundiza las violencias basadas en género, violencia sexual y los crímenes cometidos por prejuicio en el marco del conflicto armado.
(Lea también: Los retos del primer macrocaso de la JEP que imputó crímenes de violencia sexual)
¿Qué fue lo más particular que encontró sobre la violencia sexual en el marco del conflicto armado en Colombia que no haya visto en otros casos de los que ha asesorado?
Colombia tiene muy buenos y buenas juristas en la investigación de estos crímenes, pero tienen desafíos particulares. Lamentablemente la violencia sexual y de género tiene problemas en la investigación que son muy comunes, no solo en este país sino a nivel América Latina. Entonces es muy interesante como se dan estas retroalimentaciones entre expertos y expertas de Justice Rapid Response y los operadores y operadoras judiciales locales, porque la idea justamente es traer estas experiencias a nivel internacional, que ayudaron en distintos contextos a superar esos desafíos.
¿Cuáles son esos desafíos en la investigación de la violencia sexual?
Lamentablemente, la violencia sexual y de género tiene problemas en la investigación que son muy comunes. A nivel de América Latina encontramos dificultades en el acceso a la justicia, por ejemplo, que muchas veces las mujeres acceden a distintas instancias, ya sean médicas, judiciales y policiales, donde son obligadas a repetir una y otra vez lo que les han sucedido, relatos muy traumáticos. Todo esto se agrava por los estereotipos existentes en la investigación de este tipo de hechos. Por ello, he visto la importancia de que el personal que atiende a víctimas esté sensibilizado en temas de violencia sexual y de género, porque justamente hay muchos problemas en la investigación de estos hechos vinculados a cómo se abordan los primeros momentos de investigación de estos hechos.
¿A qué se enfrentan las mujeres cuando se habla de esos estereotipos?
Cuando hablamos de los estereotipos de género nos referimos a cómo actúan las instituciones para facilitarles (o no) las denuncias a las víctimas, pero que es parte de un problema más grande que afecta a las sociedades patriarcales actuales en cómo perciben los roles de género. Por ejemplo, si los/las funcionarios/as no están sensibilizados/as en temas de género o si los lugares donde se reciben las denuncias no poseen las facilidades para que la víctima hable en privacidad y pueda contar esta experiencia de manera contenida, sucederá (quizá) que la víctima no quiera contar abiertamente lo que le pasó o que las personas comiencen a realizar preguntas sobre cómo estaba vestida, o si iba sola. Otro ejemplo de los estereotipos de género en las investigaciones puede darse cuando los funcionarios realizan interpretaciones sobre si no lloró o lloró poco durante su relato ante las autoridades, entendiendo entonces que tal vez dio el consentimiento, o que si no tiene marcas de resistencia, entonces habrá consentido la relación. Todo esto hace también parte de esos desafíos en el juzgamiento de la violencia sexual y de género, lo que implica y requiere que las autoridades nacionales e internacionales aborden las investigaciones con perspectiva de género para contrarrestar dichos estereotipos.
¿Y cuándo hablamos del caso colombiano con relación a la JEP?
Para decirlo en términos generales, Colombia también ha vivido esta experiencia de tener que luchar contra esos estereotipos de género a través de la sensibilización de operadores judiciales, y creo que, en ese sentido, la JEP tiene una labor muy interesante. De por sí, en sus documentos constitutivos sobre la violencia de género, la violencia sexual ha sido uno de los tipos de crímenes priorizados, aun sabiendo la invisibilización histórica, ahora es uno de los principales procesos, el macrocaso 11. Además, dentro de cada uno de los macrocasos hay elementos de investigación vinculados a hechos de violencia sexual y de género, es decir que hay una clara intención de traer a la luz estos hechos. Además, la sociedad civil ha tenido un rol muy preponderante, porque las instituciones hablan a razón de lo que la sociedad civil también ha exigido durante tantos años. Es una labor que tiene que ser muy bien reconocida.
¿Cree que realmente han existido progresos en las investigaciones a partir de esa intención de visibilizar estos hechos de violencia sexual y de género a nivel de justicia transicional?
En principio, debo destacar que la creación de la Jurisdicción Especial para la Paz es un avance en materia de investigación de hechos de violencia sexual y de género. Además de que está en los documentos constitutivos, hay una intención deliberada de las instituciones de abordar estos hechos. Si vemos en distintos momentos históricos, las decisiones políticas también tienen que acompañar estos procesos. No quiere decir que sea fácil llevar adelante esta tarea, porque estamos hablando de hechos que fueron cometidos hace muchísimo tiempo, y eso dificulta las investigaciones. Por eso, cuando hablamos del enfoque de género, no solamente nos referimos a la violencia sexual que es un aspecto muy importante, sino también hablamos de otros tipos de delitos que dimensiones de género relevante, por ejemplo, los feminicidios o transfeminicidios.
(Lea también: Macrocaso de violencia sexual de la JEP: un mecanismo de acceso a la justicia)
La violencia sexual ha tenido más connotaciones sobre el cuerpo de la mujer que, en general, la otras formas de violencia. Muchas de las víctimas denuncias las consecuencias sobre su salud. ¿Considera importante que se juzguen la violencia de género y sexual de manera conjunta como en el caso 11?
Creo que es importante no perder de vista que más allá de la existencia del macrocaso 11, es un deber y una deuda hacia las víctimas tratar estos hechos de violencia sexual y de género en todos los otros casos que hoy en día están más avanzados en la investigación de la JEP. Cómo se aborde eso procedimentalmente depende de cada institución, y esto también abarca a la JEP. Por ejemplo, y esto lo digo de manera general sin referirme específicamente a esta jurisdicción, ¿la existencia de una unidad de investigación únicamente para hechos de violencia sexual en un país es la mejor solución para el juzgamiento de la violencia sexual o deberíamos sensibilizar a cada una de las instituciones que reciben este tipo de denuncias, independientemente de que sean especializadas en la materia? Eso es una cuestión de política criminal que depende de cada país y de cada sistema. En el caso concreto de Colombia, creo que ha sido muy importante escuchar a las organizaciones de víctimas que solicitaron la apertura de este caso.
¿Cuál considera que es una deuda a nivel de justicia con aquellas víctimas de violencia sexual en el marco del conflicto armado?
Que las sigan escuchando. La tarea de investigación es una tarea muy ardua ante este tipo de hechos. Es importante que desde la institucionalidad se reduzcan las situaciones de revictimización y, al mismo tiempo, recordar que con este tipo de sentencias o pronunciamientos también vienen sistemas de implementación de reparaciones ante esa decisión. Es fundamental no soltarle las manos a las víctimas en lo que son las instancias de implementación de las decisiones. Para sacar esas esas reparaciones de un papel, se necesita seguir un proceso de acompañamiento a las víctimas y que se pueda ver traducido en concreto lo que esas decisiones vienen a traerles como respuesta.
¿De qué manera considera entonces que se puede dar un proceso de reparación colectiva en este tipo de casos que, aunque son sistemáticos, atraviesan experiencias del cuerpo tan individuales?
Por un lado, no olvidarse del aspecto interseccional. No hay una solución o una receta mágica para todas las víctimas. Es importante tener en cuenta de qué grupos de víctimas estamos hablando, qué territorios, etnias, edades, niveles socioculturales, lengua, etc. hay detrás de la violencia sexual y de género. Por esta razón, siempre es necesario ver a la víctima e identificar esas formas de reparación, las cual puedan ser comunitarias; pero tampoco sin olvidar el aspecto psicosocial. Para que una víctima pueda sentirse empoderada, brindar su testimonio y acompañar estos procesos de justicia, primero tiene que estar bien física y mentalmente luego de lo que le sucedió; es fundamental tener un acompañamiento psicosocial para que realmente pueda avanzar en ese camino que implica la justicia transicional. El proceso deber ser respetuoso de sus necesidades y que no las revictimice. Esto también es una forma de reparación. Y también es muy valioso el acompañamiento a nivel comunitario, para que la comunidad pueda entender qué ha sucedido y cómo se pueden contrarrestar ciertas prácticas patriarcales.
¿En qué aporta la justicia para eliminar este tipo de barreras y combatir la violencia de género?
Voy a mencionar algo que quizás suene polémico, pero es lo que siempre digo: el derecho penal siempre llega tarde. Es decir, el daño ya se produjo a una persona y el derecho llega tarde para “remediar” esa situación que se dio en el plano de los hechos. Por eso es importante no ver al derecho penal como algo aislado, sino que la sensibilización en temas de género se debe llevar adelante en todas las instancias nacionales, educativas, laborales, médicas, etc. que son fundamentales para que la violencia sexual y de género no se cometa. Es algo mucho más amplio que la justicia como tal, y no solamente abarca casos de violencia sexual y de género; la justicia tiene que acompañar ese proceso institucional y social de deconstrucción para tratar de restablecer y de reparar el daño que se ha causado. Esa es una tarea que también le compete a las instituciones, a las políticas públicas de inclusión y de acceso a la justicia.
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