El caso que podría ser la primera restitución de tierras en un parque natural
Las víctimas de desplazamiento de un extenso terreno en San José de Uré (Córdoba) podrían ser las primeras personas en Colombia en acceder a la restitución de tierras por vía de compensación por un caso que involucra parques nacionales naturales. El nuevo Plan Nacional de Desarrollo lo permite y estas son las posibilidades para centenares de familias.
Tomás Tarazona Ramírez
Cientos de expedientes, mediciones y horas en terreno podrían convertir a La Danta, una extensa área en el sur de Córdoba, en la primera restitución de tierras en un área ambiental protegida. Desde 2019, en los pasillos de la Unidad de Restitución de Tierras (URT) avanza un proceso para que 102 familias desplazadas del Parque Natural Paramillo, en el año 2000, puedan regresar a un hogar por vía de compensación, lo que significaría la primera restitución de víctimas obligadas a salir de territorios de manglares, reservas forestales o Parques Nacionales Naturales.
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Cientos de expedientes, mediciones y horas en terreno podrían convertir a La Danta, una extensa área en el sur de Córdoba, en la primera restitución de tierras en un área ambiental protegida. Desde 2019, en los pasillos de la Unidad de Restitución de Tierras (URT) avanza un proceso para que 102 familias desplazadas del Parque Natural Paramillo, en el año 2000, puedan regresar a un hogar por vía de compensación, lo que significaría la primera restitución de víctimas obligadas a salir de territorios de manglares, reservas forestales o Parques Nacionales Naturales.
La Danta ha estado en medio del debate sobre si la restitución puede, o no, efectuarse en este tipo de territorios de especial protección ambiental. Según le explicó la URT a El Espectador, este proceso es histórico, pues desde que existen legalmente los Parques Naturales, es decir, desde 1968, nunca se ha adjudicado un predio ubicado en esas zonas a una víctima del conflicto, dado que está dentro de la categoría de terreno baldío adjudicable, es decir, un lote que nunca ha sido explotado y el Estado ha sido, al menos en el papel, su único dueño capaz de decidir qué hacer con él a través de la Agencia Nacional de Tierras.
Según el Registro Único de Víctimas, a corte de 2022, en Colombia se han presentado cerca de ocho millones de casos de desplazamiento forzado; y en Montes de María y el Nudo del Paramillo, las víctimas tuvieron que abandonar más de 82.000 hectáreas por la violencia, según documentó la Comisión de la Verdad. Ahí confluyeron tanto el Ejército Popular de Liberación (EPL) como las Farc y un nutrido grupo de paramilitares bajo las órdenes de Carlos Castaño, que estuvieron involucrados en masacres como la de El Salado, perpetrada entre el 16 y el 22 de febrero del 2000, o la de Chengue, ocurrida el 17 de enero de 2001.
“Como campesino, uno no tiene muchas opciones de decirle que no a quienes estaban armados y se aparecían por ahí a pedir yuca o a estar en los caminos. Un día llegaron personas como del Ejército y nos mandaron a desocupar”, le dijo a este diario Olga Agudelo, miembro de una de las 100 familias que busca la restitución en una zona que tuvieron que abandonar en la primera década de los 2000.
“Debido a la hostilidad en los combates y operaciones militares realizadas por el Ejército, las Farc implementaron un plan armado en 2008, a través del cual habrían buscado limitar el creciente ingreso al territorio por parte de la Fuerza Pública. Para ello, llevaron a cabo la ejecución del denominado ‘Plan Renacer’, en el que las guerrillas desplegaron su acción armada sobre la región a través del enfrentamiento a la Fuerza Pública, la activación de explosivos y el sembrado de minas antipersonal”, se lee en el contexto del caso La Danta, en el registro de la URT.
Las víctimas argumentan que los grupos armados que los desplazaron no diferenciaron si la zona en la que infundieron terror y muerte hacía parte de un Parque Natural. La violencia llegó a los territorios, independientemente de si estaban en municipios rurales, cascos urbanos o reservas forestales. Además, las víctimas alegan que durante décadas ellos habían habitado el territorio, incluso antes de que se constituyera el Parque Paramillo como área de protección natural, en 1977. Todo ello para decir que tienen el derecho a habitar y reclamar esa tierra.
¿Por qué es un hito este expediente?
La Ley de Víctimas, la cual dio origen a la URT, permite a quienes padecieron el desplazamiento o el despojo forzado obtener una restitución de sus tierras o una compensación en casos donde el regreso al territorio no sea posible, por distintas circunstancias. Sin embargo, en esa Ley, expedida en 2011, no se contempló ayudar a víctimas que alguna vez ocuparon territorios de manglar, reserva forestal o, como en este caso, un Parque Natural. Además, en 2016 el gobierno del momento expidió un decreto que prohibió el inicio de cualquier trámite de restitución en estas zonas protegidas.
“El Estado puede abstenerse de iniciar etapa administrativa de restitución cuando los predios que se reclamen estén localizados en zonas de conservación ambiental”, decía la norma de 2016. En otras palabras, las víctimas no podían poner en marcha el primero de dos pasos para acceder a justicia y restitución, ya que si presentaban las solicitudes, el Estado ni siquiera las incluía en el Registro de Tierras Despojadas y Abandonadas Forzosamente. Sin ese registro, los reclamos no eran más que gritos sordos a la justicia.
El panorama empezó a cambiar cuando, en febrero de 2023, el Consejo de Estado aceptó una demanda de la Fundación Forjando Futuros, una organización civil que hace veeduría al proceso de restitución, que alegaba que el decreto de 2016 debía ser suspendido “porque, a 30 de junio de 2022, hay 39.407 solicitudes por resolver (de territorios de especial protección ambiental). Y a esas víctimas del conflicto armado se les estaba negando el acceso a los procedimientos previstos en la ley para repararlas”.
Ante eso, el Consejo de Estado aceptó el argumento que explicaba que el decreto estaba causando un perjuicio irremediable a las víctimas “solicitantes de predios ubicados en zonas de reserva forestal, (...) pues por el solo hecho de la ubicación del predio, se les negara el estudio formal de solicitud de restitución”. El alto tribunal aceptó también que la ley “desconoce la normativa que establece que, si los predios no pueden ser restituidos, se les deberá conceder una compensación a las víctimas”. Por ello, se ordenó la anulación del polémico decreto.
Las familias de La Danta, hasta el 2022, de todas maneras no tenían una posibilidad real de regresar a la zona, porque la Ley de Víctimas tampoco lo permitía. Sin embargo, el Gobierno Petro y su Plan Nacional de Desarrollo añadió un parágrafo al artículo que determina las compensaciones en el marco de la Ley de Víctimas. Con ese pequeño ajuste, se abrió la posibilidad que desplazados de zonas de especial protección iniciaran trámites de restitución. Las más de 100 familias de esta zona cordobesa fueron los primeros en comenzar el trámite y podrían ser también pioneros en un mecanismo de restitución en territorios de especial protección ambiental.
El camino de la restitución
Para Ana Cristina Muñoz, directora de la URT en Córdoba y Bajo Cauca antioqueño, en caso de que se restituya este territorio dentro del Parque Paramillo, el panorama se podría convertir en un “ejemplo nacional, gracias a la labor articulada entre la Unidad de Restitución de Tierras, la fuerza pública, organizaciones sociales y comunitarias”. Guillermo Ardila, presidente de la Junta de Acción Comunal de Santa Fé de Las Claras, en Puerto Libertador (Córdoba), agregó: “Es una deuda histórica que se tenía con las familias desplazadas”.
Con respecto al predio de La Danta, ahora la URT pondrá en marcha la etapa administrativa del caso. El Espectador se comunicó con la directora jurídica de la entidad, Paula Villa, para entender las posibilidades reales de las familias solicitantes. “En el Parque Nacional Natural Paramillo no es posible hacer uso del territorio y, por lo tanto, no se puede restituir las tierras dentro de la zona protegida. Lo que se ha estado dialogando es la compensación por equivalencia de estas familias. Es decir, estamos buscando la creación de una zona de reserva campesina que amortigüe el Parque Natural, donde podamos ubicar a los solicitantes”, explicó Villa.
Ahora, la URT intentará que con la orden judicial de un juez de restitución se reconozca la calidad de víctimas de los solicitantes y que puedan acceder a una compensación como mecanismo de restitución. En este caso, la ubicación en una zona de reserva campesina con la que la justicia reconozca la importancia del cuidado que requieren los Parques Naturales, pero a la vez se gestione la creación de zonas de amortiguación que permitan la convivencia del campesinado con la naturaleza. Y, en relación con los otros miles de casos originados en Parques Naturales, zonas de manglares y de reserva forestal, se intentará llegar a acuerdos con las autoridades ambientales para la ubicación de los solicitantes, que ahora sí pueden acudir a la justicia para reclamar restitución.
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