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“Si los campesinos y campesinas se cansan, Colombia aguanta hambre”, dijo la ministra de Agricultura, Jennifer Mojica, el pasado sábado al reconocer que los quienes trabajan la tierra han estado viviendo décadas de vulnerabilidad y abandono. Su declaración, enmarcada en el Día del Campesino colombiano, fue un nuevo mea culpa del Estado sobre la violencia, exclusión y reclamos de justicia insatisfechos que aún tienen cerca de 10.000 personas en el país.
Los pedidos de acceso a la tierra y mayor presencia estatal del campesinado colombiano son un pliego de peticiones de larga data. Desde hace casi un siglo, en el gobierno de Alfonso López Pumarejo (1934 - 1938) se habla de una reforma agraria que solucionara la inequidad en la tenencia de la tierra y las otras consecuencias que no tener un predio propio.
Sin embargo, las soluciones reales por parte del Estado y una reforma agraria que respondiera a las solicitudes se vieron menos asequibles durante los años de la violencia y el dominio de grupos armados en fincas y veredas. Por ejemplo, en marzo de 2022, a la Comisión de la Verdad llegó un informe de siete organizaciones campesinas en las que se argumentaba que, durante décadas y con la mutación de los actores armados, los campesinos fueron uno de los grupos más agredidos en la guerra. El informe alega que esta población, de la cual depende la alimentación en las ciudades principales, fue igual o más víctima de la guerra que los pueblos étnicos.
Pero no fue sino hasta 2023 que, con el Acto Legislativo 01 de 2023, se buscó saldar esas deudas y victimizaciones de la población. Se trata de una orden expedida por el Congreso en la que se reconoce que el campesinado, al igual que indígenas, negros, niños o personas en condición de discapacidad, son sujetos de especial protección constitucional.
La decisión fue aplaudida por juristas y líderes campesinos como “una lección de dignidad que significa un paso gigante que marca el camino, pero no el final”, según describió Dejusticia, un centro de estudios jurídicos que ha estudiado el tema.
¿Qué significa?
Que una población en Colombia sea reconocida jurídicamente como sujetos de especial protección constitucional implica, en esencia, dos cosas. La primera reconoce que, a diferencia de los otros miles de millones de personas que habitan el territorio, esta población tiene unas dinámicas diferentes que lo distinguen de otros grupos. Estas condiciones, en el caso de los campesinos, de durar toda la vida relacionándose con la tierra y la producción de alimentos, causan en ocasiones que sean discriminados y que no tengan las mismas garantías de igualdad que los demás.
Los grupos afros, por ejemplo, son sujetos de especial protección constitucional porque la justicia y sus líderes han argumentado que desde la época de la Colonia, hace 500 años, estas personas han sido violentadas y rezagadas de la sociedad y el Estado por su pertenencia étnica.
Para Dejusticia, esta decisión de reconocer al campesinado como sujetos de especial protección es una forma de justicia, pues “desde la Constitución Política de 1991 no se tuvo representación directa ni se consignó explícitamente nada relacionado con la territorialidad y el sentir campesino, en comparación con los derechos que sí lograron los pueblos afro e indígena (...) Por más de 30 años, la Corte Constitucional buscó remediar la situación mediante su jurisprudencia, pero quizá no en la dimensión en que sí lo hace el Acto Legislativo”.
Reconocer al campesinado bajo esta categoría implica que se acepta que los reclamos frente al abandono del campo, la violencia que han sufrido en el conflicto armado y la falta de mínimos básicos para vivir sí existen y deben ser solucionadas.
Lo segundo que implica este reconocimiento es una serie de compromisos que hace el Estado para que esta población pueda vivir realmente en igualdad con los demás. Esto es, en pocas palabras, que las instituciones deben amparar especialmente los derechos, necesidades y reclamos de estas poblaciones para lograr garantizar sus derechos fundamentales.
Aunque no haya un camino establecido para garantizar estos puntos, el Acto Legislativo ordena que se otorgará un presupuesto determinado a esta población, además de permitir que si un campesino desea dejar de trabajar en el campo, tendrá el derecho a conservar su tierra y sus bienes.
Pero en los pasillos del Congreso hay una apuesta que busca ir más allá de esos dos puntos: la jurisdicción agraria y la aprobación de una nueva reforma agraria integral. Ninguna de las dos iniciativas ha concluido, pero ambas buscan que, tanto la Rama Judicial como la Ejecutiva cumplan con las necesidades de los campesinos y así haya justicia frente a sus necesidades y reclamos, por ejemplo, en materia de desplazamiento forzado.
Para Margarita Palacio, representante de la Asociación de Campesinos del Bajo Cauca, la decisión es un logro importante, pues “hoy más que nunca podemos decir con orgullo que somos campesinos y sentirnos incluidos en esa Constitución que rige los caminos de Colombia”, según dijo en diálogo con Dejusticia.
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