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                                                                                                                                  Los puntos clave del proyecto de jurisdicción agraria, aprobado en plenaria

                                                                                                                                  Al proyecto solo le falta la sanción presidencial. No obstante, la formación de los jueces especializados agrarios y el órgano de cierre son puntos a discutir que están a la orden del día.

                                                                                                                                  El proyecto modifica el artículo 116 de la Constitución, que establece que esta jurisdicción tendrá la capacidad de administrar justicia.
                                                                                                                                  Foto: Instituo Popular de Capacitación IPC
                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  El texto fue aprobado por 76 senadores en este último debate y en el camino para su implementación solo se atraviesa la sanción presidencial. “Esta reforma nos va a permitir empezar en el camino para resolver litigios y conflictos por la propiedad, uso y tenencia de la tierra y bienes inmuebles en zonas rurales”, explicó en declaraciones el senador y ponente de la iniciativa, Alexander López Maya. ¿Cuáles son los puntos claves de este proyecto?

                                                                                                                                  En contexto: Aprobación agridulce de la Jurisdicción Agraria en último debate en Congreso

                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  “El órgano de cierre es la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Consejo de Estado en los términos del Artículo 237 de la Constitución Política de Colombia”, dice el texto, que amplía, así, las funciones de una de las salas de la Corte Suprema. A la vez, se entiende que para temas administrativos relacionados con tierras, la competencia máxima la continúa teniendo el Consejo de Estado.

                                                                                                                                  Todo esto supone un nuevo escenario en la resolución de conflictos agrarios. Después de la aprobación de esta reforma a la Constitución, estaba en vilo la conciliación en el Congreso sobre cuál sería el órgano que daría cierre a los temas de tierras.

                                                                                                                                  Le puede interesar: Los reclamos y avances en procesos de restitución de tierras en Montes de María

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                                                                                                                                  Read more!
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                                                                                                                                  No ad for you

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                                                                                                                                  Lea también: Cuando la justicia habla de frente: así funcionan los Sistemas Locales de Justicia

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                                                                                                                                  “Casi todos los casos agrarios tienen involucrados temas públicos. En la Corte Suprema lo que se va a atender son más que todo conflictos de propiedad entre particulares o privados, pero en lo administrativo, en el Consejo de Estado, se van a resolver, por ejemplo, problemas de tierras con minas, infraestructuras, protecciones ambientales, entre otros”, explicó.

                                                                                                                                  No ad for you

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                                                                                                                                  Le recomendamos: El desafío de poner el foco de la justicia en las necesidades de las personas

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                                                                                                                                  Para el docente, otro tema para subrayar es que los jueces especializados agrarios deben entender el derecho agrario como un derecho social. Esto, dice, se fundamenta en que su labor debe ir dirigida a proteger al actor más débil durante los conflictos rurales, sobre todo cuando hubo (o hay) presencia de grupos armados: el campesinado. “El juez, en este caso, debería ser más activista, algo que no sucede en los juzgados civiles que por lo general atienden estos casos”, agregó.

                                                                                                                                  No ad for you

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                                                                                                                                  ¿Sabe qué es la justicia centrada en las personas? Visite Justicia Inclusiva de El Espectador

                                                                                                                                  El proyecto modifica el artículo 116 de la Constitución, que establece que esta jurisdicción tendrá la capacidad de administrar justicia.
                                                                                                                                  Foto: Instituo Popular de Capacitación IPC
                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  El texto fue aprobado por 76 senadores en este último debate y en el camino para su implementación solo se atraviesa la sanción presidencial. “Esta reforma nos va a permitir empezar en el camino para resolver litigios y conflictos por la propiedad, uso y tenencia de la tierra y bienes inmuebles en zonas rurales”, explicó en declaraciones el senador y ponente de la iniciativa, Alexander López Maya. ¿Cuáles son los puntos claves de este proyecto?

                                                                                                                                  En contexto: Aprobación agridulce de la Jurisdicción Agraria en último debate en Congreso

                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  “El órgano de cierre es la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Consejo de Estado en los términos del Artículo 237 de la Constitución Política de Colombia”, dice el texto, que amplía, así, las funciones de una de las salas de la Corte Suprema. A la vez, se entiende que para temas administrativos relacionados con tierras, la competencia máxima la continúa teniendo el Consejo de Estado.

                                                                                                                                  Todo esto supone un nuevo escenario en la resolución de conflictos agrarios. Después de la aprobación de esta reforma a la Constitución, estaba en vilo la conciliación en el Congreso sobre cuál sería el órgano que daría cierre a los temas de tierras.

                                                                                                                                  Le puede interesar: Los reclamos y avances en procesos de restitución de tierras en Montes de María

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                                                                                                                                  Read more!
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                                                                                                                                  No ad for you

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                                                                                                                                  Entre sus razones está la importancia de articular la protección ambiental, la cual, dice, va de la mano con el uso y tenencia de la tierra, pues es de vital importancia que no haya límites entre ambos conceptos. “Si las leyes ambientales no le permiten a un campesino sembrar ciertos productos en sus tierras, el derecho agrario se ve limitado por lo ambiental”, aseguró.

                                                                                                                                  Para el docente, otro tema para subrayar es que los jueces especializados agrarios deben entender el derecho agrario como un derecho social. Esto, dice, se fundamenta en que su labor debe ir dirigida a proteger al actor más débil durante los conflictos rurales, sobre todo cuando hubo (o hay) presencia de grupos armados: el campesinado. “El juez, en este caso, debería ser más activista, algo que no sucede en los juzgados civiles que por lo general atienden estos casos”, agregó.

                                                                                                                                  No ad for you

                                                                                                                                  Otro de los puntos que quedó en firme luego de la conciliación es el artículo 4, el cual señala que el Congreso deberá tramitar y expedir, en la próxima legislatura, una ley donde se establezca el funcionamiento, competencias y estructura de la Jurisdicción Agraria. De esta forma, campesinos, congresistas y abogados, como el profesor Roldán, esperan la sanción presidencial de esta reforma.

                                                                                                                                  ¿Sabe qué es la justicia centrada en las personas? Visite Justicia Inclusiva de El Espectador

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