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                                                                                                                                  Musa Besaile condenado: ¿en qué consisten los delitos por los que pagará cárcel?

                                                                                                                                  El más alto escándalo de corrupción dentro del sistema judicial colombiano, el cartel de la toga, acaba de tener una nueva condena con el fallo que encontró culpable a Musa Besaile, exsenador y engranaje de la maquinaria de sobornos. Le explicamos cuáles son los delitos que Besaile aceptó cometer y en qué consisten.

                                                                                                                                  Por su participación en el Cartel de la Toga, Musa Besaile fue condenado a pasar los próximos seis años en prisión.
                                                                                                                                  Foto: El Espectador - GUSTAVO TORRIJOS

                                                                                                                                  Entre aplausos y críticas a la justicia colombiana llegó una nueva condena contra Musa Besaile, exsenador del Partido de la U y protagonista del Cartel de la Toga. Según determinó la Corte Suprema de Justicia, Besaile fue culpable de ofrecer $2.000 millones para alterar procesos judiciales que lo beneficiaran y así no ser procesado por parapolítica.

                                                                                                                                  La condena es un capítulo más de fallos y penas carcelarias de este entramado de corrupción dentro de la Rama Judicial, denominado el cartel de la toga, el cual ha dejado 50 expedientes de corrupción abiertos en la Fiscalía contra magistrados, congresistas, gobernadores y fiscales.

                                                                                                                                  En el caso específico de Besaile, que en el pasado fue una de las voces fuertes del Congreso, es particular. La Corte Suprema de Justicia comprobó que el antiguo senador “había pagado una suma importante de dinero para resultar favorecido en un proceso penal adelantado en su contra por la Corte Suprema de Justicia”. Por esta razón, lo condenó a seis años de cárcel por los delitos de cohecho por dar u ofrecer y el de peculado por apropiación.

                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  Para Francisco Bernate, abogado penalista, es importante analizar este caso bajo la sombrilla de que lo cometido por Besaile se enmarca en el fenómeno de corrupción pública. “Va desde los particulares hasta comprar la función pública, se viola un contrato, se solicita dinero o entrega dinero y el acto está enmarcada, en lugar del bien público, en los bienes personales”, dice el abogado.

                                                                                                                                  ¿Por cuáles delitos debe responder Besaile?

                                                                                                                                  Musa Besaile ya había sido condenado en febrero de 2024 por tráfico de influencias y, en otras palabras, mantener aceitada una maquinaria de corrupción que desfalcó el erario del Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo (Fonade) usando sus cargos como funcionario público. Pero la nueva condena que recibió el pasado 18 de julio es, según penalistas, una prueba más fuerte de la corrupción que cometió Besaile en el centro de máquinas del Estado.

                                                                                                                                  El primer delito que le endilgó la Corte Suprema de Justicia al exsenador es el de cohecho. ¿En qué consiste esto? Según explica Bernate, es un hecho de corrupción en el que una persona pide dinero, o también conocido como coimas, para que una persona altere el curso de alguna acción en su cargo. Es decir, a través de sobornos, un particular ofrece cierto monto a un funcionario público para que retarde, desvíe u omita su trabajo que está dedicado al bien de la ciudadanía.

                                                                                                                                  El castigo penal para quien cometa este delito no solo recae en el funcionario público, que constitucionalmente tiene el trabajo de servir a la ciudadanía a través de su labor. Bernate explica que en este escenario “caen todos”, tanto el servidor público como el privado que ofreció o recibió los dineros.

                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  No ad for you

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                                                                                                                                  El carrusel de contratación de Bogotá, y la posterior condena que la justicia les dio a Guido, Manuel y Miguel Nule es un ejemplo del castigo que reciben quienes cometen el peculado.

                                                                                                                                  ¿Castigo proporcional a los daños?

                                                                                                                                  No ad for you

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                                                                                                                                  El penalista explica: “Cuatro años son mucho tiempo para que una persona esté en una cárcel y privada de la libertad. Lo que creo que pasa es que en Colombia perdimos las dimensiones de lo que es una pena privativa de la libertad ejemplar. El Estatuto de Roma habla que, cuando una condena es superior a los cuatro años, ya se puede catalogar como una sanción grave; la que la impusieron a Besaile, por supuesto, es de mucho tiempo”.

                                                                                                                                  No ad for you

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                                                                                                                                  Por su participación en el Cartel de la Toga, Musa Besaile fue condenado a pasar los próximos seis años en prisión.
                                                                                                                                  Foto: El Espectador - GUSTAVO TORRIJOS

                                                                                                                                  Entre aplausos y críticas a la justicia colombiana llegó una nueva condena contra Musa Besaile, exsenador del Partido de la U y protagonista del Cartel de la Toga. Según determinó la Corte Suprema de Justicia, Besaile fue culpable de ofrecer $2.000 millones para alterar procesos judiciales que lo beneficiaran y así no ser procesado por parapolítica.

                                                                                                                                  La condena es un capítulo más de fallos y penas carcelarias de este entramado de corrupción dentro de la Rama Judicial, denominado el cartel de la toga, el cual ha dejado 50 expedientes de corrupción abiertos en la Fiscalía contra magistrados, congresistas, gobernadores y fiscales.

                                                                                                                                  En el caso específico de Besaile, que en el pasado fue una de las voces fuertes del Congreso, es particular. La Corte Suprema de Justicia comprobó que el antiguo senador “había pagado una suma importante de dinero para resultar favorecido en un proceso penal adelantado en su contra por la Corte Suprema de Justicia”. Por esta razón, lo condenó a seis años de cárcel por los delitos de cohecho por dar u ofrecer y el de peculado por apropiación.

                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  Para Francisco Bernate, abogado penalista, es importante analizar este caso bajo la sombrilla de que lo cometido por Besaile se enmarca en el fenómeno de corrupción pública. “Va desde los particulares hasta comprar la función pública, se viola un contrato, se solicita dinero o entrega dinero y el acto está enmarcada, en lugar del bien público, en los bienes personales”, dice el abogado.

                                                                                                                                  ¿Por cuáles delitos debe responder Besaile?

                                                                                                                                  Musa Besaile ya había sido condenado en febrero de 2024 por tráfico de influencias y, en otras palabras, mantener aceitada una maquinaria de corrupción que desfalcó el erario del Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo (Fonade) usando sus cargos como funcionario público. Pero la nueva condena que recibió el pasado 18 de julio es, según penalistas, una prueba más fuerte de la corrupción que cometió Besaile en el centro de máquinas del Estado.

                                                                                                                                  El primer delito que le endilgó la Corte Suprema de Justicia al exsenador es el de cohecho. ¿En qué consiste esto? Según explica Bernate, es un hecho de corrupción en el que una persona pide dinero, o también conocido como coimas, para que una persona altere el curso de alguna acción en su cargo. Es decir, a través de sobornos, un particular ofrece cierto monto a un funcionario público para que retarde, desvíe u omita su trabajo que está dedicado al bien de la ciudadanía.

                                                                                                                                  El castigo penal para quien cometa este delito no solo recae en el funcionario público, que constitucionalmente tiene el trabajo de servir a la ciudadanía a través de su labor. Bernate explica que en este escenario “caen todos”, tanto el servidor público como el privado que ofreció o recibió los dineros.

                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  No ad for you

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                                                                                                                                  El carrusel de contratación de Bogotá, y la posterior condena que la justicia les dio a Guido, Manuel y Miguel Nule es un ejemplo del castigo que reciben quienes cometen el peculado.

                                                                                                                                  ¿Castigo proporcional a los daños?

                                                                                                                                  No ad for you

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                                                                                                                                  El penalista explica: “Cuatro años son mucho tiempo para que una persona esté en una cárcel y privada de la libertad. Lo que creo que pasa es que en Colombia perdimos las dimensiones de lo que es una pena privativa de la libertad ejemplar. El Estatuto de Roma habla que, cuando una condena es superior a los cuatro años, ya se puede catalogar como una sanción grave; la que la impusieron a Besaile, por supuesto, es de mucho tiempo”.

                                                                                                                                  No ad for you

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