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¿Qué es justicia restaurativa y cómo se aplica en Colombia?

En lugar de castigar, la justicia restaurativa busca que el daño sufrido por las víctimas sea reparado. En el país es aplicada desde distintos frentes: desde el Acuerdo de Paz a la justicia indígena.

05 de mayo de 2023 - 05:35 p. m.
En una audiencia de reconocimiento, madres, padres y hermanos de víctimas de falsos positivos escucharon de los militares cómo una organización criminal en el Ejército asesinó a sus familiares. / Juan Camilo Velandia - JEP
En una audiencia de reconocimiento, madres, padres y hermanos de víctimas de falsos positivos escucharon de los militares cómo una organización criminal en el Ejército asesinó a sus familiares. / Juan Camilo Velandia - JEP
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Reparar a la víctima el daño causado con el delito y reincorporar a su agresor a la sociedad. Esos son los principales objetivos de la justicia restaurativa, una alternativa para resolver los conflictos sociales que está cogiendo fuerza en Colombia. Aunque el Gobierno ha propuesto ampliar su uso, ya varias entidades de la rama judicial llevan años consolidando manuales y recopilando experiencias de cómo esta forma de justicia, que se centra en la participación de las partes, puede solucionar de fondo los problemas que subyacen al crimen.

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La ley colombiana permite la aplicación de la justicia restaurativa desde diferentes ámbitos, como en el sistema penal ordinario ―en el que intervienen jueces y fiscales―, en la justicia transicional ―como la Jurisdicción Especial para la Paz―, los métodos alternativos de resolución de conflictos ―como la mediación comunitaria y la conciliación―, así como en la jurisdicción especial indígena. Ante lo amplio que resulta este concepto, todos los actores han hecho esfuerzos por aterrizarlo a su día a día, a la vez que buscan que los ciudadanos utilicen con más frecuencia este camino.

En general, Colombia incorpora la definición de la Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC) sobre justicia restaurativa: “Es una metodología para solucionar problemas que, de varias maneras, involucra a la víctima, al ofensor, las redes sociales, las instituciones judiciales y la comunidad. Los programas de justicia restaurativa se basan en el principio fundamental de que el comportamiento delictivo no solamente viola la ley, sino también hiere a las víctimas y a la comunidad”. Las diferencias surgen al llevar esta definición a la práctica, desde las funciones y límites de cada entidad.

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La Fiscalía, por ejemplo, expidió en 2022 su Manual de Justicia Restaurativa, en el que aterriza su función en la justicia restaurativa a dos escenarios. De un lado, la mediación, que según el Código Penal consiste en que un tercero neutral, que incluso puede ser alguien designado por el ente investigador, permite el intercambio de opiniones entre la víctima y el victimario, en una audiencia que por lo general debe ocurrir entre la imputación y el inicio del juicio. Salvo en delitos querellables, como injuria y calumnia o lesiones personales, donde se puede mediar en cualquier fase del proceso.

Si las partes llegan a un acuerdo, su cumplimiento debe ser verificado por un funcionario judicial y, dependiendo del delito cometido, puede significar que el agresor se salve de ir a la cárcel, que tenga una rebaja en su pena o que el proceso se cierre. De otro lado está la conciliación, una figura creada por las cortes y se da en dos escenarios. Primero, como paso previo y obligatorio para que la Fiscalía pueda entrar a investigar casos querellables. Es decir, lo primero que debe hacer un fiscal que tiene un caso de injuria, por ejemplo, es citar a las partes a conciliar. Finalmente, víctima y victimario también pueden conciliar sobre el monto de la indemnización.

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Ahora, otra lectura tiene el Gobierno Petro. El Ministerio de Justicia presentó en febrero de 2023 un proyecto de ley que pretende reformar el sistema penal y ampliar el uso de la justicia restaurativa. El Código de Procedimiento Penal actual permite que el acceso a principios de oportunidad para delitos cuya pena mínima es de cinco años y la propuesta gubernamental es que se eleve ese requisito a delitos con penas de al menos ocho años. En la práctica, hoy una persona procesada por invasión de tierras podría buscar una salida restaurativa, pero si se aprueba la reforma, se abre la puerta a delitos con penas mayores, como el desplazamiento forzado.

Otra visión tiene la justicia transicional. En la JEP, la exigencia mayor para los victimarios es que aporten verdad. Si lo hacen, pueden recibir sanciones propias, que consisten en acciones verificadas de reparación de las víctimas que, aunque se suman a la privación de algunas libertades, no implican cárcel. Esto no solo se sale de la lógica del castigo de la justicia tradicional, sino que en esta jurisdicción nacida con el Acuerdo de Paz tiene un rol central cómo las víctimas quieren ser restauradas. Este año se conocerían las primeras sanciones de este tipo, contra militares implicados en falsos positivos y contra el secretariado de las antiguas Farc por miles de secuestros.

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