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Un grupo de adolescentes del barrio Manga, en Cartagena, fueron denunciados recientemente en redes sociales por maltrato animal. De acuerdo con los testigos, los responsables se grabaron arrojando un perrito al mar desde un puente, supuestamente, para que este “aprendiera a nadar”, y, posteriormente, subieron el video en sus historias de Instagram.
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Tras conocer el hecho, varias entidades y fundaciones de protección animal comenzaron a contactar a los implicados con el fin de concientizar sobre el maltrato y saber el paradero y condición del canino.
Según informó el medio El Colombiano, horas después, uno de los jóvenes informó que el perro se encuentra bien y que “es así como lo enseñan a nadar”.
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Juan Carlos Cárcamo García, abogado animalista de Cartagena, especialista en derecho administrativo, rechazó el acto y sugirió a las entidades distritales abrir espacios en los entornos escolares para formar a la juventud frente al cuidado animal.
“Es un hecho totalmente repudiable, corresponde tomar acciones a la UMATA Distrital para que estos hechos no se vuelvan a repetir en la ciudad y se inicien las campañas preventivas en las instituciones educativas, que es donde venimos formando a nuestros jóvenes. Es necesario que se haga un llamado a la empatía y al respeto de la vida de los animales”, puntualizó.
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Maltrato animal en Colombia: ¿a qué se puede enfrentar?
Los delitos en contra de los animales están tipificados en el Código Penal- Artículo 339A donde se indica que “el que, por cualquier medio o procedimiento maltrate a un animal doméstico, amansado, silvestre vertebrado o exótico vertebrado, causándole la muerte o lesiones que menoscaben gravemente su salud o integridad física, incurrirá en una condena”.
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De acuerdo con este artículo, si usted maltrata a un animal, podría enfrentar una pena de prisión de doce (12) a treinta y seis (36) meses, e inhabilidad especial de uno (1) a tres (3) años para el ejercicio de profesión, oficio, comercio o tenencia que tenga relación con los animales y multa de cinco (5) a sesenta (60) salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMLMV).
También existen unos agravantes en estos casos, entre ellos: cuando la conducta se comente con sevicia, cuando el delito ocurra en vía pública, cuando hay presencia de menores de edad, cuando se cometen actos sexuales y cuando estos delitos previstos son realizados por servidores públicos. En caso de comprobarse alguno de estos agravantes, la pena se aumenta de la mitad a tres cuartas partes.
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¿Cuáles son las multas por maltrato animal?
La ley 1774 establece que los actos dañinos y de crueldad contra los animales que no causen la muerte o lesiones que afecten de manera grave su salud o integridad física serán sancionados con multas de 5 a 50 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Recuerde que si tiene conocimiento sobre un presunto caso de maltrato animal puede denunciar a través de la Línea 123 y el Escuadrón Anticrueldad del Instituto Distrital de Protección y Bienestar Animal asistirá el caso.
Este equipo hace la verificación correspondiente y si efectivamente el animal ha sido maltratado, se hace la aprehensión del animal y lo trasladan a la sede del Instituto.
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