“Perros y gatos no son equipaje”: la ley que evitaría llevar a animales en bodega
Con esta iniciativa se espera establecer condiciones dignas y seguras para las mascotas, reconociéndolas como seres sintientes y de especial protección estatal.
Jimena Delgado Díaz
Un proyecto de ley que busca regular el transporte público aéreo, terrestre, marítimo y fluvial de perros y gatos domésticos en Colombia fue radicado ayer, 23 de julio, ante la Cámara de Representantes. La iniciativa, que fue presentada por Carlos Ardila, representante de la circunscripción territorial del Putumayo, ya cuenta con el apoyo de 50 congresistas de diferentes bancadas.
Al respecto, el autor del documento explicó que con esto se espera asegurar condiciones dignas y seguras para las mascotas, reconociéndolas como seres sintientes y de especial protección estatal. “Los perros y gatos domésticos no son equipaje. Son seres vivos con necesidades específicas que deben ser respetadas y protegidas”, dijo Ardila en un comunicado de prensa.
Por esto, para él se deben fijar nuevas reglas y obligaciones que deben cumplir las autoridades, empresas de transporte y usuarios, con el objetivo de garantizar óptimas condiciones de salubridad, seguridad, comodidad, tranquilidad y bienestar animal.
En la propuesta se contempla transportar a los peludos en la cabina de pasajeros, cumpliendo las siguientes normas:
- El animal debe estar acompañado por su dueño o por un responsable durante todo el trayecto.
- La edad mínima del animal deberá ser de cinco meses.
- Solo se podrá llevar un animal por pasajero o responsable.
- Dar aviso al transportador con 24 horas de antelación.
- Presentar fotocopia del carné de vacunación.
La propuesta también incluye la clasificación de las mascotas según el peso. Por ejemplo, cuando el animal pese de 1 a 15 kilos, deberá estar sujetado y no requerirá guacal, sin importar sus medidas, siempre y cuando vaya en los pies, debajo del asiento o al frente, y su transporte tendrá que ser gratuito.
Pero, si el perro o gato supera los 15 kilos de peso, deberá permanecer sujetado, no necesitará guacal y el dueño asumirá los costos por su desplazamiento.
Este valor será definido por la autoridad competente, teniendo en cuenta los gastos operativos, de mantenimiento y otros factores específicos que inciden en la determinación de la tarifa para garantizar el transporte de perros y gatos domésticos en cabina.
Ahora, se espera que el proyecto se someta a cuatro debates en el Congreso. En caso de convertirse en ley de la República, empresas de transporte de todo tipo tendrán tres meses para cumplir con su implementación. Por su parte, el Ministerio de Transporte, la Aeronáutica Civil y el Ministerio de Defensa deberán reglamentar lo relativo al transporte de mascotas.
Por último, la Superintendencia de Puertos y Transporte y la Aeronáutica Civil tendrá tres meses para implementar sanciones a las entidades que sigan transportando a perros y gatos como equipaje, se nieguen a prestar el servicio de movilidad para estos animales, impidan el acceso de los peludos domésticos a establecimientos, instalaciones, medios de transporte u otras ubicaciones y espacios relacionados.
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Un proyecto de ley que busca regular el transporte público aéreo, terrestre, marítimo y fluvial de perros y gatos domésticos en Colombia fue radicado ayer, 23 de julio, ante la Cámara de Representantes. La iniciativa, que fue presentada por Carlos Ardila, representante de la circunscripción territorial del Putumayo, ya cuenta con el apoyo de 50 congresistas de diferentes bancadas.
Al respecto, el autor del documento explicó que con esto se espera asegurar condiciones dignas y seguras para las mascotas, reconociéndolas como seres sintientes y de especial protección estatal. “Los perros y gatos domésticos no son equipaje. Son seres vivos con necesidades específicas que deben ser respetadas y protegidas”, dijo Ardila en un comunicado de prensa.
Por esto, para él se deben fijar nuevas reglas y obligaciones que deben cumplir las autoridades, empresas de transporte y usuarios, con el objetivo de garantizar óptimas condiciones de salubridad, seguridad, comodidad, tranquilidad y bienestar animal.
En la propuesta se contempla transportar a los peludos en la cabina de pasajeros, cumpliendo las siguientes normas:
- El animal debe estar acompañado por su dueño o por un responsable durante todo el trayecto.
- La edad mínima del animal deberá ser de cinco meses.
- Solo se podrá llevar un animal por pasajero o responsable.
- Dar aviso al transportador con 24 horas de antelación.
- Presentar fotocopia del carné de vacunación.
La propuesta también incluye la clasificación de las mascotas según el peso. Por ejemplo, cuando el animal pese de 1 a 15 kilos, deberá estar sujetado y no requerirá guacal, sin importar sus medidas, siempre y cuando vaya en los pies, debajo del asiento o al frente, y su transporte tendrá que ser gratuito.
Pero, si el perro o gato supera los 15 kilos de peso, deberá permanecer sujetado, no necesitará guacal y el dueño asumirá los costos por su desplazamiento.
Este valor será definido por la autoridad competente, teniendo en cuenta los gastos operativos, de mantenimiento y otros factores específicos que inciden en la determinación de la tarifa para garantizar el transporte de perros y gatos domésticos en cabina.
Ahora, se espera que el proyecto se someta a cuatro debates en el Congreso. En caso de convertirse en ley de la República, empresas de transporte de todo tipo tendrán tres meses para cumplir con su implementación. Por su parte, el Ministerio de Transporte, la Aeronáutica Civil y el Ministerio de Defensa deberán reglamentar lo relativo al transporte de mascotas.
Por último, la Superintendencia de Puertos y Transporte y la Aeronáutica Civil tendrá tres meses para implementar sanciones a las entidades que sigan transportando a perros y gatos como equipaje, se nieguen a prestar el servicio de movilidad para estos animales, impidan el acceso de los peludos domésticos a establecimientos, instalaciones, medios de transporte u otras ubicaciones y espacios relacionados.
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