Denuncian que bus del MIO en Cali le negó acceso a un perro guía: empresa responde
El caso se conoció a través de un video publicado en las redes sociales, cuando varios pasajeros, molestos por el episodio, pedían que se les permitiera el ingreso. ¿Qué dijo Metrocali?
Un presunto caso de discriminación contra un hombre con discapacidad visual y su perro guía fue denunciado recientemente a través de las redes sociales. El hecho habría ocurrido en la estación del Sistema Integrado de Transporte Masivo (SITM) MIO Petecuy, en el centro de Cali, Al parecer, un guarda de seguridad y un operador le negaron el ingreso al usuario y a su animal de asistencia, a pesar de que la normativa vigente garantiza su acceso sin restricciones.
El caso se conoció a través de un video publicado en las redes sociales, cuando varios pasajeros, molestos por el episodio, pedían que se les permitiera a esta persona y a su perro lazarillo de raza golden retriever ingresar con normalidad. Según narraron algunos testigos, el bus que hacía la ruta T40, la cual conecta al centro con la Terminal de Andrés Sanín, ubicada al oriente de Cali, permaneció detenido durante más de 20 minutos.
“Yo no me voy a hacer el ciego, este es el certificado de mi perro; aquí están todas las vacunas de mi perro, este tipo de perros son más cuidados que un niño”, se escucha decir al hombre en el video. Mientras que los demás pasajeros se muestran molestos por la situación.
Tras esta polémica, que generó debate en redes sociales, Metrocali, la empresa encargada del MIO, emitió un comunicado ofreciendo disculpas y anunciando que analizarán lo sucedido para tomar correctivos. También reafirmaron su compromiso con la movilidad inclusiva
“Presentamos disculpas a todos nuestros usuarios por el hecho ocurrido en el MIO y reiteramos nuestro compromiso con la movilidad inclusiva. Informamos que según el Decreto 1660 de 2003, los perros de asistencia pueden movilizarse en el sistema masivo sin restricción de horario, siempre que estén identificados con chaleco, carné de certificación y carné de vacunas al día”, indicó Metrocali.
Según la Federación Internacional de Perros Guía (GDF) y la Asociación Internacional de Perros de Asistencia (Assistance Dogs International), para que un canino sea catalogado como perro guía o lazarillo, debe estar entrenado y certificado por una escuela de adiestramiento acreditada.
Además, estos animales deben tener un carnet de identificación y un distintivo que lo acredite, como una cadena, pechera, collar, arnés o chaleco. El carnet que expiden las instituciones u organizaciones debe contener la foto del ejemplar, el nombre y la raza a que pertenece, el nombre e identificación del usuario o propietario del animal, la fecha de expedición y expiración y el centro de capacitación donde fue entrenado.
La normatividad colombiana en torno a la posibilidad que tienen las personas con discapacidad visual de acceder a estas ayudas vivas está establecida en los Artículos 4 y 9 del Decreto 1660 de 2003. El Decreto 1538 de 2005 señala que se debe permitir el acceso de perros guía, y demás ayudas necesarias para quienes presenten dificultad o limitación para su movilidad y desplazamiento. Por su parte, el Código de Policía, indica en el Artículo 124 numeral 2, que no se puede impedir el ingreso de perros guía a lugares públicos y/o en el transporte masivo, pues constituyen una “extensión” del propietario.
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Un presunto caso de discriminación contra un hombre con discapacidad visual y su perro guía fue denunciado recientemente a través de las redes sociales. El hecho habría ocurrido en la estación del Sistema Integrado de Transporte Masivo (SITM) MIO Petecuy, en el centro de Cali, Al parecer, un guarda de seguridad y un operador le negaron el ingreso al usuario y a su animal de asistencia, a pesar de que la normativa vigente garantiza su acceso sin restricciones.
El caso se conoció a través de un video publicado en las redes sociales, cuando varios pasajeros, molestos por el episodio, pedían que se les permitiera a esta persona y a su perro lazarillo de raza golden retriever ingresar con normalidad. Según narraron algunos testigos, el bus que hacía la ruta T40, la cual conecta al centro con la Terminal de Andrés Sanín, ubicada al oriente de Cali, permaneció detenido durante más de 20 minutos.
“Yo no me voy a hacer el ciego, este es el certificado de mi perro; aquí están todas las vacunas de mi perro, este tipo de perros son más cuidados que un niño”, se escucha decir al hombre en el video. Mientras que los demás pasajeros se muestran molestos por la situación.
Tras esta polémica, que generó debate en redes sociales, Metrocali, la empresa encargada del MIO, emitió un comunicado ofreciendo disculpas y anunciando que analizarán lo sucedido para tomar correctivos. También reafirmaron su compromiso con la movilidad inclusiva
“Presentamos disculpas a todos nuestros usuarios por el hecho ocurrido en el MIO y reiteramos nuestro compromiso con la movilidad inclusiva. Informamos que según el Decreto 1660 de 2003, los perros de asistencia pueden movilizarse en el sistema masivo sin restricción de horario, siempre que estén identificados con chaleco, carné de certificación y carné de vacunas al día”, indicó Metrocali.
Según la Federación Internacional de Perros Guía (GDF) y la Asociación Internacional de Perros de Asistencia (Assistance Dogs International), para que un canino sea catalogado como perro guía o lazarillo, debe estar entrenado y certificado por una escuela de adiestramiento acreditada.
Además, estos animales deben tener un carnet de identificación y un distintivo que lo acredite, como una cadena, pechera, collar, arnés o chaleco. El carnet que expiden las instituciones u organizaciones debe contener la foto del ejemplar, el nombre y la raza a que pertenece, el nombre e identificación del usuario o propietario del animal, la fecha de expedición y expiración y el centro de capacitación donde fue entrenado.
La normatividad colombiana en torno a la posibilidad que tienen las personas con discapacidad visual de acceder a estas ayudas vivas está establecida en los Artículos 4 y 9 del Decreto 1660 de 2003. El Decreto 1538 de 2005 señala que se debe permitir el acceso de perros guía, y demás ayudas necesarias para quienes presenten dificultad o limitación para su movilidad y desplazamiento. Por su parte, el Código de Policía, indica en el Artículo 124 numeral 2, que no se puede impedir el ingreso de perros guía a lugares públicos y/o en el transporte masivo, pues constituyen una “extensión” del propietario.
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