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Las denuncias sobre maltrato animal que se evidencian a diario en redes sociales, reportes oficiales y otros medios, se han vuelto una problemática de difícil solución en el país.
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Mascotas en pésimo estado de salud, hogares sin las condiciones adecuadas para la habitabilidad del animal, y maltratos físicos constantes, entre otros, son algunos de los casos que se presentan a diario en Colombia.
En este marco, la Fiscalía imputó el delito de maltrato animal a Pedro Ángel Lozano González, por mantener en precarias condiciones de cuidado a su perro, Toby. Desde el 10 de agosto de 2021, funcionarios del Instituto Distrital de Protección y Bienestar Animal realizaron una inspección en un hogar ubicado en la localidad de Ciudad Bolívar, en el sur de Bogotá. Allí, encontraron al canino en medio de escombros, con agua y alimentos sucios. Especialistas detectaron que el perro tenía una lesión en sus genitales, que no había sido tratada ni atendida.
Del mismo modo, un fiscal Gelma presentó ante un juez de control de garantías a Miguel Alexander Mora, a quien le imputaron el delito de maltrato animal por, presuntamente, no cuidar a su canina, Luna. El pasado 19 de julio, autoridades de Villavicencio se trasladaron al inmueble, en el que permanecía el animal, con el objetivo de constatar su estado de salud. En la inspección, se constató que la perrita tenía un cuadro severo de desnutrición y falta de asistencia veterinaria.
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Maltrato animal en Colombia: ¿a qué se puede enfrentar?
Los delitos en contra de los animales están tipificados en el Código Penal- Artículo 339A donde se indica que “el que, por cualquier medio o procedimiento maltrate a un animal doméstico, amansado, silvestre vertebrado o exótico vertebrado, causándole la muerte o lesiones que menoscaben gravemente su salud o integridad física, incurrirá en una condena”.
De acuerdo con este artículo si usted maltrata a un animal, podría enfrentar una pena de prisión de doce (12) a treinta y seis (36) meses, e inhabilidad especial de uno (1) a tres (3) años para el ejercicio de profesión, oficio, comercio o tenencia que tenga relación con los animales y multa de cinco (5) a sesenta (60) salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMLMV).
También existen unos agravantes en estos casos, entre ellos: cuando la conducta se comente con sevicia, cuando el delito ocurra en vía pública, cuando hay presencia de menores de edad, cuando se cometen actos sexuales y cuando estos delitos previstos son realizados por servidores públicos. En caso de comprobarse alguno de estos agravantes, la pena se aumenta de la mitad a tres cuartas partes.
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¿Cuáles son las multas por maltrato animal?
La ley 1774 establece que los actos dañinos y de crueldad contra los animales que no causen la muerte o lesiones que afecten de manera grave su salud o integridad física serán sancionados con multas de 5 a 50 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Recuerde que si tiene conocimiento sobre un presunto caso de maltrato animal puede denunciar a través de la Línea 123 y el Escuadrón Anticrueldad del Instituto Distrital de Protección y Bienestar Animal asistirá el caso.
Este equipo hace la verificación correspondiente y si efectivamente el animal ha sido maltratado, se hace la aprehensión del animal y lo trasladan a la sede del Instituto.
Recuerde que los animales son seres vivos y el trato hacía ellos debe basarse en el respeto, solidaridad, compasión, ética, justicia, cuidado, la prevención del sufrimiento, en la erradicación del cautiverio y el abandono.
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