Por divorcio, juzgado ordena a un hombre pagar la pensión de su mascota: ¿cuánto es?
Se decidió que el animal se quedase con la madre y los hijos, pero que ambos adultos abonaran el dinero necesario para tener al peludo en buenas condiciones.
Cuando Pablo y Sagrario decidieron divorciarse, en 2023, empezó la disputa legal convencional. Se habló de repartición de bienes, de la custodia de Bernardo y Camilo (hijos nacidos en 2021), entre otros pormenores legales. Sin embargo, al llegar al tema de la mascota, la ley dictó algo poco común.
En el proceso de divorcio, la Audiencia Provincial de Pontevedra (que es un tribunal de justicia que ejerce jurisdicción en la provincia española de Pontevedra) ratificó una sentencia en la que se fijó, entre otros asuntos, una pensión de 40 euros mensuales para la mascota de estas personas que optaron por terminar su matrimonio, con el objetivo de que el gasto fuese dividido y que ambos abonaran a lo que supone tener un animal en buenas condiciones.
Específicamente, la entidad judicial estableció la orden de que el peludo del hogar se quedara al cuidado de la mujer, quien además recibirá la mitad de los gastos extraordinarios y de veterinario por parte de su exesposo, siempre que sea necesario. Mientras que las condiciones de custodia y pensión para los hijos de la expareja regirán por un sistema de patria potestad compartida, con intercambios semanales de los niños y una pensión de alimento de 150 euros (75 por niño).
La decisión tomada con respecto a la mascota, se vio motivada por el alto poder adquisitivo del hombre que le permite contribuir al gasto del animal con la suma de 40 euros al mes, cifra a pagar en los primeros cinco días de cada mes y que será actualizable anualmente, según el IPC de España.
No obstante, Sagrario no quedó conforme con la decisión judicial emitida en primera instancia, por eso recurrió a la Audiencia Provincial de Pontevedra, argumentando que ha sido ella la encargada de los niños desde su nacimiento. Es decir, que se ocupa de la educación, la salud y la alimentación, por lo que juzgó a Pablo como un adulto irresponsable.
Por esto, la mujer asegura que es ella la que tiene la mayor disponibilidad para el cuidado de los hijos, como resultado de su trabajo, que se desarrolla en una jornada reducida. En consecuencia, Sagrario pidió una pensión de 800 euros (400 por cada hijo) y la atribución del vehículo familiar.
Por su parte, Pablo se opuso al recurso y aseguró que cumple su parte como padre de los dos niños, sin que su trabajo sea un inconveniente. Finalmente, la Audiencia de Pontevedra ha desestimado el recurso y ha confirmado la sentencia original, sin cambios a favor de la madre.
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Cuando Pablo y Sagrario decidieron divorciarse, en 2023, empezó la disputa legal convencional. Se habló de repartición de bienes, de la custodia de Bernardo y Camilo (hijos nacidos en 2021), entre otros pormenores legales. Sin embargo, al llegar al tema de la mascota, la ley dictó algo poco común.
En el proceso de divorcio, la Audiencia Provincial de Pontevedra (que es un tribunal de justicia que ejerce jurisdicción en la provincia española de Pontevedra) ratificó una sentencia en la que se fijó, entre otros asuntos, una pensión de 40 euros mensuales para la mascota de estas personas que optaron por terminar su matrimonio, con el objetivo de que el gasto fuese dividido y que ambos abonaran a lo que supone tener un animal en buenas condiciones.
Específicamente, la entidad judicial estableció la orden de que el peludo del hogar se quedara al cuidado de la mujer, quien además recibirá la mitad de los gastos extraordinarios y de veterinario por parte de su exesposo, siempre que sea necesario. Mientras que las condiciones de custodia y pensión para los hijos de la expareja regirán por un sistema de patria potestad compartida, con intercambios semanales de los niños y una pensión de alimento de 150 euros (75 por niño).
La decisión tomada con respecto a la mascota, se vio motivada por el alto poder adquisitivo del hombre que le permite contribuir al gasto del animal con la suma de 40 euros al mes, cifra a pagar en los primeros cinco días de cada mes y que será actualizable anualmente, según el IPC de España.
No obstante, Sagrario no quedó conforme con la decisión judicial emitida en primera instancia, por eso recurrió a la Audiencia Provincial de Pontevedra, argumentando que ha sido ella la encargada de los niños desde su nacimiento. Es decir, que se ocupa de la educación, la salud y la alimentación, por lo que juzgó a Pablo como un adulto irresponsable.
Por esto, la mujer asegura que es ella la que tiene la mayor disponibilidad para el cuidado de los hijos, como resultado de su trabajo, que se desarrolla en una jornada reducida. En consecuencia, Sagrario pidió una pensión de 800 euros (400 por cada hijo) y la atribución del vehículo familiar.
Por su parte, Pablo se opuso al recurso y aseguró que cumple su parte como padre de los dos niños, sin que su trabajo sea un inconveniente. Finalmente, la Audiencia de Pontevedra ha desestimado el recurso y ha confirmado la sentencia original, sin cambios a favor de la madre.
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