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Varios líderes ambientales y comunales denunciaron la presencia de mascotas en malas condiciones en una vivienda de la vereda Mateguadua en la capital de Caldas.
Tras el llamado a las autoridades, los agentes de la Policía de Carabineros y Protección Ambiental, junto con miembros de la Unidad de Protección Animal (GARA), hicieron presencia en el lugar y encontraron 15 perros, entre ellos cuatro cachorros, en los que habían cruces de pastor collie y border collie. También encontraron cuatro gallinas.
Los habitantes del sector aseguraron que los chillidos constantes de los animales y el mal olor del lugar llamaron su atención pues pocas veces veían al habitante de la vivienda allí.
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Por su parte, la Policía mencionó que los animales estaban en malas condiciones de aseo, “hasta la residencia de la jurisdicción, llegó el dispositivo policial acompañados por el Grupo de Atención y Rescate Animal, hallando 15 caninos y 4 aves de corral, los cuales se encontraban en estado de abandono, enfermos y en pésimas condiciones de salubridad, ya que, según la información, su responsable solo los frecuentaba cada 15 días para suminístrales alimentos” se lee en el comunicado de la institución.
Los animales fueron retirados del lugar y quedaron bajo el cuidado del Grupo de Atención y Rescate Animal. Igualmente, el proceso correspondiente fue asumido por la Inspección de Vigilancia y Control Ambiental donde se iniciarán las actuaciones legales correspondientes.
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Sanciones por maltrato animal
Los delitos en contra de los animales están tipificados en el Código Penal- Artículo 339A, de acuerdo con este artículo, si usted maltrata a un animal, podría enfrentar una pena de prisión de doce (12) a treinta y seis (36) meses, e inhabilidad especial de uno (1) a tres (3) años para el ejercicio de profesión, oficio, comercio o tenencia que tenga relación con los animales y multa de cinco (5) a sesenta (60) salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMLMV).
También existen unos agravantes en estos casos, entre ellos: cuando la conducta se comente con sevicia, cuando el delito ocurra en vía pública, cuando hay presencia de menores de edad, cuando se cometen actos sexuales y cuando estos delitos previstos son realizados por servidores públicos. En caso de comprobarse alguno de estos agravantes, la pena se aumenta de la mitad a tres cuartas partes.
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La ley 1774 establece que los actos dañinos y de crueldad contra los animales que no causen la muerte o lesiones que afecten de manera grave su salud o integridad física serán sancionados con multas de 5 a 50 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Recuerde que si tiene conocimiento sobre un presunto caso de maltrato animal puede denunciar a través de la Línea 123 y el Escuadrón Anticrueldad del Instituto Distrital de Protección y Bienestar Animal en Bogotá asistirá el caso.
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