Terminal de Transporte de Bogotá: lo que debe tener en cuenta para viajar con su mascota
Requisitos que debe tener presente para ingresar con su perro o gato a las terminales terrestres de Bogotá (Salitre, Norte y Sur).
Cada vez es más común que las personas se movilicen con sus perros o gatos en las diferentes terminales de Bogotá. También, es usual que en Semana Santa se intensifiquen los viajes, pues muchas familias aprovechan para salir y conocer nuevos destinos.
Por esta razón, y para que el viaje sea más agradable para usted, su animal de compañía y las demás personas, la Alcaldía de Bogotá compartió un comunicado con las indicaciones que debe seguir en las terminales terrestres de Bogotá (Salitre, Norte y Sur).
Lo primero que usted tener en cuenta es que el animal de compañía, en todo momento, debe portar su collar de identificación (por si llega a perderse). Además, los gatos deben ser transportados en guacales, mientras que los perros deben llevar su correa y bozal (en algunos casos específicos).
Las indicaciones que se mencionan a continuación están establecidas en el “decálogo para la permanencia de animales de compañía” de la Terminal de Transporte de Bogotá.
- El animal de compañía debe cumplir con la reglamentación de vacunación y salubridad establecida en la legislación colombiana.
- El cuidador debe portar el carné de vacunación de la mascota.
- Los cuidadores no podrán dejar su animal de compañía solo o atado en las entradas o áreas de la Terminal.
- El cuidador debe evitar que el animal de compañía haga sus necesidades en la Terminal. En caso de que esto ocurra, debe limpiar inmediatamente y dejar los residuos en las canecas marcadas como “No reciclables”.
- El cuidador asumirá la responsabilidad civil, administrativa o penal que se derive por cualquier acto de su animal de compañía.
- En lo posible, los animales de compañía deben transportarse por las áreas de la Terminal en coche y/o cargados por su tenedor.
- Los tenedores o propietarios deben cumplir con lo contenido en la Ley 746 de 2002 y/o el Código Nacional de Policía y Convivencia, relacionadas con las normas de salubridad, higiene y seguridad.
- El cuidador asumirá la responsabilidad civil, administrativa o penal que se derive por cualquier acto de su animal de compañía.
¿Y los perros de manejo especial?
Los ciudadanos que sean propietarios de ejemplares caninos que hayan agredido a personas u otros animales, o que estén adiestrados para el ataque y la defensa, o que hagan parte de alguna de las razas consideradas como de manejo especial, deberán portar collar, bozal y documento de registro en todo momento.
Las razas identificadas como de manejo especial son american staffordshire terrier, bullmastiff, dóberman, dogo argentino, dogo de burdeos, fila brasileiro, mastín napolitano, bull terrier, pitbull terrier, american pitbull terrier, de presa canario, rottweiler, staffordshire terrier y tosa japonés.
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Cada vez es más común que las personas se movilicen con sus perros o gatos en las diferentes terminales de Bogotá. También, es usual que en Semana Santa se intensifiquen los viajes, pues muchas familias aprovechan para salir y conocer nuevos destinos.
Por esta razón, y para que el viaje sea más agradable para usted, su animal de compañía y las demás personas, la Alcaldía de Bogotá compartió un comunicado con las indicaciones que debe seguir en las terminales terrestres de Bogotá (Salitre, Norte y Sur).
Lo primero que usted tener en cuenta es que el animal de compañía, en todo momento, debe portar su collar de identificación (por si llega a perderse). Además, los gatos deben ser transportados en guacales, mientras que los perros deben llevar su correa y bozal (en algunos casos específicos).
Las indicaciones que se mencionan a continuación están establecidas en el “decálogo para la permanencia de animales de compañía” de la Terminal de Transporte de Bogotá.
- El animal de compañía debe cumplir con la reglamentación de vacunación y salubridad establecida en la legislación colombiana.
- El cuidador debe portar el carné de vacunación de la mascota.
- Los cuidadores no podrán dejar su animal de compañía solo o atado en las entradas o áreas de la Terminal.
- El cuidador debe evitar que el animal de compañía haga sus necesidades en la Terminal. En caso de que esto ocurra, debe limpiar inmediatamente y dejar los residuos en las canecas marcadas como “No reciclables”.
- El cuidador asumirá la responsabilidad civil, administrativa o penal que se derive por cualquier acto de su animal de compañía.
- En lo posible, los animales de compañía deben transportarse por las áreas de la Terminal en coche y/o cargados por su tenedor.
- Los tenedores o propietarios deben cumplir con lo contenido en la Ley 746 de 2002 y/o el Código Nacional de Policía y Convivencia, relacionadas con las normas de salubridad, higiene y seguridad.
- El cuidador asumirá la responsabilidad civil, administrativa o penal que se derive por cualquier acto de su animal de compañía.
¿Y los perros de manejo especial?
Los ciudadanos que sean propietarios de ejemplares caninos que hayan agredido a personas u otros animales, o que estén adiestrados para el ataque y la defensa, o que hagan parte de alguna de las razas consideradas como de manejo especial, deberán portar collar, bozal y documento de registro en todo momento.
Las razas identificadas como de manejo especial son american staffordshire terrier, bullmastiff, dóberman, dogo argentino, dogo de burdeos, fila brasileiro, mastín napolitano, bull terrier, pitbull terrier, american pitbull terrier, de presa canario, rottweiler, staffordshire terrier y tosa japonés.
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