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¿Busca visa para EE. UU.? Tendrá que vacunarse primero

Los Centros para el Control y Prevención de Enfermedades realizaron cambios en los criterios sobre las visas para inmigrante.

14 de septiembre de 2021 - 02:42 a. m.
Toda la sección de servicios del consulado de Estados Unidos en Bogotá está retomando de a poco sus operaciones al ritmo que tenían antes de la pandemia de coronavirus.
Toda la sección de servicios del consulado de Estados Unidos en Bogotá está retomando de a poco sus operaciones al ritmo que tenían antes de la pandemia de coronavirus.
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La instrucción es clara: si usted busca una visa de inmigrante para ir a Estados Unidos deberá haberse vacunado contra el Covid-19.

Los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC), que determinan qué vacunas deben mostrar los solicitantes de una visa de inmigrante, comunicaron este lunes que, desde el próximo 1° de octubre, los aplicantes a este documento deberán mostrar una prueba que certifique su vacunación contra el Covid-19.

Esta no es la única vacuna que exigen los CDC para los aplicantes de una visa de inmigrante. La siguiente es una lista de enfermedades para las cuales los solicitantes a este tipo de visa deben mostrar prueba de tener vacunas o inmunidad apropiadas para su edad:

  • Difteria
  • Tétanos
  • Tos ferina
  • Polio
  • Sarampión
  • Paperas
  • Rubéola
  • Rotavirus
  • Haemophilus influenzae tipo B
  • Hepatitis A
  • Hepatitis B
  • Enfermedad meningocócica
  • Varicela
  • Enfermedad neumocócica
  • Influenza

Cabe destacar que la vacuna debe ser una vacuna apropiada para la edad, según lo recomendado por el Comité Asesor sobre Prácticas de Inmunización (ACIP) para la población general de Estados Unidos. Esto quiere decir que los requisitos varían según la edad del aplicante. En este link podrá encontrar toda la información sobre las vacunas que exigen los CDC para inmigrantes.

Toda la sección de servicios del consulado de Estados Unidos en Bogotá está retomando de a poco sus operaciones al ritmo que tenían antes de la pandemia de coronavirus. Esto quiere decir que hay menos capacidad de atender los requerimientos de los ciudadanos que buscan una visa.

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La sección de visas de no migrante, que incluye solicitudes de visas para turismo, informa que está trabajando aún con menos capacidad que el resto, pues el consulado está dando prioridad a los requerimientos de ciudadanos estadounidenses y trámites especiales. Esto es lo que debe saber sobre las actividades del servicio consular estadounidense en el país.

Visas de no migrante

Primero hay que destacar que el Departamento de Estado ha expandido la autoridad del consulado para adjudicar casos sin entrevista personal. Esto es muy importante: para quienes se les venció la visa antes de la pandemia, ahora existe la posibilidad de calificar para la renovación de visa sin entrevista.

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“Si su visa se venció en los últimos 48 meses, hay casos en los que una persona puede calificar para tener renovación de la visa sin entrevista”, explicó una funcionaria del servicio consular.

En los casos que sí se requiere obligatoriamente una entrevista, como quienes califican para una visa por primera vez, el consulado señala que, debido a que las operaciones cuentan con poco personal, se han priorizado las visas por categorías. Estos son las solicitudes que se atenderán de manera preferencial.

Las visas de trabajo que se encuentran en las categorías H1B, H2, L. También estarán priorizados los trámites de visas para personas que trabajan en aerolíneas, como pilotos y auxiliares de vuelos (categoría C1B), y las que son para deportistas y artistas (categorías O y P).

Las solicitudes de visas de estudio (categorías F, M y J), así como las de categoría J, las que son solicitadas por quienes buscan ir a trabajos de verano en el país.

El consulado resalta que los tripulantes de vuelos y de estudiantes que busquen renovar su documento, también podrían cobijarse del plan que permite la renovación sin entrevista.

¿Y las de turismo?

Probablemente esta sea la información que la mayoría está buscando. Se están tramitando visas para turismo (categoría B1 y B2), pero solo en casos de emergencia.

¿Qué se considera emergencia?

  • Se debe entender emergencia como situaciones de vida o muerte.
  • Debe recibir un tratamiento médico urgente en los Estados Unidos. Pero no: ir a vacunarse no entra dentro del parámetro de un tratamiento médico urgente. Debe recordar que el plan de vacunación estadounidense está diseñado para ciudadanos estadounidenses o residentes del país, como en todo el mundo.

Importante: el consulado reiteró que desconoce las denuncias de personas que dicen sufrir la cancelación de sus visas por viajar a vacunarse y señaló que no rastrea las intenciones de viaje de los ciudadanos. Embajada de EE. UU. responde sobre la supuesta cancelación de visas a colombianos

  • Debe acompañar a un familiar directo a un tratamiento médico urgente.
  • Un miembro de su familia directa tiene una condición médica grave y requiere su asistencia.
  • Debe asistir al funeral de un miembro de su familia directo.
  • Debe atender un asunto de negocios que no puede esperar.

⚠️ No sobra decir que para cualquiera de estos casos debe presentar documentos que soporten su emergencia.

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