Colombiano en Estados Unidos: así puede acceder al plan de reunificación familiar
Este tipo de permiso fue anunciado al tiempo con la creación de centros para tramitar las solicitudes de migrantes en Colombia.
El 2023 ha sido un año de cambios drásticos en la política migratoria de Estados Unidos. Mientras aún está reciente la pérdida de vigencia del Título 42, que desarticuló la expulsión exprés de migrantes hacia sus países de origen, desde EE. UU. se contemplan y vienen en camino nuevas medidas para abordar el alto flujo de personas que buscan ingresar al país.
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Así como en abril se conocieron los planes de apertura de centros de trámite para migrantes en países como Guatemala y Colombia, también se abrió una posibilidad para los ciudadanos residentes legalmente en Estados Unidos, por la cual podrían acceder a la figura de reunificación familiar, por la cual podrían llevar familiares suyos al país.
“Cuando estos procesos se inicien oficialmente, ciertas personas evaluadas y con un Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero, basado en la familia ya aprobado, podrán ser consideradas, previa invitación, para obtener el permiso humanitario de permanencia temporal en Estados Unidos, caso por caso, mientras esperan su visa de inmigrante”, afirma la información dada por la Oficina de Servicios de Inmigración de Estados Unidos, USCIS por sus siglas en inglés.
Una vez seleccionados, o invitados, los residentes legales o con ciudadanía estadounidense, que hayan hecho el proceso del formulario I-130, podrán “solicitar la consideración para obtener el permiso de permanencia temporal bajo estos procesos a nombre de su familiar beneficiario de Colombia, Cuba, El Salvador, Guatemala, Haití u Honduras”.
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Cabe resaltar que estas invitaciones aún no han sido enviadas ni emitidas, por tanto, son procesos que aún no están en curso, al igual que la implementación de los centros migratorios en Colombia.
USCIS informó también que en junio de 2023 se dará más información sobre el proceso.
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Una vez seleccionados, o invitados, los residentes legales o con ciudadanía estadounidense, que hayan hecho el proceso del formulario I-130, podrán “solicitar la consideración para obtener el permiso de permanencia temporal bajo estos procesos a nombre de su familiar beneficiario de Colombia, Cuba, El Salvador, Guatemala, Haití u Honduras”.
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