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La Suprema Corte de la Justicia de la Nación (SCJN) de México declaró este martes inconstitucional la penalización de las mujeres que abortan en la primera etapa del embarazo y reconoció el derecho a decidir en un fallo histórico. Ocho de los 11 jueces de la Corte habían expresado su apoyo, por lo que el resultado era prácticamente inevitable. Finalmente, la decisión fue tomada por unanimidad.
“No tiene cabida dentro de la doctrina jurisprudencial de este Tribunal Constitucional un escenario en el cual la mujer, y las personas con capacidad de gestar, no puedan plantearse el dilema de continuar o interrumpir su embarazo”, argumentó el proyecto del ministro Luis María Aguilar.
¿Qué implica la decisión?
Los jueces votaron a favor de declarar inconstitucional los artículos del Código Penal del estado de Coahuila que criminalizan la interrupción voluntaria del embarazo con una pena de entre uno y tres años de prisión. Ahora, con esta decisión, el Supremo no solo invalida el código penal del estado en cuestión, también sienta un precedente obligatorio para todos los tribunales del país, que deberán fallar a favor de las mujeres de otros estados.
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Con ello, mujeres y organizaciones que defienden los derechos reproductivos podrán aprovechar el precedente para combatir, por la vía judicial, la criminalización del aborto en otros códigos penales estatales.
“El Estado no sólo debe abstenerse de forma absoluta de penalizar el aborto, en donde se restrinja el derecho de las mujeres o gestantes a decidir sobre su propio cuerpo, sino que además debe garantizar condiciones mínimas para que ello sea posible”, añadió la magistrada Norma Piña.
¿Por qué es clave?
En todo el país se practican cada año entre entre 750.000 y un millón de abortos clandestinos, según datos publicados por El País de España; un tercio de ellos resultan en complicaciones que requieren atención médica urgente. Sin mencionar que miles de mujeres pierden su vida por intervenciones caseras.
“Los efectos en la salud de las mujeres, incluyendo el número de muertes registradas por abortos clandestinos y el número de embarazos infantiles, representan un problema social profundo”, dijo Diego Valadés, exjuez de la Corte Suprema, al Washington Post. “Entonces, la actitud de la mayoría de la sociedad hacia el aborto ha cambiado, a pesar de la resistencia de las autoridades eclesiásticas”, agregó.
Además, la medida liberará automáticamente a las mujeres que han sido encarceladas por abortar, explicó Valadés. Y es que el aborto sólo está despenalizado en cuatro de los 32 estados del país: Ciudad de México, Oaxaca, Hidalgo y Veracruz. Pero ahora, la Suprema Corte declaró inconstitucional la criminalización de la mujer que aborta y la del personal sanitario que la asiste con consentimiento.
¿Es decir, funcionará para todo el país? Aunque México es un país federado donde los estados son autónomos para dictaminar sus leyes, estas quedan invalidadas, a través de los amparos, cuando contravienen fallos de la Suprema Corte que sientan jurisprudencia, como el de este martes.
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El pleno también declaró inválido un artículo del Código Penal de Coahuila en el que la violación dentro del matrimonio estaba menos penalizada que en el resto de los casos; una decisión también tomada por unanimidad. Esto sin mencionar que la decisión podría tener un impacto en América Latina, pues solo cuatro países de la región permiten el aborto en prácticamente todas las circunstancias: Argentina, Cuba, Uruguay y Guyana.
¿Comenzará a regir inmediatamente?
El aborto no estaría ampliamente disponible al instante, pero el fallo delineará una ruta, un criterio, que los estados utilizarán para cambiar sus leyes, explicó Diego Valadés. “Tendrá efectos muy amplios”, agregó.
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