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Este lunes 20 de septiembre comienzan las audiencias orales en La Haya en el marco del tercer caso Nicaragua contra Colombia, en lo que se ha denominado “supuestas violaciones de derechos soberanos y espacios marítimos en el mar Caribe”. Esta vez, como explican algunos expertos consultados por este diario, no está en riesgo ningún territorio o delimitación, sino la defensa de los derechos de pesca de los raizales. Aquí algunas claves del proceso, que irá hasta el 1° de octubre, para luego esperar unos meses el fallo del tribunal más importante de la ONU.
¿Qué es la Corte Internacional de Justicia (CIJ)?
La Corte es el principal órgano judicial de Naciones Unidas. Su función es resolver, de acuerdo con el derecho internacional, las controversias legales que le presenten los Estados. También emite opiniones consultivas que le remiten los organismos especializados de la ONU. La Corte resuelve estas discusiones entre países sobre la base de la participación voluntaria de los interesados, por lo que si un Estado acepta participar en un proceso, está obligado a cumplir con la decisión de la CIJ.
¿Cuándo demandó Nicaragua a Colombia ante la CIJ por primera vez?
Todo empezó el 6 de diciembre de 2001, cuando Nicaragua presentó ante la Corte una demanda reclamando la soberanía del archipiélago de San Andrés, Providencia, Santa Catalina, entre otras islas y cayos. Nicaragua afirmó en ese momento que el tratado Esguerra-Bárcenas de 1928, que definió cuestiones territoriales entre Colombia y Nicaragua, poniendo límites claros entre las dos naciones, carecía de validez legal, y rechazó que el meridiano 82° W fuera el límite marítimo entre los dos países.
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Sin embargo, en diciembre de 2007, en el fallo sobre excepciones preliminares, la CIJ resolvió que las islas de San Andrés, Providencia y Santa Catalina pertenecían a Colombia. Y aunque la Corte no desconoció el Tratado Esguerra-Bárcenas, estableció que no era un tratado de límites. De ahí que el caso se extendió hasta noviembre de 2012, cuando la CIJ emitió el fallo de fondo: decidió que aproximadamente 75.000 km² de espacio marítimo pasarían a ser parte de la Zona Económica Exclusiva (ZEE) de Nicaragua. “Lo que no se valora de esa decisión es que la CIJ estableció que los cayos Albuquerque, del este sudeste, Roncador, Quitasueño y Serrana, eran colombianos'', agrega Ricardo Abello, profesor de Derecho Internacional de la Universidad del Rosario.
¿Qué pasó tras este polémico fallo de 2012?
En ese momento, el entonces presidente Juan Manuel Santos no desconoció el falló, pero dijo que era inaplicable. “Santos argumentó que la Constitución colombiana establece que para poder delimitar las fronteras terrestres y marítimas del país, se deben realizar tratados limítrofes con otros países. Es decir, un tercero no puede determinar dónde está la línea”, sostuvo Rodolfo Cano, profesor de la Universidad Externado, a este diario. Nicaragua nunca aceptó esta posición y exigió tener acceso a los espacios, tal como lo indicaba el fallo de 2012.
A esto se suma que Colombia, disconforme con el fallo de ese año, se retiró del Pacto de Bogotá. “Desde que se presentó la demanda del Pacto, en noviembre de 2012, era necesario esperar un año para que se hiciera efectiva la salida. Es decir, Nicaragua tenía un año para demandarnos, y eso fue lo que pasó”, explicó Ricardo Abello.
Si ya se resolvió el diferendo limítrofe, ¿por qué Colombia hoy está de nuevo ante la CIJ?
Porque en 2013, Nicaragua demandó a Colombia dos veces más: en la segunda demanda, presentada en septiembre, pidió que se le otorgara una plataforma continental más allá de 200 millas náuticas de su costa. Un caso que todavía está pendiente.
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Mientras que en la tercera demanda, presentada en noviembre de ese año, Nicaragua solicitó a la Corte declarar que Colombia violó el derecho internacional por amenazar con usar la fuerza en espacios marítimos nicaragüenses y mantener su presencia en esas zonas. Es sobre este último caso que la CIJ llevará a cabo audiencias desde el lunes 20 de septiembre hasta el 1° de octubre., en lo que se ha denominado “supuestas violaciones de derechos soberanos y espacios marítimos en el mar Caribe”.
¿Debía Colombia presentarse ante la Corte?
Sí. El país había aceptado la jurisdicción obligatoria de la CIJ cuando ratificó el Pacto de Bogotá en 1968. Este busca que los Estados firmantes resuelvan sus diferencias de manera pacífica y reconoce, entre otras cosas, la competencia de la Corte para decidir sobre las controversias de orden jurídico que surjan entre los Estados. Además, a pesar de que Colombia salió del Pacto de Bogotá en 2012, Nicaragua alcanzó a imponer dos demandas antes de que se hiciera efectiva la salida.
Esto sin mencionar que el país hace parte del sistema internacional de Naciones Unidas. “Por ejemplo, si dos Estados no se ponen de acuerdo por un tema fronterizo, sea terrestre o marítimo, y ambos hacen parte del sistema de la ONU, es la Corte la que tiene competencia para establecer cuál es la forma de dirimir el conflicto entre ambos. Este proceso resulta en un fallo que es inapelable”, explicó Rodolfo Cano.
¿Cuáles serán los argumentos de ambas partes en el caso que se debate en la Corte?
Nicaragua: “Este país va a alegar que Colombia no está permitiendo la pesca a los nicaragüenses y que hay una amenaza del uso de la fuerza. También va a sostener que el decreto colombiano que establece la Zona Contigua Integral es contrario al derecho internacional”, sostuvo Abello. En septiembre de 2013, el gobierno Santos expidió un decreto que creó la Zona Contigua Integral, con el que aseguró que realizaría actividades para la protección del Caribe colombiano. Este decreto incluyó la acción de protección en espacios marítimos que dejaron de pertenecer a la ZEE de Colombia en el fallo de la CIJ de 2012.
Colombia: Édgar Fuentes, profesor del Departamento de Relaciones Internacionales de la Universidad Javeriana, explicó que el país podría alegar que la CIJ no debería estar revisando este caso, pues Colombia ya no reconoce la jurisdicción de la Corte. “Además, lo que va a demostrar el país es que no hay violación de espacios marítimos, y que lo único que se ha hecho es garantizar los derechos de la comunidad raizal, para que estos puedan seguir pescando en sus zonas tradicionales”.
¿Cómo es el proceso de esta demanda?
Este lunes comienzan las audiencias orales en La Haya en el marco del tercer caso Nicaragua contra Colombia. Por la pandemia del COVID-19, las audiencias se llevarán a cabo de forma mixta: algunos miembros de la Corte asistirán al juicio oral en persona en el Gran Salón de la Justicia, mientras que otros participarán de forma remota por enlace de video. “En esas audiencias, los abogados de ambos países van a plantear sus argumentos ante la Corte. Funciona como una especie de contrapunteo; primero habla Nicaragua, y al día siguiente Colombia. Así será la dinámica de toda la semana, y se espera que cada una de las audiencias dure entre dos y tres horas”, sostiene Cano.
¿Cuándo sabremos el fallo?
Ricardo Abello explicó que en marzo o abril de 2022 se conocerá la sentencia. Sin embargo, otros expertos dicen que el proceso electoral que se vivirá en mayo de 2022 en Colombia podría hacer considerar a los jueces de la Corte el momento en que emitirán el fallo, ya que eso podría influir en el resultado en las urnas.
¿Cuáles serían el peor y el mejor escenario en esta demanda para Colombia?
“El mejor escenario es que la Corte le diga a Nicaragua que las líneas de base las trazó mal”, explicó Abello. Esto porque en agosto de 2013 ese país expidió un decreto en el que estableció sus líneas de base rectas para medir el mar territorial, lo que resultó en una extensión de sus aguas internas y zonas marítimas. “Otro resultado favorable es que la CIJ diga que no hay amenaza ni uso de la fuerza por parte de Colombia, y que no se le ha impedido a los buques nicaragüenses realizar faenas de pesca en el Caribe”, agregó el experto.
Mientras que el peor escenario sería que ocurriera todo lo contrario: “Que la CIJ no se pronuncie sobre los decretos nicaragüenses de trazado de líneas de base y que establezca que hay uso de la fuerza por parte de Colombia, por ejemplo”. Por su parte, Édgar Fuentes sostuvo que el peor panorama podría afectar no solo al Estado colombiano: “Hay que pensar en los pueblos originarios, y el peor resultado es que no se les reconozcan sus derechos a la pesca artesanal” .
¿Qué son los derechos de pesca y por qué están en juego en este caso?
La CIJ deberá determinar si Nicaragua ha violado derechos de pesca de los raizales y otros habitantes del archipiélago, y si deben garantizarse o no. Fabián Cárdenas, profesor de Derecho Internacional de la Universidad Javeriana, le explicó a este diario que es en este punto donde reposa una de las más grandes responsabilidades de la defensa colombiana. “Jurídicamente, la Corte está llamada a resolver cuáles son los derechos de pesca que tienen los habitantes (colombianos) del archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina en la Zona Económica Exclusiva de Nicaragua”, sostuvo Cárdenas.