La Haya determinó que Colombia violó derechos de Nicaragua en el mar Caribe
El tribunal encontró que Colombia interfirió con los derechos nicaragüenses a la pesca y la investigación científica en la zona económica que le fue concedida en 2012.
Este jueves, la Corte Internacional de Justicia (CIJ) leyó el fallo sobre el pleito entre Nicaragua y Colombia sobre las supuestas violaciones a los derechos del país centroamericano a la luz de la decisión de 2012 del mismo tribunal, que reconoció una Zona Económica Exclusiva (ZEE) de Nicaragua. Cerca de 75.000 km² de espacio marítimo fueron en ese momento declarados como parte de la ZEE en cuestión.
Esta vez, no estaba en riesgo ningún territorio o delimitación, sino el cumplimiento del fallo emitido hace 10 años y los derechos de pesca de la comunidad raizal, entre otros asuntos.
El tribunal, con 10 votos a favor y cinco en contra, determinó que dicha violación efectivamente sucedió en ocasiones en que Colombia interfirió con las actividades de pesca e investigación científica por parte de Nicaragua, así como al ejercer control bajo el argumento de proteger el medioambiente de la zona.
Le puede interesar: Nuevo fallo de La Haya sobre Colombia y Nicaragua
“El tribunal determina que Colombia ha violado su obligación internacional de respetar los derechos soberanos y la jurisdicción de Nicaragua en la Zona Económica Exclusiva (...) al interferir con las actividades de pesqueras y la investigación científica marina por parte de embarcaciones con bandera nicaragüense o con licencia nicaragüense”, sostuvo la CIJ. La Corte dictaminó que Colombia debe “cesar inmediatamente” las interferencias en aguas del mar Caribe que ese tribunal reconoce como pertenecientes a la ZEE de Nicaragua.
Otro punto central de la disputa eran los derechos a la pesca por parte de las comunidades raizales debido a su arraigo en la región. La Corte, sin embargo, dijo no tener evidencia suficiente para probar los derechos tradicionales o históricos de los raizales, por lo que consideró que la mejor salida es que las partes lleguen a un acuerdo bilateral en este asunto.
“La Corte opina que las 11 declaraciones juradas presentadas por Colombia no fundamentan suficientemente su alegato de que los habitantes del archipiélago de San Andrés, en particular los raizales, han estado involucrados en una práctica de larga data de la pesca artesanal, en ‘bancos de pesca tradicionales’, ubicados en aguas que ahora caen dentro del dominio exclusivo de Nicaragua en su ZEE”, comentó la CIJ.
Sobre la Zona Contigua Integral, establecida por Colombia con el Decreto 1946 de 2013, la CIJ sostuvo que no se ajusta al derecho internacional consuetudinario, “porque su anchura supera las 24 millas náuticas desde las líneas de base y porque los poderes que Colombia hace valer dentro de la Zona Contigua Integral excedan los permitidos por las leyes internacionales”.
- Un dato clave de contexto: En septiembre de 2013, el gobierno Santos expidió un decreto que creó la Zona Contigua Integral, con el que aseguró que realizaría actividades para la protección del Caribe colombiano. Este decreto incluyó la acción de protección en espacios marítimos que dejaron de pertenecer a la ZEE de Colombia en el fallo de la CIJ de 2012.
Por otro lado, la CIJ argumentó que Nicaragua expidió un decreto “contrario al derecho internacional” relacionado con los puntos y líneas a partir de los cuales mide sus espacios marítimos en el Caribe, buscando “adjudicarse de forma unilateral áreas marinas en detrimento de Colombia”.
La CIJ desestimó también una demanda de Nicaragua sobre la alegada emisión de permisos de exploración petrolera por parte de Colombia. “El tribunal determina que Nicaragua no ha podido probar que Colombia continúa ofreciendo bloques petroleros situados en la ZEE de Nicaragua, por lo que se rechaza la alegación de que Colombia violó los derechos soberanos de Nicaragua al emitir licencias de exploración petrolera”, sostuvo la CIJ.
Puede conocer más detalles del fallo aquí.
📄📄📄 El pleito ante La Haya: algunas fechas claves de la demanda de Nicaragua contra Colombia:
- 2001: Nicaragua interpuso la primera demanda contra Colombia argumentando que el archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina le pertenecía.
- 2007: La CIJ falló a favor de Colombia.
- 2012: Tras ese fallo, una decisión de fondo de la Corte determinó que 75.000 km² de espacio marítimo se convertirían en parte de la ZEE de Nicaragua.
- Colombia, al no estar de acuerdo, anunció su salida del Pacto de Bogotá, que reconoce al tribunal de La Haya como juez en conflictos jurídicos.
- 2013: Durante el año que debía esperar Colombia para abandonar el Pacto de Bogotá, Nicaragua aprovechó para interponer dos demandas más.
- En la primera, presentada en septiembre de ese año, solicitó una plataforma continental más allá de 200 millas náuticas de su costa.
- En la otra (de la que se habla hoy), presentada en noviembre, fue en la que reclamó que Colombia no respetó el fallo de 2012.
- 2016: Se conoció el fallo sobre excepciones preliminares. La CIJ negó la principal pretensión de Nicaragua, que buscaba que se declarara que Colombia estaba amenazando con usar la fuerza en la zona. La CIJ dijo que la situación en el mar Caribe era calmada y estable.
- 2022: Se conoce el fallo en el caso de la demanda de Nicaragua sobre las supuestas violaciones de derechos soberanos y espacios marítimos en el mar Caribe.
📄📄📄 Las tres demandas de Nicaragua contra Colombia (más detalles de cada caso): Todo empezó el 6 de diciembre de 2001, cuando Nicaragua presentó ante la Corte la primera demanda reclamando la soberanía del archipiélago de San Andrés, Providencia, Santa Catalina, entre otras islas y cayos. Sin embargo, en diciembre de 2007, en el fallo sobre excepciones preliminares, la CIJ resolvió que las islas pertenecían a Colombia.
En noviembre de 2012, la CIJ emitió un fallo de fondo sobre la primera demanda de Nicaragua contra Colombia: decidió que aproximadamente 75.000 km² de espacio marítimo pasarían a ser parte de la Zona Económica Exclusiva (ZEE) de Nicaragua. ¿Qué pasó después? Colombia, disconforme con el fallo de ese año, se retiró del Pacto de Bogotá.
“Desde que se presentó la demanda del Pacto, en noviembre de 2012, era necesario esperar un año para que se hiciera efectiva la salida. Es decir, Nicaragua tenía un año para demandarnos, y eso fue lo que pasó”, nos explicó Ricardo Abello, profesor de Derecho Internacional de la Universidad del Rosario, en septiembre del año pasado, cuando arrancaron las audiencias orales ante la CIJ.
Nicaragua demandó a Colombia dos veces más: en la segunda demanda, presentada en septiembre, pidió que se le otorgara una Plataforma Continental Extendida más allá de 200 millas náuticas de su costa, lo que podría extender más el territorio ya ganado en la disputa con Colombia. Este caso todavía está pendiente. Mientras que en la tercera demanda, y sobre la se pronunció la Corte este jueves, Nicaragua acusó a Colombia de no respetar e incumplir el fallo emitido en 2012.
📄📄📄 Algunos de los argumentos de la defensa de Colombia...
En las audiencias orales, que se llevaron a cabo del 20 de septiembre al 1.° de octubre del año pasado, los abogados de ambos países plantearon sus argumentos ante la Corte. Parte importante de la defensa del país giró en torno a temas como el derecho de las islas a tener una zona contigua, “y el derecho del país de hacer presencia en el mar Caribe en la lucha contra los delitos transnacionales, para salvaguardar la vida en el mar y para proteger el hábitat natural de la Reserva de Biosfera y Área Marina Protegida Seaflower”, se lee en un comunicado de la Cancillería.
👀🌎📄 ¿Ya te enteraste de las últimas noticias en el mundo? Te invitamos a verlas en El Espectador.
“Nicaragua aseguró que Colombia no tiene derechos en su ZEE. Por el contrario, Colombia sostuvo que la ZEE lleva tal nombre porque la única exclusividad de derechos es precisamente económica. Colombia alega, por ende, tener derechos de navegación y sobrevuelo, así como otros consuetudinarios no explícitamente reconocidos en la Convemar”, explicó Fabián Cárdenas, profesor de derecho internacional de la Universidad Javeriana, al finalizar las audiencias.
📄📄📄 ¿Qué sigue?
Por un lado, los países están obligados a implementar las sentencias de la CIJ, que son definitivas y, por lo tanto, no pueden ser objeto de apelaciones. Respecto a la demanda que queda pendiente, como explica el profesor de la Universidad del Rosario, Ricardo Abello, a finales de este año la CIJ podría convocar a las audiencias orales para finalmente emitir un fallo en mayo de 2023.
Este jueves, la Corte Internacional de Justicia (CIJ) leyó el fallo sobre el pleito entre Nicaragua y Colombia sobre las supuestas violaciones a los derechos del país centroamericano a la luz de la decisión de 2012 del mismo tribunal, que reconoció una Zona Económica Exclusiva (ZEE) de Nicaragua. Cerca de 75.000 km² de espacio marítimo fueron en ese momento declarados como parte de la ZEE en cuestión.
Esta vez, no estaba en riesgo ningún territorio o delimitación, sino el cumplimiento del fallo emitido hace 10 años y los derechos de pesca de la comunidad raizal, entre otros asuntos.
El tribunal, con 10 votos a favor y cinco en contra, determinó que dicha violación efectivamente sucedió en ocasiones en que Colombia interfirió con las actividades de pesca e investigación científica por parte de Nicaragua, así como al ejercer control bajo el argumento de proteger el medioambiente de la zona.
Le puede interesar: Nuevo fallo de La Haya sobre Colombia y Nicaragua
“El tribunal determina que Colombia ha violado su obligación internacional de respetar los derechos soberanos y la jurisdicción de Nicaragua en la Zona Económica Exclusiva (...) al interferir con las actividades de pesqueras y la investigación científica marina por parte de embarcaciones con bandera nicaragüense o con licencia nicaragüense”, sostuvo la CIJ. La Corte dictaminó que Colombia debe “cesar inmediatamente” las interferencias en aguas del mar Caribe que ese tribunal reconoce como pertenecientes a la ZEE de Nicaragua.
Otro punto central de la disputa eran los derechos a la pesca por parte de las comunidades raizales debido a su arraigo en la región. La Corte, sin embargo, dijo no tener evidencia suficiente para probar los derechos tradicionales o históricos de los raizales, por lo que consideró que la mejor salida es que las partes lleguen a un acuerdo bilateral en este asunto.
“La Corte opina que las 11 declaraciones juradas presentadas por Colombia no fundamentan suficientemente su alegato de que los habitantes del archipiélago de San Andrés, en particular los raizales, han estado involucrados en una práctica de larga data de la pesca artesanal, en ‘bancos de pesca tradicionales’, ubicados en aguas que ahora caen dentro del dominio exclusivo de Nicaragua en su ZEE”, comentó la CIJ.
Sobre la Zona Contigua Integral, establecida por Colombia con el Decreto 1946 de 2013, la CIJ sostuvo que no se ajusta al derecho internacional consuetudinario, “porque su anchura supera las 24 millas náuticas desde las líneas de base y porque los poderes que Colombia hace valer dentro de la Zona Contigua Integral excedan los permitidos por las leyes internacionales”.
- Un dato clave de contexto: En septiembre de 2013, el gobierno Santos expidió un decreto que creó la Zona Contigua Integral, con el que aseguró que realizaría actividades para la protección del Caribe colombiano. Este decreto incluyó la acción de protección en espacios marítimos que dejaron de pertenecer a la ZEE de Colombia en el fallo de la CIJ de 2012.
Por otro lado, la CIJ argumentó que Nicaragua expidió un decreto “contrario al derecho internacional” relacionado con los puntos y líneas a partir de los cuales mide sus espacios marítimos en el Caribe, buscando “adjudicarse de forma unilateral áreas marinas en detrimento de Colombia”.
La CIJ desestimó también una demanda de Nicaragua sobre la alegada emisión de permisos de exploración petrolera por parte de Colombia. “El tribunal determina que Nicaragua no ha podido probar que Colombia continúa ofreciendo bloques petroleros situados en la ZEE de Nicaragua, por lo que se rechaza la alegación de que Colombia violó los derechos soberanos de Nicaragua al emitir licencias de exploración petrolera”, sostuvo la CIJ.
Puede conocer más detalles del fallo aquí.
📄📄📄 El pleito ante La Haya: algunas fechas claves de la demanda de Nicaragua contra Colombia:
- 2001: Nicaragua interpuso la primera demanda contra Colombia argumentando que el archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina le pertenecía.
- 2007: La CIJ falló a favor de Colombia.
- 2012: Tras ese fallo, una decisión de fondo de la Corte determinó que 75.000 km² de espacio marítimo se convertirían en parte de la ZEE de Nicaragua.
- Colombia, al no estar de acuerdo, anunció su salida del Pacto de Bogotá, que reconoce al tribunal de La Haya como juez en conflictos jurídicos.
- 2013: Durante el año que debía esperar Colombia para abandonar el Pacto de Bogotá, Nicaragua aprovechó para interponer dos demandas más.
- En la primera, presentada en septiembre de ese año, solicitó una plataforma continental más allá de 200 millas náuticas de su costa.
- En la otra (de la que se habla hoy), presentada en noviembre, fue en la que reclamó que Colombia no respetó el fallo de 2012.
- 2016: Se conoció el fallo sobre excepciones preliminares. La CIJ negó la principal pretensión de Nicaragua, que buscaba que se declarara que Colombia estaba amenazando con usar la fuerza en la zona. La CIJ dijo que la situación en el mar Caribe era calmada y estable.
- 2022: Se conoce el fallo en el caso de la demanda de Nicaragua sobre las supuestas violaciones de derechos soberanos y espacios marítimos en el mar Caribe.
📄📄📄 Las tres demandas de Nicaragua contra Colombia (más detalles de cada caso): Todo empezó el 6 de diciembre de 2001, cuando Nicaragua presentó ante la Corte la primera demanda reclamando la soberanía del archipiélago de San Andrés, Providencia, Santa Catalina, entre otras islas y cayos. Sin embargo, en diciembre de 2007, en el fallo sobre excepciones preliminares, la CIJ resolvió que las islas pertenecían a Colombia.
En noviembre de 2012, la CIJ emitió un fallo de fondo sobre la primera demanda de Nicaragua contra Colombia: decidió que aproximadamente 75.000 km² de espacio marítimo pasarían a ser parte de la Zona Económica Exclusiva (ZEE) de Nicaragua. ¿Qué pasó después? Colombia, disconforme con el fallo de ese año, se retiró del Pacto de Bogotá.
“Desde que se presentó la demanda del Pacto, en noviembre de 2012, era necesario esperar un año para que se hiciera efectiva la salida. Es decir, Nicaragua tenía un año para demandarnos, y eso fue lo que pasó”, nos explicó Ricardo Abello, profesor de Derecho Internacional de la Universidad del Rosario, en septiembre del año pasado, cuando arrancaron las audiencias orales ante la CIJ.
Nicaragua demandó a Colombia dos veces más: en la segunda demanda, presentada en septiembre, pidió que se le otorgara una Plataforma Continental Extendida más allá de 200 millas náuticas de su costa, lo que podría extender más el territorio ya ganado en la disputa con Colombia. Este caso todavía está pendiente. Mientras que en la tercera demanda, y sobre la se pronunció la Corte este jueves, Nicaragua acusó a Colombia de no respetar e incumplir el fallo emitido en 2012.
📄📄📄 Algunos de los argumentos de la defensa de Colombia...
En las audiencias orales, que se llevaron a cabo del 20 de septiembre al 1.° de octubre del año pasado, los abogados de ambos países plantearon sus argumentos ante la Corte. Parte importante de la defensa del país giró en torno a temas como el derecho de las islas a tener una zona contigua, “y el derecho del país de hacer presencia en el mar Caribe en la lucha contra los delitos transnacionales, para salvaguardar la vida en el mar y para proteger el hábitat natural de la Reserva de Biosfera y Área Marina Protegida Seaflower”, se lee en un comunicado de la Cancillería.
👀🌎📄 ¿Ya te enteraste de las últimas noticias en el mundo? Te invitamos a verlas en El Espectador.
“Nicaragua aseguró que Colombia no tiene derechos en su ZEE. Por el contrario, Colombia sostuvo que la ZEE lleva tal nombre porque la única exclusividad de derechos es precisamente económica. Colombia alega, por ende, tener derechos de navegación y sobrevuelo, así como otros consuetudinarios no explícitamente reconocidos en la Convemar”, explicó Fabián Cárdenas, profesor de derecho internacional de la Universidad Javeriana, al finalizar las audiencias.
📄📄📄 ¿Qué sigue?
Por un lado, los países están obligados a implementar las sentencias de la CIJ, que son definitivas y, por lo tanto, no pueden ser objeto de apelaciones. Respecto a la demanda que queda pendiente, como explica el profesor de la Universidad del Rosario, Ricardo Abello, a finales de este año la CIJ podría convocar a las audiencias orales para finalmente emitir un fallo en mayo de 2023.